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TDLC contra Santander

TDLC concede medida prejudicial cautelar en contra de Santander

25.11.2019

Con fecha 21 de noviembre, el TDLC concedió una medida prejudicial cautelar en contra de Banco Santander, para evitar el cierre de una cuenta corriente y sus servicios asociados. La medida fue solicitada por Arcadi, una empresa dedicada a las transferencias de dinero entre Chile y el extranjero, que ocupa el servicio del banco para operar su negocio.

En este caso, la orden fue acordada por los votos favorables de los ministros Javier Tapia y Eduardo Saavedra, y con el voto en contra de Enrique Vergara, Presidente del tribunal, para quien no se habrían acompañado antecedentes que cumplieran con el estándar de presunción grave del derecho reclamado.

La empresa Arcadi, que comenzó sus operaciones en enero de 2019, orienta su estrategia de negocios al público inmigrante en nuestro país y señala ser agente de la empresa uruguaya More Money Transfers, que opera en más de 70 países en el mercado de “remesas familiares”. En su operación, la empresa utiliza las cuentas de Banco Santander para recibir en Chile los fondos de sus clientes y luego dar orden de pago al destinatario en el exterior.

En su escrito, Arcadi alegó que Banco Santander habría cerrado sus cuentas corrientes arbitraria e injustificadamente, a pesar de cumplir con todos los requisitos para ser un cliente regular. De acuerdo al solicitante, la conducta del Banco Santander sería anticompetitiva y perseguiría excluirle del mercado. Según Arcadi, los proyectos de negocio de este banco, desarrollados a través de plataformas tecnológicas a nivel internacional (One Pay FX) y en nuestro país (Super Digital), lo volverían un competidor directo en el futuro en el servicio de transferencias de los residentes extranjeros en Chile a cuentas en otros países.

Un antecedente análogo a esta disputa se vivió el 2018, a propósito del cierre de cuentas de las empresas de criptomonedas –CryptoMKT, Orionx y Buda.com- en sus respectivas demandas contra los principales bancos de la plaza (Roles C-349-2018; C-350-2018; C-354-2018, todas ellas acumuladas). En esa oportunidad, conjuntamente con la demanda, las empresas solicitaron al tribunal evitar el cierre intempestivo de sus cuentas como medida cautelar. El Tribunal accedió a las medidas, obligando a los bancos mantener los contratos de cuenta corriente.

El TDLC no suele conceder medidas prejudiciales con carácter cautelar. Las medidas prejudiciales son aquellas que se solicitan antes de iniciar un procedimiento contencioso. Cuando tienen una naturaleza cautelar, buscan que el tribunal ordene con rapidez y eficacia inmediata que se asegure determinado estado de cosas, de modo de evitar que el futuro litigio no pierda su propósito. Las medidas han de ser necesarias y proporcionales para este fin y como requisito fundamental, debe mostrarse con antecedentes concretos que lo que se pretende demandar tiene sentido y resulta verosímil. En 2010, por ejemplo, en uno de los pocos casos en que la FNE ha solicitado la aplicación de estas medidas, se pidió al TDLC que la Cámara de Comercio continuase proveyendo información del Boletín Comercial a un buró de crédito para que pudiera continuar su giro y así no desaparecer del mapa.

En los últimos 4 años, diecisiete medidas prejudiciales han sido solicitadas, la mayoría con carácter preparatorio. Sólo seis tuvieron un propósito cautelar y todas ellas fueron rechazadas.

Enlaces relacionados:

Medida prejudicial cautelar solicitada por ARCADI SpA., en contra de BANCO SANTANDER-CHILE. Rol C-385-2019. Ver aquí

Julio Tapia O.