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Integraciones

MERCK KGaA

La Superintendencia de Industria y Comercio aprobó sin condicionamientos la adquisición del 100% de las acciones de SIGMA-ALDRICH CORP. por parte de MERCK KGaA. Aunque se identificaron posibles efectos horizontales en algunos segmentos de los mercados de "Bioscience" y "Soluciones de Laboratorio", la autoridad concluyó que la baja sustituibilidad entre productos, el poder de negociación de los compradores y la existencia de oferta alternativa mitigaban los riesgos para la competencia.

Autoridad

Superintendencia de Industria y Comercio

Decisión Alcanzada

Aprobada

Información Básica

Radicación N°

14-279773

Fecha de solicitud

2014

Resolución N°

79775

Fecha resolución de aceptación

2015

Partes:

MERCK KGaA (en adelante MERCK) y SIGMA-ALDRICH CORP. (en adelante SIGMA)

Trámite:

Solicitud de preevaluación.

Resultado:

Aprobada.

Detalles de la causa

Hechos y descripción de la operación proyectada

El 19 de diciembre de 2014, las empresas intervinientes informaron a la Superintendencia de Industria y Comercio su intención de llevar a cabo una operación de integración.

La transacción consiste en la adquisición del 100% de las acciones con derecho a voto de SIGMA por parte de MERCK, lo que le otorgaría control exclusivo sobre la compañía. Esta operación representa una consolidación en el sector de productos químicos y materiales de laboratorio, fortaleciendo la presencia global de MERCK.

Mercado relevante

La Superintendencia de Industria y Comercio determinó que la operación de integración entre MERCK KGaA y SIGMA-ALDRICH CORP afectaba el mercado relevante de los productos de las líneas de negocio de «Bioscience» y «Soluciones de Laboratorio» en todo el territorio nacional.

Decisión de la autoridad de competencia

La Superintendencia mediante resolución 79775 de 2015 resolvió no objetar ni someter a condicionamientos la integración empresarial proyectada.

Vía Gubernativa / Revisión Judicial:

N/A

Efectos de la operación

La Superintendencia de Industria y Comercio analizó la composición del mercado de impresión de libros, revistas, publicomerciales y otros productos editoriales, con el propósito de determinar los efectos de la operación proyectada sobre la competencia. En este sentido, estableció que el sector se caracterizaba por la presencia de un alto número de competidores que ofrecían servicios similares a los de las empresas intervinientes.

Si bien las partes intervinientes no contaban con un conocimiento exacto del número total de competidores al momento de la solicitud de preevaluación, presentaron una aproximación basada en el registro de la actividad económica 1811 «actividades de impresión» en el Registro Único Tributario (RUT) y en la base de datos de la Superintendencia de Sociedades. A partir de esta información, se identificó la existencia de 349 empresas registradas como prestadoras de dicho servicio, reconociendo que algunas podrían no estar activas en el mercado o, por el contrario, operar sin estar registradas.

Con el fin de profundizar en la estructura del mercado, la Superintendencia solicitó información a los principales competidores del sector, tomando en cuenta sus ingresos operacionales en el año 2013. Entre las empresas contactadas figuraban CADENA S.A., CARVAJAL SOLUCIONES DE COMUNICACIÓN S.A.S., EL COLOMBIANO S.A. Y CIA. S.C.A., EL PAÍS S.A., PANAMERICANA FORMAS E IMPRESOS S.A., QUAD GRAPHICS COLOMBIA S.A., entre otras. Sin embargo, algunas de las entidades consultadas manifestaron no participar en el mercado, a pesar de tener inscrita la actividad económica correspondiente en el RUT, mientras que otras indicaron que su actividad de impresión se limitaba a tarjetas magnéticas o se destinaba exclusivamente a uso interno.

Respecto a la participación de mercado, la Superintendencia evaluó las estimaciones presentadas por las intervinientes, las cuales fueron construidas con base en los ingresos operacionales de las empresas registradas en el sector. Sin embargo, determinó que estas mediciones presentaban un alto margen de error, dado que algunas empresas reportaban ingresos provenientes de actividades distintas a la impresión y otras, aunque registradas en la actividad económica correspondiente, no participaban activamente en el mercado. Estas circunstancias generaban inconsistencias en la estimación del tamaño del mercado y la cuota de participación de cada agente.

Para obtener una estimación más precisa, la Superintendencia recurrió a la información directamente proporcionada por los principales competidores, con el objetivo de conocer el valor real de sus ventas y determinar con mayor exactitud el tamaño del mercado relevante. En este contexto, la empresa QUAD GRAPHICS COLOMBIA S.A. entregó un estudio de mercado elaborado por BASE FIRMA, en el que se utilizó la base de datos BPR Benchmark para construir la participación de mercado de los distintos agentes. A partir de este estudio y de la información proporcionada en la preevaluación, la Superintendencia logró calcular la cuota de mercado de PRINTER para el año 2013.

Los resultados de este análisis indicaron que, tras la integración proyectada, el agente resultante alcanzaría una participación de mercado que no representaría un cambio estructural significativo. Asimismo, la Superintendencia determinó que la participación de CEET se mantendría por debajo del umbral del 20%, nivel que, en ausencia de barreras de entrada sustanciales, no conllevaría un riesgo significativo para la competencia en el mercado.

En relación con la existencia de barreras de entrada, la Superintendencia examinó si existían obstáculos que impidieran la incursión de nuevos competidores en el corto o mediano plazo. En este análisis, se evidenció que el mercado carecía de barreras técnicas, legales, económicas o comerciales relevantes. Las intervinientes, así como algunos competidores como CARVAJAL SOLUCIONES DE COMUNICACIÓN S.A.S., LEGIS S.A. y CADENA S.A., confirmaron que no se presentaban dificultades significativas para acceder al mercado. En consecuencia, la autoridad concluyó que el sector se encontraba abierto a la entrada de nuevos agentes, lo que permitía garantizar una dinámica competitiva saludable.

En virtud de lo expuesto, la Superintendencia determinó que la integración propuesta no generaría un impacto negativo sobre la competencia en el mercado relevante. Si bien la participación de CEET aumentaría como resultado de la operación, esta variación no sería lo suficientemente significativa como para conferirle un poder de mercado que restringiera la competencia. Además, la existencia de múltiples competidores y la ausencia de barreras de entrada relevantes aseguraban que el mercado siguiera siendo contestable. Por lo tanto, la autoridad concluyó que la operación no planteaba riesgos para la libre competencia y no ameritaba objeciones ni condicionamientos regulatorios.

Vía Gubernativa / Revisión Judicial

Resolución recurso N°

N/A

Fecha resolución recurso

N/A

Resultado

N/A

N/A

Decisión Íntegra

Decisión SIC

RESOLUCIÓN DE INTEGRACIÓN 79775 DE 2015

(octubre 1)

Radicado 14-279773

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN DE INTEGRACIÓN 79775 DE 2015

Por la cual se aprueba una operación de integración

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO

En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las previstas en la Ley 155 de 1959, la Ley 1340 de 2009 y el numeral 15 del artículo 3 del Decreto 4886 de 2011,

y

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que el artículo 9 de la Ley 1340 del 24 de julio de 2009 prevé lo siguiente en relación con el control de integraciones empresariales:

«Artículo 9. Control de Integraciones Empresariales, El artículo 4o de la Ley 155 de 1959 quedará así:

Las empresas que se dediquen a la misma actividad económica o participen en la misma cadena de valor y que cumplan con las siguientes condiciones, estarán obligadas a informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre las operaciones que proyecten llevar a cabo para efectos de fusionarse, consolidarse, adquirir el control o integrarse cualquiera sea la forma jurídica de la operación proyectada:

1. Cuando, en conjunto o individualmente consideradas, hayan tenido durante el año fiscal anterior a la operación proyectada ingresos operacionales superiores al monto que, en salarios mínimos legales mensuales vigentes, haya establecido la Superintendencia de Industria y Comercio o;

2. Cuando al finalizar el año fiscal anterior a la operación proyectada tuviesen, en conjunto o individualmente consideradas, activos totales superiores al monto que, en salarios mínimos legales mensuales vigentes, haya establecido la Superintendencia de Industria y Comercio.

En los eventos en que los interesados cumplan con algunas de las dos condiciones anteriores pero en conjunto cuenten con menos del 20% del mercado relevante, se entenderá autorizada la operación. Para este último caso se deberá únicamente notificar a la Superintendencia de Industria y Comercio de esta operación (…)».

SEGUNDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, mediante comunicación radicada con el número 14-279773-0 del 19 de diciembre de 2014,[1] la empresa MERCK KGaA (en adelante MERCK) y SIGMA-ALDRICH CORP. (en adelante SIGMA), informaron a esta Entidad la intención de realizar una operación de integración consistente en la adquisición por parte de MERCK del 100% de las acciones con derecho a voto emitidas y en circulación de SIGMA.[2].

TERCERO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.3.1 del artículo 1 de la Resolución No. 12193 de 2013, mediante comunicación radicada con el número 14-279773-1 del 24 de diciembre de 2014,[3] esta Superintendencia solicitó a MERCK y SIGMA (en adelante y de manera conjunta, INTERVINIENTES), aclarar y complementar la información aportada en el documento de solicitud de pre-evaluación de la operación. La información requerida fue aportada mediante escrito radicado con el número 14-281886-4 del 30 de enero de 2015.[4]

CUARTO: Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 156 del Decreto Ley No. 19 de 2012, en el numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1340 de 2009 y en el numeral 2.3.2 de la Resolución 12193 de 2013, el 2 de febrero de 2015 se publicó en la página web de la Superintendencia el inicio del procedimiento de autorización de la operación presentada.[5]

QUINTO: Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1340 de 2009 y el numeral 2.3:6.3 de la Resolución 12193 de 2013, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del inicio del procedimiento de autorización de la operación en la página web de esta Entidad, no; se recibió información por parte de terceros con el fin de aportar elementos para el análisis de la operación.

SEXTO: Que en ejercicio de las facultades dadas por el Decreto 4886 de 2011, en particular las establecidas por el numeral 62 del artículo 1, el 25 de febrero de 2015, esta Superintendencia realizó una visita administrativa en las instalaciones de MERCK S.A., en la ciudad de Bogotá, con el fin de aclarar algunos aspectos de la operación de integración que había sido presentada para su evaluación.[6]

SÉPTIMO: Que esta Superintendencia, dentro de los treinta (30) días a que se refiere el numeral 3 del artículo 10 de la Ley 1340 de 2009, consideró procedente continuar con el procedimiento de autorización de la presente integración, razón por la cual mediante comunicación radicada con el número 14-279773-9 del 3 de marzo de 2015,[7] se requirió a las INTERVINIENTES para que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes allegaran la información señalada en la Guía de Estudio de Fondo de integraciones Empresariales (Anexo No. 2 de la Resolución No. 12193 de 2013) y otra información necesaria para complementar la información allegada al expediente.

La información requerida fue aportada por las INTERVINIENTES mediante comunicación radicada con el número 14-279773-35 del 24 de marzo de 2015.[8]

OCTAVO: Que en ejercicio de las facultades previstas en el numeral 63 del artículo 1 del Decreto 4886 de 2011, mediante comunicaciones radicadas el 12 de marzo de 2015, esta Superintendencia formuló requerimiento de información a los principales agentes competidores identificados por las INTERVINIENTES en los mercados en los que ellas participan conjuntamente, con el fin de obtener información relacionada con dichos mercados.[9] Las empresas requeridas aportaron la información en fechas que transcurrieron entre el 13 de abril y el 7 de julio de 2015.

NOVENO: Que en ejercicio de las facultades previstas en la Ley 1340 de 2009 y el Decreto 4886 de 2011, con el fin de contar con mayores elementos de juicio para el estudio de la operación de integración propuesta, esta Superintendencia decretó de oficio pruebas adicionales mediante la Resolución No. 31288 del 19 de junio de 2015.[10]

Las pruebas decretadas consistieron en la práctica de testimonio de los representantes legales de algunas de las empresas identificadas como principales clientes de las INTERVINIENTES y una declaración del representante legal de MERCK S.A., empresa subsidiaria de MERCK con actividades en Colombia. Los testimonios fueron practicados entre el 30 de junio y el 2 de julio de 2015.[11]

DÉCIMO: Que una vez realizadas las anteriores consideraciones y estando dentro del término previsto en el numeral 5 del artículo 10 de la Ley 1340 de 2009, este Despacho procede a pronunciarse respecto de la operación de integración informada, en los siguientes términos:

10.1 EMPRESAS INTERVINIENTES EN LA INTEGRACIÓN

10.1.1 MERCK KGaA

MERCK es una sociedad de origen alemán, dedicada al desarrollo de productos químicos y farmacéuticos, los cuales a su vez se organizan en tres segmentos: Heallthcare (que comprende las líneas de negocio Merck Serono, Consumer Health, Allergopharma y Biosimilars), Life Science (Merck Millipore) y Performance Materials.[12]

El segmento Healthcare de la compañía, se centra en el desarrollo de terapias y tratamientos médicos. La línea Merck Serono, se encuentra dedicada a actividades relacionadas con la producción y comercialización de biofarmacéuticos utilizados para diferentes prescripciones médicas. La línea Consumer Health, provee una amplia gama de medicamentos y complementos vitamínicos que mantienen el buen estado de salud de las personas o tratan enfermedades simples como resfriados o dolor muscular, dichos productos no requieren de prescripción médica. Por su parte, la línea Allergopharma, comprende un portafolio de medicamentos dispuestos para la detección y tratamiento de alergias, y la última línea de este segmento, Biosimilars, se enfoca en el desarrollo de biosimilares, que son fármacos de origen biotecnológico, que son copias de fármacos pioneros de igual procedencia.[13]

El segmento Life Science, que cuenta con su línea de negocio Merck Millipore, ofrece una gran cantidad de herramientas y tecnologías probadas, principalmente destinadas a ayudar a sus clientes en la investigación, desarrollo y producción de tratamientos médicos. Debido a su gran cantidad de productos, esta línea se divide en tres áreas de negocio:

i. Bioscience: dentro de la cual se encuentra la comercialización, de reactivos, anticuerpos, kits de soluciones y accesorios complementarios para purificar, preparar y/o analizar muestras biológicas.

ii. Soluciones de Laboratorio: que se centra en la purificación de agua de laboratorio, de realizar biomonitoreo y de los consumibles para realizar análisis avanzados, tales como disolventes, ácidos, bases, metales, productos orgánicos, equipos de análisis de cromatografía y otros productos químicos.

iii. Procesos v Soluciones: que ofrece productos y servicios para ayudar a empresas del sector químico, farmacéutico y biofarmacéutico a desarrollar y a optimizar los procesos de fabricación de los medicamentos, dentro de los cuales se incluyen medios suplementarios de cultivo celular, dispositivo y otros productos para filtración, medios de cromatografía, entre otros.[14]

Por último el segmento de Performance Materials, es un segmento dedicado al desarrollo y comercialización de materiales innovadores de alta tecnología, con aplicaciones en diferentes tipos de productos como pantallas LED, pantallas LCD, paneles solares, cosméticos, alimentos, productos farmacéuticos, revestimientos, plásticos y dispositivos electrónicos.[15]

MERCK es la matriz del grupo empresarial MERCK GROUP y cuenta con una participación accionaria mayoritaria de E. MERCK KG (70,3%), empresa que no realiza actividades de gestión de la compañía, y el capital social restante se encuentra dividido en acciones dispuestas al público en la bolsa de valores de Frankfurt.[16]

Respecto de las cuentas de sus estados financieros, a continuación se presentan los valores publicados en su página de internet con corte a 2013.

Tabla No. 1

Cuentas financieras MERCK GROUP (2013)

VALOR EN MILLONES DE EUROS
–MeurosVHM
VALOR EN PESOS COLOMBIANOS[17]
INGRESOS OPERACIONALES 10.735,3 26.695.255.804.000
ACTIVOS 20.818,6 51.769.196.248.000

Fuente: Ver: http://www.merckgroup.com/en/investors/financials/financials.html. Consulta: 9 de febrero de 2015.

10.1.2. MERCK S.A. (en adelante MERCK COLOMBIA)

MERCK COLOMBIA es una sociedad colombiana con domicilio principal en Bogotá, legalmente constituida mediante Escritura Pública No. 4511 del 28 de noviembre de 1957 e inscrita el 4 de diciembre de 1957[18]MERCK COLOMBIA es además una sociedad subsidiaria de MERCK, mediante la participación de las empresas [Texto de carácter reservado] ([Texto de carácter reservado])$, [Texto de carácter reservado] ([Texto de carácter reservado]%) y otros accionistas ([Texto de carácter reservado]%).

En cuanto a sus actividades, MERCK COLOMBIA, se dedica a la comercialización y distribución de todos los segmentos de negocio de MERCK señalados en el numeral 10.1.1. En tal sentido la clasificación de sus actividades, de conformidad con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) corresponde a lo descrito en la Tabla No. 2.

Tabla No. 2

Actividades de MERCK COLOMBIA

CIIU ACTIVIDAD
4645 Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, medicinales, cosméticos y de tocador
2100 Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales productos botánicos de uso farmacéutico
4664 Comercio al por mayor de productos químicos básicos, cauchos y plásticos en formas primarias y productos químicos de uso agropecuario
4659- Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo n.c.p.

Fuente: Registro Unico Empresarial y Social (RUES)[19]

Los activos totales e ingresos operacionales de MERCK COLOMBIA a 31 de diciembre de 2013 se presentan a continuación.

Tabla No. 3

Cuentas financieras MERCK COLOMBIA

(31 de diciembre de 2013)

CUENTA VALOR EN PESOS COLOMBIANOS
ACTIVOS $158.458.894.000
INGRESOS OPERACIONALES $296.450.091.000

Fuente: Folios 88 y 89. Cuaderno Publico No. 1 del Expediente.

10.1.3 SIGMA-ALDRICH CORP

Esta compañía se centra en el desarrollo de productos de alta tecnología y ciencias de la vida procurando el mejoramiento de la salud y seguridad humana, mediante la producción y distribución de productos químicos, bioquímicos y otros productos esenciales. En general, según indican las INTERVINIENTES en su escrito, SIGMA divide sus operaciones en tres unidades de negocio: i) Research, i i) Applied, y iii) SAFC Commercial.[20]

Research ofrece productos y servicios utilizados en los segmentos académico, farmacéutico o Pharma y distribuidores. Sus productos son destinados a la investigación, desarrollo y ensayos en el desarrollo y descubrimiento de medicamentos u otras aplicaciones en la industria farmacéutica.

Applied suministra a compañías especializadas en diagnóstico de diversos productos y servicios, entre los cuales se pueden considerar: componentes, productos químicos, reactivos bioquímicos, materias primas esenciales y estándares de referencia certificados en cada segmento de diagnóstico, otros componentes (tales como productos químicos saborizantes y/o aromatizantes) y soluciones personalizadas según las necesidades de cada empresa.

Por su parte, SAFC Commercial fabrica, desarrolla y presta servicios para la producción comercial de las industrias farmacéutica, biofarmacéutica y electrónica. Estos productos y servicios incluyen medios industriales de cultivo celular, ingredientes farmacéuticos activos, productos intermedios, materias primas, servicios de análisis biológico, precursores organometálicos de LED y la fabricación de semiconductores.

En Colombia, SIGMA no cuenta con una participación directa, es decir, no cuenta con una sociedad o entidad legal que le represente. En consecuencia, los productos de esta empresa son en su totalidad importados a Colombia en proporciones de [Texto de carácter reservado] a distribuidores y  [Texto de carácter reservado] a usuarios finales.

A continuación se presentan los activos totales e ingresos operacionales de SIGMA.

Tabla No. 4

Cuentas financieras SIGMA

CUENTA VALOR EN MILLONES DE DÓLARES IAÉVdókTaresVAMIi VALOR EN PESOS COLOMBIANOS
ACTIVOS 3.805 7.103.097.900.000
INGRESOS OPERACIONALES 2.704 5.047.773.120.000

Fuente: Sigma-Aldrich anual report 2013[22]

10.2. DEBER DE INFORMACIÓN PREVIA DE LA INTEGRACIÓN

El régimen de control previo o «ex ante» de integraciones empresariales busca evaluar los efectos económicos que se producirían como resultado de una concentración de dos o más agentes en el mercado, con el fin de evitar que se presente una restricción indebida de la competencia y en consecuencia se reduzca el bienestar de los consumidores.

Al aplicar dicho régimen, esta Entidad debe evaluar si los efectos en el mercado originados en virtud de una concentración ameritan su objeción, su autorización sujeta al cumplimiento de condiciones encaminadas a preservar la competencia en el mercado, o su autorización pura y simple.

El artículo 4 de la Ley 155 de 1959, modificado por el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, establece que las empresas que proyecten llevar a cabo operaciones para efectos de adquirir el control de una o varias empresas, cualquiera sea la forma jurídica con la cual se manifieste, tendrán el deber de informarlas previamente a la SIC, siempre que se cumplan los siguientes dos supuestos:

i. Supuesto subjetivo: cuando las empresas que intervienen en la integración se dediquen a la misma actividad económica o participen en la misma cadena de valor.

ii. Supuesto objetivo: cuando en conjunto o individualmente consideradas, las empresas que intervienen en la integración superen el monto establecido para ingresos operacionales o para activos totales.

En consecuencia, las empresas que pretendan llevar a cabo un proceso de concentración empresarial, en cualquiera de sus manifestaciones, y cuya situación se enmarque en los supuestos previstos en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, deberán informar previamente la operación a esta Superintendencia.

10.2.1 Verificación de supuestos

i. Supuesto subjetivo:

Para el caso concreto, se encuentra que las INTERVINIENTES desarrollan de manera coincidente la actividad económica de comercialización de productos de soluciones de laboratorio y productos de Bioscience.

Con lo anterior, se encuentra verificado el supuesto subjetivo establecido en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009.

ii. Supuesto objetivo:

El artículo primero de la Resolución SIC 82295 del 20 de diciembre de 2013 fijó en cien mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (100.000 SMLMV), el valor de ingresos operacionales y activos totales que se tendrán en cuenta durante 2014, para determinar si las empresas que intervienen en una operación de integración, cumplen el supuesto objetivo establecido en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009.

Así, en concordancia con el artículo 1 del Decreto 3068 de 2013 (que fijó el salario mínimo legal mensual a partir del 1 de enero de 2014 en seiscientos dieciséis mil pesos – $616.000), el valor de ingresos operacionales o activos totales a partir del cual se cumple el supuesto objetivo para la operación informada por las INTERVINIENTES, es de sesenta y un mil seiscientos millones de pesos ($61.600.000.000).[23]

De acuerdo con la información presentada en las tablas 1, 3 y 4 del presente acto administrativo, para la vigencia fiscal 2013 las INTERVINIENTES contaron conjuntamente con ingresos operacionales por valor superior a $5,3 billones de pesos y activos totales por valor superior a $7,2 billones de pesos.

Con lo anterior se encuentra verificado el supuesto objetivo establecido en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009.

10.2.2 Deber de informar

Así las cosas, con la previa verificación de los supuestos subjetivo y objetivo, se configuran todos los requisitos para que la operación presentada deba ser informada a la SIC de manera previa a su ejecución.

10.3. DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN

Según lo informado por las INTERVINIENTES, la transacción consiste en la adquisición del 100% de las acciones con derecho a voto de SIGMA por parte MERCK, adquiriendo así el control exclusivo de la compañía.[24]

10.4 DEFINICIÓN DEL MERCADO RELEVANTE

Por la importancia de una adecuada definición de mercado relevante en la determinación de los efectos de una integración, esta Superintendencia se ha apoyado en los lineamientos diseñados por la Red Internacional de Autoridades de la Competencia (ICN, por sus siglas en inglés) en su documento ICN Merger Guidelines Workbook.

La ICN destaca dos razones importantes por las cuales la definición del mercado relevante es de crítica importancia. Por un lado, es primordial para entender el escenario en que las fuerzas competitivas tienen lugar y, por el otro, y aún más importante, la definición del mercado es fundamental para poder calcular las cuotas de cada competidor en el mercado en cuestión, dado que estas se calculan con base en el tamaño total del mercado.

Nótese que este último factor constituye el indicador básico del poder de mercado de una empresa. Así, cuando se observa que la suma de las cuotas de mercado de las empresas que intervienen en una integración es elevada, la autoridad de competencia detecta que la operación puede generar problemas de competencia en el mercado y viceversa.

La definición de mercado relevante se lleva a cabo en dos niveles: primero, está la definición del mercado de producto y, luego, la definición del mercado geográfico.

En la definición del mercado de producto se debe tener presente la sustituibilidad del producto al nivel de la demanda. La ICN indica que la sustituibilidad de la demanda se analiza a través del grado en que los clientes podrían y querrían cambiar entre productos sustitutos ante un cambio relativo de precios, calidadesdisponibilidad u otros factores En otras palabras, lo importante en este apartado es encontrar qué productos son considerados como sustitutos por parte de sus consumidores.

Si bien algunas jurisdicciones tienen en cuenta la sustituibilidad de la oferta al momento de definir el mercado relevante,[26] esta Superintendencia toma en consideración dicho concepto al momento de analizar las barreras de entrada y la competencia potencial en el mercado definido.

Respecto al otro gran nivel de definición del mercado relevante, la ICN señala que «el mercado geográfico es un área en la que puede ocurrir una razonable sustitución de los productos de las intervinientes».[27] Esta sustitución se debe dar por parte de los consumidores del producto en la medida que encuentren otros bienes sustitutos en el área referida. Generalmente, el mercado geográfico se puede definir como local, regional, nacional, continental o internacional.

Él mercado relevante, definido en los términos anteriormente descritos, es el marco de referencia apropiado para analizar los efectos sobre la competencia de una operación de integración. Tal como indica la ICN en el documento ICN Merger Guidelines Workbook, «[e]l mercado relevante, en la práctica, no es más que el marco apropiado para analizar los efectos competitivos[28] de una operación.

Con base en la metodología descrita, a continuación se definirá el mercado relevante para la operación objeto de estudio por parte de esta Superintendencia:

10.4.1 Mercado de producto

La integración presentada de acuerdo con la información aportada por las INTERVINIENTES, genera el traslape de dos de líneas de negocio, una relacionada con la industria de ciencias biológicas y de la vida o Bioscience, y la otra relacionada con soluciones de laboratorio. Manteniendo esta misma gran segmentación de los productos afectados por la operación se hará la definición de los mercados afectados, iniciando con cada una de las líneas de negocio y desarrollándolas hasta determinar que mercados son los que se afectan por la operación.

10.4.1.1. Ciencias Biológicas y de la Vida o Bioscience

Respecto de la primera de las líneas de negocio involucradas en la operación, el estudio «Technology, Talent and Capital: State Bioscience Initiatives, 2018» ha definido la industria de Bioscience como las diferentes actividades industriales en las cuales se aplica el conocimiento sobre el modo en el cual las plantas, los animales y los humanos funcionan. A partir de ello se han desarrollado actividades de manufactura, servicios e investigación.[29]

En términos generales, los productos para Bioscience consisten en reactivos y diferentes kits utilizados por los investigadores para comprender sistemas y procesos biológicos complejos en búsqueda de nuevos medicamentos y tratamientos. En este sentido, estos productos son utilizados para generar e investigar, y cuyo principal requerimiento es el de evitar la presencia de substancias que puedan interferir con el proceso biológico investigado. En tal sentido, los principales, clientes de este tipo de productos son la academia, el gobierno y las industrias farmacéuticas y biofarmacéuticas.

MERCK SIGMA, ofrecen en el mercado colombiano un gran número de productos y servicios que propenden por ayudar a los investigadores a comprender las enfermedades y las funciones biológicas, enfocándose así en los procesos investigativos para la identificación y definición de nuevos alcances terapéuticos, medicamentos y terapias. En tal sentido, existe coincidencia en la oferta de varios tipos de productos que pertenecen a la línea de negocio, aunque la línea de negocio en sí misma no comprende un mercado por cuanto los productos tienen diferentes usos como se observará más adelante.

Bioscience es una línea de negocio que relaciona los siguientes grupos:

a. Anticuerpos para investigación.

b. Productos reactivos bioquímicos.

c. Cultivo celular para aplicaciones de investigación.

A continuación se analizará cada ítem hasta llegar a la definición de mercado producto más acorde a las condiciones del mercado colombiano, reconociendo que por las características, usos y aplicaciones específicas de cada grupo, al menos cada uno corresponde a un mercado en sí mismo. Para la descripción de los grupos en mención se utilizará primordialmente la información aportada por las INTERVINIENTES, y en caso de requerirse se complementará con la información que la Superintendencia ha recabado en los diversos requerimientos.

a. Anticuerpos para investigación

Los anticuerpos son proteínas generadas por linfocitos B, células especializadas del sistema inmune de los vertebrados, que sirven para reconocer organismos que pueden invadir el cuerpo, tales como bacterias, virus o parásitos y desencadenar procesos en el cuerpo con el fin de eliminarlos.

En investigaciones, los anticuerpos tienen gran variedad de usos. Para comprender su uso, es necesario considerar que estas proteínas son susceptibles a un tipo particular de sustancias, es decir que cada anticuerpo tiene la capacidad de capturar únicamente un tipo de sustancia (antígeno). Esta receptividad del anticuerpo permite que, de acuerdo a la necesidad específica del investigador, se pueda aislar o identificar la presencia de algunas sustancias mediante la utilización del anticuerpo. A modo de ejemplo, si un investigador busca la presencia de una sustancia X en un cuerpo, éste debe emplear un anticuerpo que sea receptivo a dicha sustancia y mediante la exposición del anticuerpo -que tenderá a identificar y capturar la sustancia X-, puede aislar o identificar su presencia en el cuerpo que el investigador determinó.[30]

Dado que cada anticuerpo detecta una sustancia específica, existe gran variedad de anticuerpos para una amplia variedad de aplicaciones. Según manifiestan las INTERVINIENTES, en conjunto ofertarían más de 80.000 variedades de anticuerpos y existen competidores en el mercado que pueden ofertar más de 170.000 de ellos.[31]

Esta Superintendencia, si bien reconoce la baja sustituibilidad entre cada uno de los productos ofertados por las INTERVINIENTES, establece que el uso general aplicado a ellos es de carácter investigativo. Por lo anterior, este Despacho considera que el mercado producto corresponde al de «anticuerpos para investigación«.

i. Productos Reactivos Bioquímicos

De acuerdo con la información aportada para el estudio de pre-evaluación, se consideran reactivos todas aquellas sustancias o compuestos que se utilizan en un experimento para que al interactuar con otra se obtenga una reacción química, y en consecuencia dé lugar a otras sustancias de propiedades, características y conformación distinta.

En particular los reactivos aplicados para Bioscience, pueden clasificarse de acuerdo a sus usos y campos de aplicación. Por ello, estos reactivos pueden clasificarse en las siguientes categorías:

i- Reactivos para biología molecular o genómica

La biología molecular o genómica es el estudio de los componentes moleculares presentes en las células de organismos vivos, principalmente el ácido ribonucleico (ARN) y el ácido desoxirribonucleico (ADN). Sobre este punto, manifiestan las INTERVINIENTES que sus actividades son solamente coincidentes en los reactivos para amplificación (o copia) de ácido nucleico (ADN y ARN) y los reactivos para purificación (o extracción) de ácido nucleico (solamente para ADN).

Es decir que dentro de esta categoría se encontrarían inicialmente cuatro tipos de productos con un uso diferenciado: (i) reactivos para amplificación de ADN, (ii) reactivos para amplificación de ARN, (iii) reactivos para purificación de ADN, y (iv) reactivos para purificación de ARN; pese a que las INTERVINIENTES participan en solamente tres de ellos.

No obstante, dos empresas requeridas por esta Superintendencia fueron consistentes en señalar que, dados los usos y hábitos de consumo de sus clientes, los reactivos para amplificación de ADN y ARN podrían llegar a ser considerados simplemente como reactivos para amplificación de ácidos nucleicos.[32]

Así las cosas, acogiendo los aportes de empresas no involucradas en la transacción y los productos que las INTERVINIENTES comercializan en Colombia, la SIC considera que a nivel de reactivos bioquímicos existen dos mercados de producto que resultan afectados por la transacción:

– Los reactivos para amplificación del ácido nucleico, y

– Los reactivos para purificación de ADN.

ii. Reactivos para Biología Proteómica o Inmunoensayos

Los inmunoensayos se usan en la investigación proteómica, principalmente, para medir la presencia o concentración de una macromolécula en una solución, mediante el uso de anticuerpos y antígenos. Sobre el particular, se señala en el documento de pre-evaluación que dentro del portafolio de MERCK se encuentran dos inmunoensayos: Luminex y Ensayo de Enzimas Ligadas Irimunoabsorbentes (ELISA). Por su parte, SIGMA suministra únicamente el inmunoensayo ELISA; debido a que el Luminex es un ensayo desarrollado por una empresa del mismo nombre que otorgó A MERCK el derecho a producir estos ensayos para aplicaciones de investigación proteómica.

En cuanto a la sustituibilidad existente entre los dos inmunoensayos descritos se deben tener en cuenta dos elementos que recabó esta Superintendencia á lo largo de su estudio.

Por una parte, las INTERVINIENTES señalan que el Luminex es una tecnología que permite analizar un gran número de análisis biológicos simultáneamente; para ello su tecnología es relativamente compleja y se requieren equipos de instrumentación y de laboratorio especializados para leer los resultados de la prueba.

De otro lado, existen expertos que indican que un ELISA se puede convertir fácilmente en un ensayo Luminex,[33] permitiendo realizar varias pruebas simultáneamente y reduciendo el costo del ensayo. Con base en lo anterior, se puede indicar que hay un margen de sustituibilidad entre los ensayos aunque considerando que si la necesidad del investigador responde a un único ensayo será más eficiente el uso de un ELISA, mientras que si es de múltiples ensayos preferirá un Luminex, en caso de contar con la tecnología asociada al proceso.

Finalmente, esta Superintendencia podría concluir, en principio, que el mercado producto deber ser considerado de manera conjunta como las pruebas de inmunoensayo ELISA y Luminex, dado que coexisten en los mismos usos. Sin embargo, considerando que su sustituibilidad es limitada tanto desde el punto de vista de la oferta como desde la demanda, serán considerados como mercados separados. En consecuencia, este Despacho concluye que el mercado producto afectado es el de los «inmunoensayos ELISA«, dado que SIGMA no participa en el mercado de inmunoensayos Luminex.

iii. Otros Bioquímicos / Reactivos

En algunas áreas de trabajo especializadas dentro de la investigación en ciencias biológicas, se requiere de ciertos productos bioquímicos específicos con características particulares que difieren de las aplicaciones descritas para los anteriores productos. Dentro de esta categoría, las empresas resultan coincidentes en la oferta de algunos productos que se señalan a continuación.

– Proteínas y enzimas

Las proteínas y enzimas son partes esenciales de los organismos y participan prácticamente en todos los procesos dentro de las células. Las proteínas son macromoléculas, que constan de una o más cadenas largas de aminoácidos y se manifiestan como enzimas que se encargan de aumentar la velocidad de una reacción química o catalizar la reacción química.

Las enzimas, señalan las INTERVINIENTES, son altamente específicas y aceleran solamente una o unas pocas reacciones químicas, y a nivel de investigación tienen, entre otras, aplicaciones en la replicación, reparación y transcripción del ADN.

Dadas las particularidades de este tipo de productos, y al no encontrar un criterio oponible frente a lo manifestado por sus competidores, esta Superintendencia considera a las «proteínas v enzimas» como un mercado producto relevante separado, que resulta afectado por la operación propuesta.

– Químicos en General

En la investigación de ciencias de la vida se requieren gran cantidad de químicos con diversidad de propósitos, los cuales además pueden diferir de acuerdo con la técnica y/o campo de investigación en el cual han de ser utilizados.

No obstante lo anterior, puede realizarse una agrupación en la cual de manera general los químicos concentrados en esta categoría pueden considerarse que tienen un uso semejante. Al respecto, las INTERVINIENTES, cuentan con productos de las siguientes categorías:

– Detergentes.

Tintes y Colorantes.

– Sustratos.

– Carbohidratos.

– Aminoácidos y péptidos

– Lípidos y derivados.

La Superintendencia reconoce que dichos productos cumplen con características, usos y aplicaciones específicas. Dado lo anterior y considerando la posibilidad de discriminar dentro de la gran cantidad de químicos que se agrupan en el segmento en mención, este Despacho considera apropiado definir cada uno de los grupos antes citados como un mercado en sí mismo, pese a que las empresas que ofertan este tipo de productos usualmente cuentan con el portafolio para abastecer cualquiera de ellos.

– Pequeñas moléculas bioactivas

Las pequeñas moléculas bioactivas permiten el control de dianas protéicas y funciones celulares. Cabe reconocer la existencia de multiplicidad de pequeñas moléculas bioactivas, las cuales encajan en cuatro (4) categorías a saber: (i) Antiproliferativos; (ii) Inhibidores de proteasa; (iii) Inhibidores de fosfatasa; y (iv) Inductores de Apoptosis.

No obstante, este Despacho considera que al particularizar a tal nivel un mercado no cambia sustancialmente el análisis de impacto sobre la competencia, debido a que las empresas se encuentran en capacidad de ofrecer cualquiera de los tipos de estas moléculas, y los consumidores son los mismos para todos los tipos de moléculas identificados en esta sección. En tales términos, el mercado relevante será el de «pequeñas moléculas bioactivas

c. Cultivo celular para aplicaciones de investigación

El cultivo celular es el proceso por el cual se cultivan células bajo condiciones controladas, generalmente fuera de su entorno natural. Este proceso es una de las principales herramientas utilizadas en biología celular y molecular, ya que ofrece excelentes sistemas modelo para el estudio de la fisiología, la bioquímica de las células y los efectos de las drogas y de otros compuestos tóxicos de las células. También se utiliza en el desarrollo de compuestos biológicos como vacunas y proteínas terapéuticas.

Dentro de los productos que ofertan las INTERVINIENTES para los procedimientos, se encuentran los siguientes:

i. Los medios de cultivo (media), que pueden ser líquidos o en polvo seco.

ii. Los sueros, que son subproductos a base de sangre animal que se mezclan con los medios para proporcionar nutrientes y en general factores que facilitan el crecimiento de células.

iii. Reactivos y suplementos, que corresponden a compuestos que generalmente promueven el establecimiento y mantenimiento de un cultivo celular.

Teniendo en cuenta la información aportada por las INTERVINIENTES, esta Superintendencia entiende que la participación de las empresas es coincidente en los segmentos de medios, sueros, y reactivos y suplementos. Estas tres categorías de productos tienen varias sub divisiones. En el caso de sueros, la Comisión Europea ha indicado que estos pueden clasificarse de acuerdo al tipo de animal del cual proviene o de acuerdo al origen geográfico.[34]. No obstante, las divisiones que surgen no tienen mayor impacto sobre el análisis de competencia, dado que, cómo ha sido señalado con anterioridad, los productos utilizados para Bioscience en general se destinan a los mismos tipos de clientes.

Como conclusión, esta Superintendencia estima que los mercados producto afectados dentro del segmento de cultivo celular, corresponden a los de «medios, sueros, y reactivos y suplementos».

10.4.1.2 Soluciones de Laboratorio

Esta unidad de negocio oferta productos y equipos de laboratorio para aplicaciones en el área de ciencias de la vida y para aplicaciones industriales. En términos generales, este tipo de equipos y productos comprenden un amplio portafolio dirigido a distintos tipos de clientes, entre los cuales se pueden incluir universidades, entidades gubernamentales, industria farmacéutica, industria química, cosmética, industria alimenticia, laboratorios de diagnóstico médico, o clínicas.

Dada la amplia gama de clientes, suele existir diferenciación entre los volúmenes en la distribución pese a que químicamente el producto es idéntico. Por una parte se encuentra la distribución de paquetes con un contenido mayor a 10 Kilogramos (Kg) o a granel, empaquetamiento dirigido a consumidores como productores de farmacéuticos.

Por otra parte se encuentran los laboratorios o consumidores, como laboratorios de control de calidad o laboratorios de investigación, que por espacio y regulaciones legales no cuentan con espacios dispuestos para el almacenamiento de químicos en el formato anteriormente mencionado, por lo que adquieren los productos en tamaños inferiores a los 10 Kg o 10 litros. Estas dos presentaciones son ofertadas por la gran mayoría de competidores de las INTERVINIENTES.

Soluciones de Laboratorio es una línea de negocio que relaciona los siguientes grupos:

a. Disolventes o solventes.

b. Compuestos inorgánicos / reactivos analíticos.

c. Compuestos orgánicos y otros químicos base.

d. Materiales de referencia.

e. Cromatografía analítica.

f. Microbiología industrial.

A continuación se analizará cada ítem hasta llegar a la definición de mercado producto más acorde a las condiciones del mercado colombiano, reconociendo que por las características, usos y aplicaciones específicas de cada grupo, al menos cada uno corresponde a un mercado en sí mismo.

a. Disolventes o Solventes

Los disolventes son unas sustancias que diluyen un soluto,[35] resultando en una solución. La solución resultante se puede utilizar para realizar análisis de laboratorio clásico o un análisis instrumental a través de técnicas tales como la cromatografía de gases, cromatografía líquida, la electroscopia o la Resonancia Magnética Nuclear (RMN).

Los solventes químicos se utilizan de forma diferente en función del tipo de análisis, la síntesis y/o el nivel de pureza requerido. Por ejemplo, los disolventes para la limpieza o para el análisis en laboratorios escolares y educativos no necesitan cumplir con los mismos estándares de pureza que los disolventes con aplicaciones en laboratorio en industria farmacéutica u otras industrias reguladas.

En términos generales, las INTERVINIENTES consideran que los disolventes pueden ser de dos tipos: los disolventes para análisis clásico y síntesis, y los disolventes orgánicos para análisis instrumental. Cada uno de los anteriores se explica a continuación.

i. Disolventes para análisis clásico y síntesis

Son utilizados principalmente para aplicaciones de laboratorio clásicas. Se encuentran disponibles en un gran número de fórmulas químicas y se diferencian principalmente por sus niveles de pureza. Los disolventes se pueden clasificar en:

– Disolventes de calidad técnica: proporcionan a los laboratorios soluciones de un nivel de pureza de aproximadamente 95% a < 99% y usualmente son apropiados para su uso en la limpieza y otros trabajos preparatorios en los laboratorios, e incluso para la síntesis y el análisis en laboratorio de instituciones educativas donde los niveles de pureza son menos exigentes.

– Disolventes para industrias reguladas: son utilizados para síntesis y análisis pero cuentan con un mayor grado de pureza, esto con el fin de cumplir con los estándares de la American Chemical Society (ACS) o la Organización Internacional de Normalización (ISO). Las herramientas de fabricación necesarias para estos disolventes son las mismas que para los disolventes de pureza inferior, sólo difiriendo en el proceso de purificación debido a que los productos cuentan con mayores controles de calidad.

– Disolventes secos o anhidros: son disolventes de alta pureza con muy bajo contenido de agua, útiles para aplicaciones en compuestos orgánicos y biotecnológicos sensibles a la humedad, tales como la síntesis química, cribado de alto rendimiento, y la síntesis organometálica.

ii. Disolventes para análisis instrumental

Los disolventes también se utilizan con el fin de realizar análisis instrumental en sustancias específicas y algunas actividades relacionadas con análisis de cromatografía y espectroscopia, como la cromatografía líquida o HPLC, electroscopia y resonancia magnética nuclear (RMN). Cada uno de los usos señalados tienen características particulares y, pese a una relativamente fácil sustituibilidad desde el punto de vista de la oferta, para el consumidor el disolvente debe tener características específicas para satisfacer las necesidades particulares del procedimiento.

Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores (numerales i y ii), esta Superintendencia concluye que dentro de la categoría de disolventes por cumplir con características, usos y aplicaciones específicas, se encuentran seis mercados de producto diferentes a saber:

– Disolventes de calidad técnica.

– Disolventes para industrias reguladas.

– Disolventes secos o anhidros.

– Disolventes para cromatografía líquida.

– Disolventes para espectroscopia.

– Disolventes para resonancia magnética nuclear.

b. Compuestos Inorgánicos I Reactivos analíticos

Un reactivo es una sustancia o compuesto químico que se añade a un sistema con el fin de llevar a cabo una reacción química o para determinar si se produce una determinada reacción. Sin embargo, la mayoría de los procesos analíticos requieren reactivos constituidos de varios compuestos químicos.

Ahora bien, los reactivos inorgánicos son aquellos que no contienen carbono o enlaces de carbono- hidrógeno. Dentro de ellos se incluyen una variedad de compuestos usados en procesos analíticos, tales como sales, ácidos, bases y cáusticos, metales y cualesquiera compuestos que no contienen carbono unido al hidrógeno.

Los productos pertenecientes a esta categoría, se pueden dividir en compuestos inorgánicos para análisis clásico y los compuestos inorgánicos instrumentales, tal y como veremos a continuación:

i. Compuestos inorgánicos para análisis clásico

Los compuestos identificados con esta categoría de producto son comprados y combinados por los clientes de conformidad con sus necesidades. Vale la pena resaltar que la mayoría de los productos acá relacionados no son producidos por las INTERVINIENTES sino que son comprados a diferentes productores no exclusivos y posteriormente son ajustados para satisfacer las necesidades de los clientes. En tal sentido las actividades de las empresas son la purificación, recarga, mezcla y envasado de estos productos inorgánicos.

A un nivel de desagregación mayor, los productos que se encuentran dentro de esta clasificación son:

– Ácidos: sustancias químicas cuyas soluciones acuosas se caracterizan por la capacidad de reaccionar con bases para formar sales y con la mayoría de los metales para formar sales de hidrógeno. Sus aplicaciones se encuentran, entre otras, en el análisis complejo de industrias reguladas, el análisis instrumental, aplicaciones de laboratorios de preparación y limpieza.

– Bases; sustancias químicas que en solución acuosa reaccionan con los ácidos para formar sales y promover algunas reacciones químicas. Las bases se utilizan para unas aplicaciones de laboratorio de preparación, con fines de limpieza, como agentes de neutralización y la digestión, para la producción de sales alcalinas, para la producción de soluciones tampón, entre otras.

– Reguladores: soluciones acuosas que consisten en una mezcla de un ácido débil y su base conjugada o viceversa. Se utilizan para mantener el pH a un valor casi constante en una amplia variedad de aplicaciones químicas.

– Sales: compuestos iónicos que resultan de la reacción de neutralización de un ácido y una base. Las sales se utilizan tanto en el análisis cualitativo como en el cuantitativo de las sustancias y en mezclas de sustancias y en mezclas de sustancias.

– Metates/Elementos: compuestos iónicos que resultan de la reacción de neutralización de un ácido y una base. Las sales se utilizan tanto en el análisis cualitativo como en el cuantitativo de las sustancias y en mezclas de sustancias.

ii. Compuestos inorgánicos para análisis instrumental

Los compuestos agrupados en esta categoría, se venden como materiales premezclados, listos para su uso en aplicaciones específicas donde sus clientes requieren un alto grado de precisión en los diferentes resultados. En tal sentido, las formulaciones y combinaciones de los diferentes compuestos inorgánicos son predeterminadas para minimizar el riesgo de error del análisis.

En cuanto a los productos inorgánicos instrumentales las INTERVINIENTES, encuentran coincidente su participación en los siguientes:

– Soluciones de Valoración y Análisis Volumétricos: las soluciones de valoración son soluciones que permiten a los investigadores llevar a cabo experimentos sin necesidad de mezclar previamente diversos componentes. Dichas soluciones contienen cantidades específicas de compuestos inorgánicos y otros reactivos, y en general se utilizan como un método de análisis químico para determinar la concentración desconocida de cualquier sustancia. Por otra parte, las soluciones de análisis volumétrico, son soluciones hechas mezclando volúmenes específicos de unos componentes

Considerando que las soluciones de valoración y las volumétricas tienen un uso semejante y que se considera que existe una amplia sustituibilidad desde el punto de vista de la oferta, las INTERVINIENTES consideran que las mismas pueden ser incluidas en un mismo mercado producto.

– Análisis volumétrico de Karl Fischer: es un método de análisis volumétrico utilizado en la química analítica para determinar pequeñas cantidades de agua en una muestra. Este método se utiliza específicamente para la medición de agua y el contenido de humedad en todo tipo de sustancias. Tiene aplicación frecuente en la producción, análisis de calidad y para fines de investigación y desarrollo.

– Indicadores: soluciones listas para usar directamente, que permiten a los investigadores evitar la mezcla de diferentes componentes. Su uso es clave en la realización de una reacción de valoración exitosa, pues ellos muestran cuando se ha añadido una cantidad suficiente de solución estándar a una concentración desconocida para reaccionar completamente.

De conformidad con lo expuesto en los numerales anteriores (i y ii), esta Superintendencia considera que a nivel de Compuestos inorgánicos / Reactivos analíticos, se encuentran como mercados producto afectados los siguientes:

– Ácidos

– Bases

– Reguladores

– Sales

– Metales/Elementos

– Soluciones de valoración y soluciones de análisis volumétrico

– Soluciones de valoración volumétrica de Karl Fischer

– Indicadores

No obstante, vale la pena resaltar que el uso general de los productos puede determinarse a partir de la oferta de un portafolio completo que incluya todos o algunos de los productos indicados anteriormente.

c. Compuestos orgánicos y otros químicos base

Los compuestos orgánicos están típicamente diferenciados de las sustancias inorgánicas por contener enlaces de carbono-hidrógeno. Las actividades de las INTERVINIENTES son coincidentes dentro de las siguientes:

i. Bloques de construcción orgánicos

Los bloques de construcción son utilizados para la construcción de nuevos compuestos orgánicos por medio de reacciones orgánicas y síntesis que forman los nuevos compuestos a través de la inducción de reacciones en otros compuestos orgánicos.

ii. Reactivos de síntesis orgánica

Son sustancias utilizadas para alterar otros productos químicos, tales como bloqueé de Construcción o moléculas mayores derivadas de combinaciones del acondicionamiento de mezclas de reacción. Estas sustancias se pueden encontrar de distintos tipos como oxidantes, reductores, reactivos de alquilación reactivos halógenos y reactivos para la sustitución, reordenamiento o modificación de grupos funcionales.

iii. Catalizadores de síntesis orgánica

Son sustancias que generan reacciones en las sustancias sin cambiar su composición y por lo tanto se utilizan en relación con otros reactivos pues aceleran su reacción e incluso causan reacciones específicas que no serían observables sin la utilización de un catalizador.

Respecto de la categoría Compuestos orgánicos y otros químicos base, esta Superintendencia reconoce que dentro de ella hay productos con usos particulares por lo que desde el punto de vista del consumidor puede no haber sustitución, como lo son los bloques de construcción orgánicos, los reactivos de síntesis orgánica y los catalizadores de síntesis orgánica. En tal sentido cada uno de los enunciados constituiría un mercado producto separado.

d. Materiales de referencia

Son sustancias que se utilizan para tomar medidas de la composición física, biológica, clínica y de las propiedades como el sabor y el olor de una determinada sustancia química inorgánica. Estos actúan como controles o estándares que se utilizan para comprobar la calidad y la trazabilidad metrológica de los productos, para validar los métodos de medición analítica o para la calibración de instrumentos.

Los materiales de referencia se pueden clasificar principalmente en dos segmentos: (i) los estándares de cromatografía de gases (GC) y cromatografía líquida de alta resolución (HPLC); y (ii) soluciones de espectroscopia de plasma de acoplamiento inductivo y la espectrometría, de absorción atómica.

Independientemente de los tipos de material de referencia, esta Superintendencia considera que el mercado producto a ser analizado será el de «materiales de referencia» debido a que si se llegasen a analizar de manera individual, las conclusiones en términos de competencia no variarían sustancialmente como se verá más adelante.

e. Cromatografía analítica

Es un proceso analítico utilizado para separar una o más sustancias de una muestra con el fin de encontrar la presencia de una de las sustancias y su concentración. Un sistema de cromatografía analítica se compone esencialmente de instrumentos (hardware), consumibles (como una cromatografía en capa fina (TLC) placa), y una columna (por lo general una cromatografía líquida de alta resolución (HPLC)). A continuación se presentan los productos que se encuentran en esta categoría y en los cuales las INTERVINIENTES participan activamente.

i. Columnas de cromatografía

En las columnas de cromatografía es donde tiene lugar la separación de componentes de la muestra. Las columnas están diseñadas para proporcionar un flujo libre de turbulencias, de tal forma que se evite la perturbación de una distribución de la muestra e irregularidades que puedan atrapar materiales y afectar negativamente la separación de las sustancias.

En su escrito las partes señalan que ambas ofrecen una amplia gama de columnas para HPLC ^ otras Columnas de cromatografía y qué si bien éstas pueden ser utilizadas para diferentes aplicaciones o características, los fabricantes normalmente ofrecen todas las gamas de columnas indicando que existe alta sustituibilidad de la oferta. En tal sentido, desde la perspectiva de las INTERVINIENTES. «las columnas de cromatografía« constituyen un mercado producto.

ii. Placas de TLC

Una placa de TLC es una hoja de vidrio o plástico recubierta con una fina capa de un adsorbente sólido (normalmente sílice o alúmina). Tanto MERCK como SIGMA ofrecen placas de TLC, aunque ellos se diferencian en sus usos finales particulares, mientras que todos los proveedores de placas de TLC pueden preparar diversidad de productos demandados por los clientes finales. En tal sentido, las «placas de TLC« constituyen un mercado producto.

iii. Preparación de muestras analíticas

Dentro del trabajo de laboratorio se requiere la purificación, enriquecimiento o separación de muestras para el análisis cromatográfico posterior. Para esta labor las INTERVINIENTES ofrecen gran variedad de productos para la preparación de la muestra, los cuales poseen propiedades de absorción, adsorción, filtración y clarificación, y pueden ser utilizados no solo para la purificación, sino también como auxiliares de reacción y filtración, aditivos, o como vehículos de ingredientes activos.

Esta Superintendencia considera que aunque dentro de la misma categoría pueden surgir diferentes productos, el mercado producto a analizar corresponderá al de «preparación de muestras analíticas» como parte de la línea de negocio de Soluciones de Laboratorio, en tanto el uso general de los productos que cobija este segmento es el mismo.

f. Microbiología industrial

Este mercado ofrece productos y servicios para detectar la presencia de microorganismos específicos en un laboratorio o espacio de trabajo. Se requiere una detección fiable de los microbios para la garantía de la calidad, el control de calidad y seguridad del producto en muchas industrias, entre las cuales se incluyen la fabricación de productos específicos, alimentos y bebidas, medio ambiente clínico y fabricación de cosméticos.

Las INTERVINIENTES ofrecen soluciones biológicas industriales dirigidas a la detección de diferentes tipos de microorganismos, incluyendo los instrumentos de medición y otras soluciones.

Esta Superintendencia considera que aunque dentro de la misma categoría pueden surgir diferentes productos, el mercado producto a analizar corresponderá al de «microbiología industrial» como parte de la línea de negocio de Soluciones de Laboratorio, en tanto el uso general de los productos que cobija este segmento es el mismo.

10.4.3. Conclusión de mercado producto

Dadas las anteriores consideraciones respecto de la sustituibilidad de los productos en los cuales se traslapa la oferta de las empresas MERCK SIGMA, esta Superintendencia procede a enunciar a manera de resumen los mercados en los cuales se presentan efectos como consecuencia de la operación de integración propuesta.

Los mercados de producto afectados son:

1. Anticuerpos para investigación

2. Reactivos para amplificación del ácido nucleico

3. Reactivos para purificación de ADN

4. Inmunoensayos ELISA

5. Proteínas y enzimas

6. Detergentes

7. Tintes y colorantes

8. Sustratos

9. Carbohidratos

10. Aminoácidos y péptidos

11. Lípidos y derivados

12. Pequeñas moléculas bioactivas

13. Medios de cultivo celular

14. Sueros de cultivo celular

15. Reactivos y suplementos de cultivo celular

16. Disolventes de calidad técnica

17. Disolventes para industrias reguladas

18. Disolventes secos o anhidros

19. Disolventes para cromatografía líquida

20. Disolventes para espectroscopia

21. Disolventes para resonancia magnética nuclear

22.Ácidos

23. Bases

24. Reguladores

25. Sales

26. Metales/Elementos

27. Soluciones de valoración y soluciones de análisis volumétrico

28. Soluciones de valoración volumétrica Karl Fischer

29. Indicadores

30. Bloques de construcción orgánicos

31. Reactivos de síntesis orgánica

32. Catalizadores de síntesis orgánica

33. Materiales de referencia

34. Columnas de cromatografía

35. Placas de TLC

36. Productos para la preparación de muestras analíticas

37. Microbiología industrial

10.4.2 Mercado geográfico

En Colombia MERCK tiene participación directa mediante MERCK COLOMBIA, empresa que ejerce sus actividades mediante la comercialización de la mayoría de sus productos, los cuales son fabricados en otras partes del mundo. Esta compañía según señala ESTEBAN SERRANO LUCIANO, Tercer Suplente del Director General de MERCK COLOMBIA, solamente produce un detergente en Colombia y el resto de sus productos son importados. Así las cosas, los productos

que comercializa MERCK COLOMBIA se venden a distribuidores que tienen alcance nacional y algunos clientes directos.

Por su parte SIGMA no cuenta con presencia directa sino que comercializa sus productos a través de distribuidores que venden sus productos en todo el territorio colombiano.

Consecuentemente, el mercado geográfico que resulta afectado por la transacción propuesta resulta siendo todo el territorio colombiano.

10.4.3 Conclusión de mercado relevante

Esta Superintendencia concluye que el mercado relevante afectado por la operación de integración propuesta es el de los productos de las líneas de negocio de «Bioscience» y «Soluciones de Laboratorio» descritos en el numeral 10.4.1.3., en todo el territorio nacional.

10.5 ESTRUCTURA DE MERCADO

En la investigación de mercado adelantada por la SIC, se requirió información de ventas – principalmente- a los competidores de las INTERVINIENTES, con el fin de realizar una reconstrucción de la información de mercado, que diera cuenta de las mejores aproximaciones posibles a las participaciones de mercado de las INTERVINIENTES y sus principales competidores. No obstante, se encontraron múltiples dificultades en la medida que las grandes marcas no cuentan con presencia directa, sino que al igual que SIGMA, distribuyen sus productos por medio de diferentes empresas dedicadas a su comercialización en el país. Adicionalmente, el extenso número de referencias que componen el portafolio de las INTERVINIENTES (más de 4.000 referencias en conjunto), dificultaron la segmentación del mercado objeto de estudio. Lo anterior, toda vez que en su nivel más detallado cada referencia podría llegar a ser un mercado en sí mismo.

De igual forma, esta Superintendencia indagó sobre estudios de mercado o información de carácter público que pudiera contener información relevante para estudiar las participaciones de mercado en la presente resolución. Cabe precisar que a pesar de que las INTERVINIENTES manifestaron no contar con información especializada sobre el tema (estudios de mercado), la SIC acometió dicha labor de búsqueda (en la web) en páginas específicas relativas a dicho mercado, sin que se arrojase una respuesta positiva a tal labor investigativa.

En todo caso el análisis de estructura de mercado debe contener un estimativo de las participaciones de mercado, inclusive para la validación de su deber de informar de conformidad con la Ley 1340 de 2009. En este sentido, considera este Despacho que al tratarse de mercados altamente atomizados, con multiplicidad de clientes y competidores, es necesario tomar para el análisis de esta operación y, como punto de referencia, la información aportada por las INTERVINIENTES, la cual si bien no es del todo exhaustiva, sí aporta bases o elementos suficientes para realizar un análisis cualitativo.

Teniendo en cuenta lo anterior, el análisis sobre la estructura del mercado se realizará con base en la información aportada por las partes, y mantendrá la organización dada sobre los mercados relevantes afectados a lo largo del numeral 10.4.1., de la presente resolución.

10.5.1 Ciencias Biológicas y de la Vida o Bioscience

Como ya fue detallado, en esta categoría coexisten varios de los mercados de producto identificados por esta Superintendencia (numerales del 1 al 15 en el listado de la sección «Conclusión de mercado producto«.

Entre ellos, se encontraron varios productos en los cuales las INTERVINIENTES no superan conjuntamente el 20% de la participación de mercado, cuota mínima requerida para que una operación de integración deba someterse al trámite de pre-evaluación y no de notificación de acuerdo con la Ley 1340 de 2009.

Teniendo esto como referente, la presente sección evacuará de primera mano los mercados en los cuales la participación conjunta de las INTERVINIENTES no supera el mencionado umbral, para posteriormente considerar la concentración en mercados donde sí sea superado.

10.5.1.1. Mercados con concentración menor al 20%

Tabla No. 5

Participaciones de mercado en la línea de negocio Bioscience menores a 20%

MERCADO MERCK SIGMA MERCK+SIGMA
Anticuerpos para investigación [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
Reactivos para amplificación de ácido nucleico [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
Reactivos para purificación de ADN [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
Inmunoensayos ELISA [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
Proteínas/Enzimas [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
Sueros de cultivo celular [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
Reactivos y suplementos de cultivo celular [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]

Fuente: Folios 16 a 19 y 22 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

Los mercados relacionados en la Tabla No. 5, son aquellos mercados en los cuales se observa que la operación propuesta no contiene riesgos importantes asociados a la libre competencia de acuerdo con las estimaciones de participación de mercado.

10.5.1.2 Mercados con participación mayor al 20%

Dentro de la línea de negocio Bioscience serían ocho los mercados que resultan con participaciones superiores al 20% en el mercado colombiano. La mayoría de ellos considerados dentro la categoría  «Químicos en general» donde se agrupan los mercados producto definidos anteriormente, tales como sustratos, carbohidratos, detergentes, tintes y colorantes, y aminoácidos y péptidos. Así mismo, los mercados de pequeñas moléculas bioactivas y medios de cultivo celular, alcanzan una participación conjunta superior al 20% del mercado relevante.

i. Químicos en General

En la tabla que se presenta a continuación se exponen las participaciones de mercado de las empresas que participan en cada uno de los mercados que se identificaron dentro de categoría de producto que se está analizando.

Tabla No. 6

Participaciones de mercado en la categoría de Químicos en general

Empresa Detergen-tes Tintes y coloran-tes Sustra-tos Carbohidra-
tos
Aminoácidos y péptidos Lípidos y derivados
MERCK [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
SIGMA [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
MERCK+
SIGMA
[Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
BECTON DICKINSON [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
ROCHE [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
DAKO [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
BECKMAN COULTER [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
THERMOFISHER [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
SANTA CRUZ [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
BIO-RAD [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
AJINOMOTO [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
CARLO ERBA [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
LUCAS MEYER [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
OTROS [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]

Fuente: Folios 38 a 40 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

De la información presentada se encuentra que a excepción del mercado de aminoácidos y péptidos, en los demás mercados el efecto de la transacción resulta en la consolidación del líder de mercado en Colombia.

De los mercados observados, el mercado de tintes y colorantes resulta ser en el que mayor participación tendría .el agente integrado, con más del [Texto de carácter reservado]% del mercado. Sin embargo, en este mercado se encuentra también una variación muy pequeña entre la participación que actualmente ocupa el líder del mercado y la participación que tendría en un escenario posterior al de la integración. En tal sentido, está Superintendencia considera que la integración no cambia sustancialmente la estructura del mercado que opera en la actualidad.

Otros de los mercados como sustratos; aminoácidos y péptidos; y lípidos y derivados; resultan con efectos muy limitados sobre las condiciones de competencia del mercado, en la medida que la participación de una de las dos INTERVINIENTES es muy inferior en comparación con la participación de la otra. Para el caso de los sustratos y lípidos y derivados la participación de [Texto de carácter reservado] no llega a ser ni siquiera del [Texto de carácter reservado]%. Por su parte, en el mercado de aminoácidos y péptidos la participación de [Texto de carácter reservado]  supera por muy poco el [Texto de carácter reservado]%, y adicionalmente se encuentra un competidor que cuenta con más de la mitad de la participación de mercado, cifra muy superior a la que obtendrían las INTERVINIENTES luego de la integración.

Por último se encuentran los detergentes y los carbohidratos, en los cuales la participación más pequeña entre las INTERVINIENTES supera el [Texto de carácter reservado] y aunque en suma no se constituye un nuevo líder del mercado, sí se puede considerar que se fortalece la posición del que actualmente ocupa esta posición. Ahora bien, con base en las cifras, y teniendo en cuenta el grado de incertidumbre que existe con respecto de las cifras, se puede afirmar que al menos la mitad de los mercados se encuentra en manos de otros oferentes.

De lo anterior se puede considerar que dentro de la categoría de químicos generales, en la línea de negocio de Bioscience, los únicos mercados en los cuales podrían presentarse problemas inherentes a la concentración de mercado que implica la transacción, serían los de detergentes y carbohidratos. Sin embargo, existen factores adicionales que serán considerados por este Despacho para determinar si efectivamente esto constituye un detrimento de las condiciones de mercado que genere una alteración significativa a la libre competencia.

ii. Pequeñas moléculas bioactivas

Sobre este mercado encontró esta Superintendencia que los efectos de la transacción no resultarían gravosos para la estructura actual del mercado. Esto tiene como fundamento el hecho de que, según la información aportada, MERCK cuenta con una participación inferior al [Texto de carácter reservado]% del mercado y SIGMA rodea el [Texto de carácter reservado]%,[36] es decir que al consolidarse en un solo agente, las INTERVINIENTES obtendrían una participación que escasamente supera el 20% del mercado, umbral de referencia para considerar si una integración debe someterse a un revisión ex ante por parte de esta Entidad.

iii. Medios de cultivo celular

En cuanto a medios de cultivo celular las partes sí ostentarían una participación que supera por muy poco este umbral, veamos.

Tabla No. 7

Participaciones de mercado en Medios de cultivo celular

EMPRESA PARTICIPACIÓN
MERCK [Texto de carácter reservado]
SIGMA [Texto de carácter reservado]
MERCK+ SIGMA [Texto de carácter reservado]
BECTON DICKINSON [Texto de carácter reservado]
3M [Texto de carácter reservado]
SCHARLAB [Texto de carácter reservado]
OXOID [Texto de carácter reservado]
BIOMEREAUX [Texto de carácter reservado]
OTROS [Texto de carácter reservado]

Fuente: Folio 55 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

Como es visible en la Tabla No. 7, la variación que supone la integración es mínima y no constituye un nuevo líder de mercado. Dado el impacto tan reducido de la operación, no se considera que en este mercado la integración genere problemas importantes en lo referente a la libre competencia.

10.5.2. Soluciones de laboratorio

Al igual que para la línea de negocio anterior, se procurará conservar la misma estructura de análisis realizada en la definición de los mercados relevantes. En esta sección no aparecen mercados en los cuales las empresas tengan una participación de mercado inferior al 20%, por lo que se procederá directamente a las categorías de producto y en cada uno de ellos el análisis de los mercados afectados.

i. Disolventes o solventes

Dentro de este tipo de productos se encuentran seis (6) mercados, en los cuales el líder del mercado fortalecería su posición llegando a participaciones de mercado que en algunos casos superan el 60%. Sin embargo, en todos ellos [Texto de carácter reservado] aportaría menos del [Texto de carácter reservado]% a la participación con que cuenta actualmente [Texto de carácter reservado]. En tal sentido no se puede establecer una variación significativa a la estructura de mercado actual. Para observar en mayor detalle, se presenta a continuación la Tabla No. 8, en la cual se ilustran las participaciones estimadas para cada mercado cobijado en este tipo de productos.

Tabla No. 8

Participaciones de mercado Disolventes o Solventes

MERCADO / Disolventes para análisis clásico y síntesis Disolventes para análisis instrumental j
EMPRESA^. Disolventes de calidad técnica Disolventes para industria Reguladas Disolven
tes secos o anhidros
Disolventes para HPLC Disolventes para espectrosco
pia
Disolventes para RMN
MERCK [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
SIGMA [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
MERCK+SIGMA [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
AVANTOR [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
FISHER [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
HONEYWELL [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
PANREAC [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
SCHARLAB [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
CARLÓ ERBA [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]
OTROS [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado] [Texto de carácter reservado]

Fuente: Folios 42 a 45 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

*ND: No Disponible

Si bien se deben tener en cuenta que las participaciones de mercado se basan en aproximaciones sobre lo que las INTERVINIENTES consideran puede ser el tamaño aproximado de cada uno de los mercados, y en efecto su participación podría ser mayor a la observada en la tabla, si es plenamente identificable que las ventas de [Texto de carácter Reservado], en todos los mercados, es ampliamente superior a la de [Texto de carácter Reservado]. Con ello se puede concluir que las ventas de [Texto de carácter Reservado] en estos mercados a nivel nacional no son lo suficientemente grandes para considerar que pueda existir una variación sustancial a las actuales estructuras de los mercados.

ii. Compuestos inorgánicos / Reactivos analíticos

En los mercados que componen este tipo de productos, se encuentran semejantes condiciones a las encontradas en los mercados de la categoría anterior. En la mayoría de los mercados analizados, [Texto de carácter Reservado] representa un muy pequeño aporte a la participación que ya tiene [Texto de carácter Reservado].

Para la presentación de las participaciones en estos mercados se presentan dos tablas. La primera de ellas muestra los resultados obtenidos en el segmento de producto de compuestos inorgánicos para análisis clásico. La segunda informa sobre las participaciones de mercado en el segmento de compuestos inorgánicos para análisis instrumental.

Tabla No. 9

Participaciones de mercado en la categoría de compuestos inorgánicos para análisis clásico

Empresa Ácidos Bases Reguladores Sales Metales/
Elementos
MERCK [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
SIGMA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
MERCK+SIGMA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
AVANTOR [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
CARLO ERBA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
FISHER [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
HONEYWELL [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
PANREAC [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
SCHARLAB [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
MOL LABS [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
OTROS [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]

Fuente: Folios 49 y 50 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

Tabla No. 10

Participaciones de mercado en la categoría de compuestos inorgánicos para análisis instrumental

Empresa Soluciones volumétricas y de valoración Karl Fischer Indicadores
MERCK [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
SIGMA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
MERCK+SIGMA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
AVANTOR [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
CAR LO ERBA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
FISHER [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
PANREAC [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
SCHARLAB [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
MOL LABS [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
OTROS [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]

Fuente: Folios 51 a 52 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente

Obsérvese de las anteriores tablas que, salvo en el mercado de Metales/Elementos, [Texto de carácter Reservado] aporta menos del [Texto de carácter Reservado]% de participación a lo que ya tiene consolidado [Texto de carácter Reservado]. En tal sentido, esta Superintendencia considera que solamente en el mercado de Metales/Elementos, podría resultar una concentración que diera pie a efectos que resulten nocivos para la libre competencia, puesto que se eliminaría el segundo competidor con mayor participación, pero que además cuenta con una participación de mercado relativamente grande.

Considerando la notable participación de las INTERVINIENTES en el mercado de Metales/Elementos, resulta procedente analizar factores adicionales (de tipo cualitativo) que soporten o desvirtúen posibles restricciones a la libre competencia. Dicho análisis se realizará una vez concluidas las descripciones de las estructuras de todos los mercados

iii. Compuestos orgánicos y otros químicos base

Como veremos en la siguiente tabla, en estos mercados la integración generaría mayores variaciones en la estructura de mercado.

Tabla No. 11

Participaciones de mercado en la categoría de compuestos orgánicos y otros químicos base.

Empresa Boques de construcción Reactivos Catalizadores
MERCK [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
SIGMA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
MERCK+SIGMA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
PANREAC [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
AVANTOR [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
FISHER [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
CARLO ERBA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
OTROS [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]

Fuente: Folios 55 y 56 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

En los mercados abarcados en la anterior tabla se observa que el líder del mercado ampliaría significativamente su ventaja frente al siguiente competidor. Teniendo en cuenta que las participaciones presentadas pueden contener inexactitudes, y se puede plantear la posibilidad de que las INTERVINIENTES realmente resulten con una participación superior a las indicadas, resulta procedente que se analicen factores adicionales que soporten o desvirtúen la consolidación de una eventual posición de dominio por parte del agente integrado en los mercados referenciados en esta sección del presente acto administrativo.

ivMateriales de Referencia

En este mercado no encuentra la Superintendencia una variación al mercado que resulte suficiente para modificar la estructura actual del mercado. Sobre este particular se indica que [Texto de carácter Reservado] cuenta con una participación inferior al [Texto de carácter Reservado]%, mientras que [Texto de carácter Reservado] estima su participación en el [Texto de carácter Reservado]%. En tal sentido no se encuentra ningún elemento que permita suponer preocupaciones sobre la libre competencia en este mercado.

v. Cromatografía analítica

Los tres mercados cobijados en la categoría de productos para cromatografía analítica muestran variaciones distintas de su estructura entre ellos. Para tener mayor claridad sobre este hecho se expone la siguiente tabla.

Tabla No. 12 I

Participaciones de mercado en la categoría de productos de cromatografía analítica

Empresa Columnas de HPLC Placas de TLC Productos para la preparación de mezclas analíticas
MERCK [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
SIGMA. [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
MERCK+SIGMA [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
MACHEREY NAGEL [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
PHENOMENEX [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
SHIMADZU [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
WATERS [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
AGILENT [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
RESTEK [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]
OTROS [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado] [Texto de carácter Reservado]

Fuente: Folios 53 y 54 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

En el mercado de columnas de HPLC o columnas de cromatografía, se encuentra que para las INTERVINIENTES, con posterioridad a la integración, variaría muy poco la cuota de participación sin siquiera consolidarse como el nuevo líder del mercado. En este orden de ideas, no se considera que en el mercado de columnas de HPLC existan elementos preocupantes para esta Superintendencia.

En el mercado de placas de TLC, la integración no conlleva a un efecto importante que transforme la estructura actual del mercado, teniendo en cuenta que [Texto de carácter Reservado] cuenta con una participación de mercado inferior al [Texto de carácter Reservado]%. Así pues no se cambia el líder del mercado ([Texto de carácter Reservado]), cuya participación supera el [Texto de carácter Reservado]%. y en consecuencia el mercado tiende a mantener la estructura que presentaba desde antes de la operación.

A diferencia de los dos anteriores mercados, en el de productos para la preparación de mezclas analíticas se concentran el segundo y tercero del mercado. Con la participación resultante no alcanzan a consolidarse como líderes del mercado, lo cual preliminarmente resulta positivo puesto que representarían una presión competitiva importante al líder del mercado.

vi. Microbiología Industrial

En este mercado encuentra esta Entidad que la operación no resulta en la consolidación de un nuevo líder de mercado, de hecho, la operación supone una variación mínima en términos de la estructura del mercado.

Según lo informado a esta Superintendencia, [Texto de carácter Reservado] cuenta con una participación de mercado inferior al [Texto de carácter Reservado]% y en ese orden de ideas la estructura actual del mercado resulta casi inalterada.

10.5.3 Conclusión sobre las estructuras de los mercados relevantes

Una vez analizadas las estructuras de los mercados, concluye esta Superintendencia que de los 37 mercados analizados, hay siete mercados en los cuales la variación de las participaciones conlleva a alteraciones importantes de la estructura del mercado actual, frente a un escenario con el agente integrado.

Dichos mercados se resumen en:

– Detergentes

– Carbohidratos

– Metales / Elementos

– Bloques de Construcción

– Reactivos

– Catalizadores

– Productos para la preparación de mezclas analíticas

Pese a que las cuotas de participación indican que en estos mercados se pueden presentar las concentraciones más importantes y con mayores posibilidades de que se generen efectos anticompetitivos como consecuencia de la integración empresarial, esta Superintendencia debe proceder a evaluar aspectos cualitativos del mercado que soporten o desvirtúen los posibles efectos identificados.

10.5.4 Análisis cualitativo del mercado

Para el análisis realizado en esta sección, la gran mayoría de los aspectos se evaluarán de manera conjunta, inclusive con respecto de los mercados que se consideraron que no tienen mayor potencial para generar problemas a la libre competencia. Dicho análisis será realizado considerando que a lo largo del estudio de la operación proyectada, se presentaron principalmente dos dificultades, a saber: i) para la segmentación de mercado, a raíz del elevado número de referencias comercializadas por parte de las INTERVINIENTES y, ii) en el cálculo de las participaciones de mercado, ya que estas presentan ciertas limitaciones en cuanto a la metodología a implementar. Sin embargo, pese a los inconvenientes encontrados en el estudio de la operación proyectada, es menester para esta Superintendencia entrar a determinar la posibilidad de que en cualquiera de los mercados afectados pueda verse o no limitada o afectada la libre competencia.

En esta línea, es importante mencionar que la COMISIÓN EUROPEA [37] analizó de igual forma la integración MERCK – SIGMA, en la cual mediante la decisión No. COMP/M.7435 del 15 de junio del presente año, se analizaron los posibles efectos anticompetitivos que podrían derivase de la operación proyectada. En dicho Estudio la Autoridad igualmente se vio abocada a múltiples dificultades, y decidió sustentar la decisión final, principalmente, en un análisis de tipo cualitativo, de tal forma que se reforzara la estructura de mercado que fue presentada por las intervinientes del trámite.

Finalmente, considerando las dificultades encontradas a lo largo del estudio de la operación proyectada y, con referente doctrinal de la COMISIÓN EUROPEA, este Despacho considera pertinente, efectuar un análisis cualitativo que otorgue elementos suficientes y confiables que permitan tomar una decisión respecto a la operación objeto de estudio.

Para tales análisis, esta Superintendencia considera relevante tener en cuenta que respecto de la integración propuesta se pueden establecer dos tipos de efectos con base en lo que se describe durante los testimonios realizados.

Por una parte, algunos de los clientes consideraron que la oferta de SIGMA en Colombia tiene un enfoque distinto al de MERCK, señalando que los productos de la primera son productos mucho más enfocados a los investigadores con aplicaciones sumamente específicas; por otro lado los productos que MERCK oferta son para aplicaciones más generales en todo tipo de laboratorios. Al respecto se encontró en los testimonios lo siguiente:

FABIO HERNÁN VELANDIA CASALLAS, representante legal de QUIMITÓNICA LTDA.:

«(…) los productos en general que maneja SIGMA, si bien hay algunos que son iguales, en su mayoría son con otros fines distintos a los que maneja MERCK. Dentro de la utilización de las sustancias químicas hay unas que son de consumo general (…) la línea MERCK es como muy general y la línea SIGMA es más hacia la bioquímica hacia la investigación, entonces va por – ejemplo más hacia las universidades, hacia los institutos que hacia la industria en general».[38]

SEGUNDÓ MISAEL BLANCO APARICIO, representante legal de BLAMIS DOTACIONES LABORATORIO S.A.S., respuesta a la pregunta ¿Qué diferencias hay en las características de los productos que usted le compra a MERCK con respecto de los que le compra a SIGMA?:

«SIGMA está más enfocado, pienso yo, a la parte de bioquímica, no conozco muy bien la empresa [SIGMA] porque como yo les comentaba estamos enfocados casi 90% en la parte de reactivos (.)«[39]

ESTEBAN SERRANO LUCIANO, tercer suplente del Director General de MERCK COLOMBIA:

«(…) en áreas de biociencias SIGMA es mucho más importante de lo que somos Nosotros, nosotros somos un jugador muy pequeñito (.).[40]

En concordancia con lo anterior se aprecia que la integración proyectada, si bien es de carácter horizontal (se verificó la existencia de un traslape entre la oferta), esta puede presentar un bajo nivel de sustituibilidad desde el punto de vista de la demanda, tal y como se indicó en los testimonios, donde afirman que puede no existir una coincidencia exacta en los mercados producto.

Este Despacho, encuentra que con la operación proyectada se podrían generar los siguientes efectos unilaterales:

i- Efectos de portafolio

Los efectos de portafolio surgen cuando los consumidores de un producto prefieren realizar negociaciones con un único proveedor en capacidad de abastecer un amplio número de productos, por encima de la negociación individual de productos con distintos proveedores. En estas circunstancias el proveedor que adquiere la posibilidad de ampliar su portafolio puede, al mismo tiempo, incrementar su poder de mercado.

Tomando nuevamente las afirmaciones que se expusieron anteriormente de los testimonios, encuentra este Despacho que la integración tiene la capacidad de integrar distintos portafolios y con ello podrían ampliar su posibilidad de realizar negociaciones sobre un mayor número de productos de manera conjunta. Esta situación permitiría, en un escenario posterior a la integración, que el agente integrado aumentara su poder de mercado.

La parte nociva que concierne a este tipo de efectos, resulta en la posibilidad que tienen de incrementar los precios, dado el poder de negociación con el que contaría la empresa. En este punto resulta importante evaluar la posibilidad que tendría un cliente de adquirir un portafolio similar o individual al que tendrían las empresas.

Sobre este tema el señor SEGUNDO MISAEL BLANCO APARICIO se le preguntó cuál empresa puede ofrecer los productos que en un determinado caso MERCK no pudiera suministrar, ante lo cual contestó:

«Creo que no la hay, (…) creo que no MERCK es una multinacional muy grande a nivel mundial creo que el portafolio que ellos tienen es muy completo y creó que y la empresas qué le mencioné anteriormente que son CARLO ERBA, JT BAKER y PANREAC no, creo que no tienen un portafolio tan grande como el de MERCK«.[41]

Así las cosas, extender el portafolio mediante la adquisición de SIGMA ampliaría el poder de mercado de MERCK. Sin embargo, hay elementos del mercado que pueden controlar esta circunstancia.

El principal elemento que encuentra este Despacho para mitigar los riesgos del fortalecimiento de MERCK con la transacción propuesta, es que buena parte de sus ventas se hace a través de distribuidores, como los llamados a testimonio mediante la Resolución de pruebas No. 31288 del 19 de junio de 2015.

En los testimonios, los distribuidores fueron congruentes en señalar que ante peticiones especiales de sus clientes se abastecen de cualquier marca que tenga los productos, e inclusive, ante situaciones de desabastecimiento por parte de las INTERVINIENTES pueden acudir a otros proveedores sin mayores restricciones.[42] Es decir, que los distribuidores en el mercado colombiano pueden compilar un portafolio muy amplio de productos, inclusive con productos que no venden MERCK SIGMA, y ofertarlo a los clientes que así lo requieran

Tomando en consideración lo anterior, esta Superintendencia reconoce que la integración presentada puede contener elementos que fortalecen la posición de MERCK en el mercado colombiano. No obstante las mismas características del mercado colombiano, en cuanto a la forma de llegar al cliente final (distribuidores), permite mitigar el efecto de portafolio que puede surgir de la integración.

ii. Ventas atadas

En este tipo de integraciones donde las INTERVINIENTES son empresas multinacionales, que cuentan con un elevado músculo financiero y tecnológico, podría generarse el riesgo de que dichas empresas integren un portafolio de productos que pueden ser considerados complementarios. Como resultado se podría inducir a que el agente integrado tenga incentivos para implementar estrategias de mercado que tiendan a generar el empaquetamiento de productos.

Este tipo de circunstancias son mucho más frecuentes en la medida que el hábito del mercado sea la compra y/o consumo de uno o más bienes de manera simultánea y, obviamente, que estos bienes sean ofertados por el agente integrado. En tal sentido, el incremento de la participación en uno de los mercados puede apalancar el crecimiento de su participación en otro mercado a través de estrategias de ventas atadas.

Sobre este particular, la Superintendencia procede la pronunciarse con base en dos aspectos principales: complementariedad y empaquetamiento actual de los productos.

Como se ha analizado a lo largo de la presente resolución, los mercados en los cuáles participan las INTERVINIENTES, tienen usos y aplicaciones muy específicas y, en consecuencia, el uso de uno de los productos no se ve supeditado al(los) uso(s) de otro(s). Sobre este aspecto del mercado, a través de requerimientos de información, se les preguntó a los principales competidores sobre cuáles de los productos que venden las INTERVINIENTES usualmente son vendidos de manera conjunta o a un mismo tipo de clientes y cómo se agrupan.

Sus respuestas no fueron concluyentes al respecto, ya que mientras algunos como ROCHE,[43] ARICEL,[44] G&G SUCESORES[45]3M,[46] entre otros, señalaron que los productos se venden de acuerdo a los usos y procesos que realicen los clientes y por lo tanto no hay una agregación estándar; otros señalaron que es probable que por tipos de clientes se logre un conjunto de productos que usualmente se vendan de manera conjunta o que usualmente compran ese mismo tipo de productos.

Estas afirmaciones, pese a la divergencia existente, implican que existen clientes de todo tipo que compran sus productos tanto de forma individualizada, como el conjunto de productos; en general depende de los procesos que éste utilice. En tal sentido no se encuentra una complementariedad evidente entre los productos de SIGMA con respecto a los de MERCK o viceversa. A lo anterior, puede adherirse lo señalado en los testimonios mencionados, sobre cómo los mercados de las INTERVINIENTES resultan siendo relativamente diferentes.

En conclusión, la Superintendencia no encuentra factores que resulten facilitadores o incentivadores a que las INTERVINIENTES puedan aplicar estrategias de comercialización que conlleven el atamiento o empaquetamiento de productos, dadas las preferencias de los clientes a los que son dirigidos.

iii. Sustituibilidad

Según pudo establecer la SIC a lo largo de la presente resolución, los bienes ofertados por las INTERVINIENTES no son bienes homogéneos en la mayoría de los casos. Según lo que indican en varios de los testimonios practicados, los productos tienen limitaciones en cuanto al grado de sustituibilidad, veamos:

SEGUNDO MISAEL BLANCO APARICIO, representante legal de BLAMIS DOTACIONES LABORATORIO S.A.S., respecto a la pregunta ¿Cuál sería el principal factor para cambiarse de marca?, indicó lo siguiente:

«De pronto el precio pero no necesariamente es eso yo pienso que los estándares de calidad de MERCK son tan buenos que generalmente el cliente (…) está casado con una marca por la seguridad que tiene en la marca».[47]

BEATRIZ DEL SOCORRO ANGEL CAMPUZANO, representante legal de FILTRACIÓN Y ANÁLISIS S.A.S., entre las cosas que indicó cuando se le preguntó sobre las opciones que tienen frente a sus clientes cuando existe un desabastecimiento o retraso por parte de sus proveedores dijo:

«(…) si ellos pueden esperar los esperan, si no se trata de conseguir una alternativa a que a ellos les sirva, porque muchas veces ellos ya están trabajando con un producto, ya tienen homologados Sus análisis y prefieren esperar, otras veces les sirven alternativas que a veces encuentran en el mercado otras veces no».[48]

ESTEBAN SERRANO LUCIANO, tercer suplente del Director General de MERCK COLOMBIA, estableció lo siguiente:

«La tendencia es que el usuario generalmente quiere utilizar la misma marca con la que ya viene trabajando frecuentemente. Porque los procesos de control de calidad, o el usuario final, quiere garantizar que en sus procesos de control de calidad haya el menor error posible y dentro de los errores el producto puede contener cierta cantidad de error».[49]

De lo anterior se encuentra que la sustituibilidad de los productos en estos mercados es bastante limitada. Según lo observado, el mercado responde a la diferenciación de los productos, particularmente en lo que respecta a la calidad del mismo. Adicionalmente, los clientes requieren de tiempo para adaptar a sus análisis a un producto de una marca diferente.

No obstante, la diferenciación del producto no resulta ser absoluta y si bien existen restricciones en cuanto a la capacidad de los clientes de cambiar la marca de su insumo, no es del todo imposible y en muchos casos se realiza con más facilidad que en otros. Por ello se puede considerar que el mercado tiene un comportamiento de competencia monopolística y, dado lo anterior, el principal factor que atenúa un efecto nocivo a la competencia es que exista un bajo costo de entrada al mercado, o en otras palabras, pocas barreras a la entrada.[50]

iv. Barreras a la entrada

Para identificar, los aspectos del mercado que pueden obstaculizar o retrasar la entrada de competidores en los mercados relevantes, vale la pena señalar en primera instancia que, salvo uno de los productos de MERCK, todos los productos que comercializan las INTERVINIENTES son importados. Asimismo, los productos de los competidores, según informaron clientes y competidores de las partes, provienen del exterior. En tal sentido no existe un diferencial entre las condiciones en que ingresan los productos de las INTERVINIENTES y los de sus competidores que constituyan una barrera a la entrada de carácter legal o a las importaciones.

Adicionalmente, los clientes llamados a testimonio señalaron varias marcas de las cuales han comercializado productos, corroborando así lo anteriormente mencionado.

Se concluye entonces que en los mercados relevantes afectados no existen barreras a la entrada Importantes que favorezcan en alguna medida a las INTERVINIENTES, y que además existe oferta potencial y real de los productos que resultan afectados por la transacción.

v. Poder de negociación de los compradores

A lo largo del estudio del mercado que adelantó esta Superintendencia, se pudo establecer que las INTERVINIENTES, abastecen principalmente a dos tipos de clientes (i) distribuidores y (ii) grandes clientes. Los distribuidores, como ha sido enunciado, no tienen restricciones para la compra a otro tipo de proveedores y de buscar los productos de conformidad con las necesidades de sus clientes. Por su parte, los grandes clientes son industriales que compran volúmenes importantes de productos e incluso tal como lo reconoce la Comisión Europea [51] algunas negociaciones pueden llegar a tener carácter regional.

En mérito a lo anterior se encuentra que los clientes o compradores de las INTERVINIENTES cuentan con un margen de negociación favorable, de tal forma que la posibilidad de que la integración derive en efectos nocivos a la competencia se encuentra mitigada.

10.6 CONCLUSIONES

Evaluada la información relevante con respecto a la operación objeto de estudio, esta Superintendencia encontró lo siguiente:

– Que la presente transacción conlleva efectos horizontales debido a que las INTERVINIENTES desarrollan de manera coincidente la actividad de comercialización de productos para Biociencias soluciones de Laboratorio, dentro de las cuales se encuentran 37 mercados diferentes en todo el territorio nacional.

– Que en la operación proyectada, existen mercados afectados en los cuales no se supera el umbral del 20%, y otros mercados donde la concentración tiene un impacto muy pequeño sobre la estructura del mercado actual.

– Que a partir de las participaciones de mercado que las INTERVINIENTES aportaron, se encontró que de los 37 mercados solamente en los mercados producto de detergentes, carbohidratos, metales / elementos, bloques de construcción, reactivos, catalizadores y productos para la preparación de mezclas analíticas, se presentarían variaciones significativas a la estructura del mercado.

– Que esta Superintendencia evaluó los posibles efectos unilaterales que tendría la operación de integración, y encontró que existen factores en el mercado que mitigan o controlan la posibilidad de que la operación de integración conlleve a diversas afectaciones de la libre competencia.

– Que aproximadamente la totalidad de los productos ofrecidos por las INTERVINIENTES son importados y entregados a los clientes finales a través de distribuidores independientes, los cuales, cuentan con plena libertad para adquirir los productos del proveedor que el cliente desee. Situación que le permite obtener a los clientes de las INTERVINIENTES un margen de negociación favorable, que reduzca posibles efectos restrictivos de la competencia.

– Que una vez analizados los mercados afectados, y pese a encontrarse participaciones de mercado altas, esta Superintendencia no encuentra que de la operación proyectada se puedan derivar efectos restrictivos sobre la competencia que ameriten una objeción o la imposición de condicionamientos.

Por lo anterior y de conformidad con los supuestos contenidos en el artículo 9o de la Ley 1340 de 2009 y demás normas concordantes, la operación proyectada no amerita ninguna objeción ni condicionamiento.

En mérito de lo expuesto en este documento, este Despacho:

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: NO OBJETAR ni someter a condicionamientos la operación de integración propuesta entre MERCK KGaA SIGMA-ALDRICH CORP.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFCAR personalmente el contenido de la presente resolución a MERCK KGaA SIGMA-ALDRICH CORP. entregándole copia de la misma e informándole que contra el presente acto procede recurso de reposición, el cual deberá presentarse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bucaramanga, a los 01 OCT 2015

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO

PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO

___________

Folio 1 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente. Entiéndase que cuando se haga referencia al Expediente, el mismo corresponde al radicado con el No. 14-279773.

Folio 1 del Cuaderno Reservado No. 1 de Intervinientes del Expediente.

Folios 124 a 127 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

Folios 130 a 137 del Cuaderno Público No. 1 y folios 138 a 296 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

Folios 297 y 298 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

Folios 300 y 301 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

Folios 318 y 319 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

Folios 396 al 422 del Cuaderno Reservado No.1 del Expediente.

El requerimiento de información se formuló a las siguientes empresas: 3M COLOMBIA S.A., ANNAR DIAGNOSTICA IMPORT S.A.S., AQUALAB LTDA., ARICEL LTDA., AVÁNTIKA COLOMBIA S.A.S., B&C BIOSCIENCES S.A.S., BECHTON DICKINSON DE COLOMBIA LTDA., BIOLOGÍA MOLECULAR LTDA. – BIOMOL, BIOMERIUX COLOMBIA LTDA., CASA CIENTÍFICA BLANCO Y COMPAÑÍA S.A.S., DIDACTA INTERNACIONAL S.A.S., ELEMENTOS QUPIMICOS LTDA., EXRO LTDA., G&G SUCESORES LTDA., INNOVACIÓN TECNOLÓGICA LTDA. – INNOVATEK, INSTRUMENTOS & CONTROLES S.A., KHYMOS LTDA., LAB INSTRUMENTS LTDA., LABORATORIOS WACOL S.A., PRODCUTOS ROCHE S.A., QUIMICA MG LTDA., QUIMICONTROL GAB LTDA., QUIMREL S.A.S, R-BIOPHARM COLOMBIA S.A.S. y SCIENTIFIC PRODUCTS LTDA. Folios 320 a 394 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

10 Folios 646 a 649 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

11 Folios 653 a 724 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

12 Ver: http://www.merckgroup.com/en/products/products.html. Consultado el 9 de febrero de 2015.

13 Ver: http://www.merckgroup.com/en/products/healthcare/healthcare.html. Consultado el 9 de febrero de 2015.

14 Ver http://www.merckgroup.com/en/products/life_science/life_science.html. Consultado el 9 de febrero de 2015.

15 Ver: http://www.merckqroup.com/en/products/performance materials/performance materials .html. Consultado el 9 de febrero de 2015.

16 Folio 5 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

17 Tomando como referencia una tasa de cambio promedio para el año 2013 de euro a peso colombiano de 2.486,68 con base en la información disponible en http://es.investing.com/currencies/eur-cop-historical-data.

18 Folio 66 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

19 Ver: http://www.rues.org.co/RUES_Web/consultas/DetalleRM?codigo_camara=04&matricula=0000006_728. Consulta: el 9 de febrero de 2015.

20 Folios 8 y 9. Cuaderno Reservado No. 1 del Expediente.

21 Tomando como referencia una tasa de cambio promedio para el año 2013 de dólar a peso colombiano de 1.866,78 con base en la información disponible en http://es.investing.com/currencies/eur-cop-historical-data.

22 Ver: http://www.sigmaaldrich.com/content/dam/slama-aldrich/docs/sigmaAldrich/General_information/1/sigma-aldrich-2013-annual-report-10k.pdf. Consulta: 10 de junio de 2015.

23 Estos valores serán los aplicables en el caso concreto, teniendo en cuenta que la solicitud de pre-evaluación fue presentada ante esta Entidad el 19 de diciembre de 2014.

24 Folio 3. Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

25 El texto original del párrafo A. 12, en inglés, dice textualmente lo siguiente: «Demand-side substitutability assesses the extent to which customers could and would switch among substitute products in response to a change in relative prices or quality or availability or other factors».

26 El texto original del párrafo A. 13, en inglés, dice textualmente lo siguiente: «Supply-side substitutability examines the extent to which suppliers of alternative products could and would switch their existing production facilities to make alternative products in response to a change in relative prices, demand or other market conditions».

27 El texto original del párrafo A.24, en inglés, dice textualmente lo siguiente: «The geographic market is an area within which reasonable substitution for the merging parties’ products can occur.

28 ICN Merger Working Group: Investigation and Analysis Subgroup, «ICN Merger Guidelines Workbook» (documento preparado para la Quinta Reunión Anual del ICN, Ciudad del Cabo, Sudáfrica, 16 de abril, 2006), A.8, disponible en (consulta 17 de diciembre de 2013): http://www.internationalcompetitionnetwork.org/uploads/librarv/doc321.pdf.

29 Ver: http://www.careeronestop.org/CompetencyModel/competency-models/bioscience.aspx. Consulta: 9 de mayo de 2015.

30 Ver: http://www.biologyreference.com/A-Ar/Antibodies-in-Research.html. Consulta: 23 de julio de 2015.

31 Folio 16 del Cuaderno Reservado No. 1 de Intervinientes.

32 Folios 652 y 742 del Cuaderno Reservado 2 de Terceros. En ellos PRODCUTOS ROCHE S.A. indicó: «Los productos para amplificación de ADN y los reactivos para amplificación de ARN pueden considerarse de manera conjunta en la categoría de reactivos para amplificación de ácidos nucleicos, debido a que usualmente nuestros clientes le dan usos similares a ambos productos y los compran conjuntamente y R-BIOPHARM COLOMBIA indicó: «De acuerdo a nuestra experiencia y solo al tipo de productos que comercializamos, solamente agruparíamos en una categoría más amplia «Los reactivos para amplificación de ADN y los reactivos para amplificación de ARN en la categoría de los Reactivos para amplificación del ácido nucleico».

33 Ver: http://www.jove.com/video/4084/la-conversin-de-un-elisa-de-captura-para-un-ensayo-de-luminex-xmap?language=Spanish. Consulta: 23 de julio de 2015.

34 Case No. COMP/M.7435 MERCK/SIGMA-ALDRICH. Ver: http://ec.europa.eu/competition/meraers/cases/decisions/m7435 20150615 20212 4370544 EN.pdf

35 El soluto es el compuesto (en estado sólido, líquido o gaseoso) de menor proporción respecto del solvente. Silvestroni Paolo (1996). «Fondamenti di chimica» (en italiano). Bologna: Milano: Zanichelli. p.229.

36 Folio 40 del Cuaderno Reservado de Intervinientes No. 1 del Expediente.

37 Ver: http://ec.europa. eu/competition/merqers/cases/decisions/m7435_20150615_20212_4370544_EN.pdf.

38 Folio 718 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

39 Folio 675 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

40 Folio 724 del Cuaderno Público No. 1 del Expediente.

41 Folio 675 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

42 FABIO HERNÁN VELANDIA CASALLAS, representante legal de QUÍMITÓNICA LTDA., señaló: «(…) hay compañías que venden bastantes productos como los que vende MERCKque no me prohíbe MERCK que los comercialice ni mucho menos y cuando lo necesite lo hago. A QUIMITRONICA le tienen una confianza extrema así que el día que yo quiera algo lo consigo de cualquier marca.»

Folio 718 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

SEGUNDO MISAEL BLANCO APARICIO, representante legal de BLAMIS DOTACIONES LABORATORIO S.A.S., respuesta a la pregunta ¿ha tenido un problema de desabastecimiento con Merck? indicó: «Sí claro, han habido momentos» y posteriormente se le preguntó qué han hecho en eso momentos, ante lo cual dijo: «Ahí es cuando muchas veces utilizamos la competencia que ya le comentaba (….)».

Folio 675 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

BEATRIZ DEL SOCORRO ANGEL CAMPUZANO, representante legal de FILTRACIÓN Y ANÁLISIS S.A.S. al preguntársele sobre lo que hacen en caso de una demora en la importación de un producto de MERCK, dijo: «Hay otras marcas como son MALINGRUND (sic), JT BACKER eso ya es hoy una empresa que se llama AVANTOR, como CARLO ERBA, como PANREAC que también tienen reactivos similares y a veces se pueden reemplazar cuando Merck no lo tiene. Si hay y son otros distribuidores inclusive nosotros mismos a esos distribuidores les podemos comprar y suministrarle al cliente para no dejarlo parado.»

Folio 659 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

43 Folio 632 del Cuaderno Reservado 2 de Terceros.

44 Folio 587 del Cuaderno Reservado 2 de Terceros.

45 Folio 582 del Cuaderno Reservado 2 de Terceros.

46 Folio 459 del Cuaderno Reservado 1 de Terceros.

47 Folio 675 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

48 Folio 659 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

49 Folio 724 del Cuaderno Público No. 2 del Expediente.

50 NICHOLSON, Walter. Microeconomía Intermedia y sus Aplicaciones. Ed. Me Graw Hill. Pág. 341.

51 Case No. COMP/M.7435 – MERCK/SIGMA-ALDRICH. Fecha 15/06/2015. Ver: http://ec.europa.eu/competition/meraers/cases/decisions/m7435_20150615_20212_4370544 EN.pdf.

Autores

JSM Abogados, Carolina Polanco García, Camila Arenas Camacho, Jorge Enrique Sánchez Medina

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