CeCo | Acuerdos de I+D, Competencia y Propiedad Intelectual
Newsletter

https://centrocompetencia.com/wp-content/themes/Ceco

Acuerdos de I+D, Competencia y Propiedad Intelectual: Una propuesta de Puerto Seguro

10.05.2023
CeCo Chile
Ver Respuestas

"Como prácticamente todo acuerdo de cooperación, los acuerdos de I+D “suspenden” la competencia respecto a una actividad específica, en un mercado determinado y por un tiempo limitado. Suspender la competencia puede generar riesgos, pero también beneficios. En este contexto, este artículo sostiene que los acuerdos de I+D, y especialmente determinadas categorías de ellos, normalmente producen más beneficios que riesgos, debiendo ser promovidos a través de la creación de un puerto seguro o, al menos, de una zona de seguridad".

La relación entre derecho de la competencia, innovación y propiedad intelectual tiene múltiples aristas. Una de ellas tiene que ver con un tipo particular de acuerdos de cooperación entre empresas y el espacio que les cabe en el marco del derecho de la competencia: los acuerdos de investigación y desarrollo (I+D).

En su artículo “Acuerdos de I+D, Derecho de la Competencia y Propiedad Intelectual: Una Propuesta de Puerto Seguro para Chile”, el coordinador de CeCo, Juan Pablo Iglesias M., revisa la pertinencia de incorporar un puerto seguro o zona de seguridad en el derecho de competencia para ciertos tipos de acuerdos de I+D.

El punto de partida de esta propuesta es la baja “intensidad de I+D” de Chile (a nivel OCDE), principalmente explicada por el bajo nivel de gasto privado en innovación. Así, se argumenta que una forma -entre otras- de mejorar la innovación en el país, es permitiendo ciertos espacios de cooperación empresarial que, en principio, no generen efectos anticompetitivos significativos.

Para el correcto diseño de este esquema, se identifican las diferentes categorías de acuerdos de I+D (i.e., verticales y horizontales, y “puros” y “no-puros”), y los distintos mercados en que ellos producir efectos (i.e., “mercado del producto”, “mercado de innovación” y “mercado tecnológico”). Luego, se considera la experiencia regulatoria de Estados Unidos, la Unión Europea y Reino Unido y, a la luz de estas, se exponen distintas fórmulas para el diseño de un puerto seguro o zona de seguridad, y también algunos lineamientos de contenido.

 

Abogado Universidad de Chile, LL.M en Competencia de la Universidad de Ámsterdam, y diplomado en Política de la Competencia (U. de Chile). Abogado senior del grupo de Propiedad Intelectual de Carey (2015-2022). Actualmente es Coordinador de Investigación del CentroCompetencia (“CeCo”) de la Universidad Adolfo Ibáñez.