¿Qué tan aplicable es la ciencia conductual a la política de competencia? | CeCo
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Qué tan aplicable es la ciencia conductual a la política de competencia

¿Qué tan aplicable es la ciencia conductual a la política de competencia?

28.10.2020
Omar Vásquez Duque Abogado, Universidad de Chile. LL.M. Harvard Law School. J.S.M. y J.S.D. (c) y M.A. (c) (Econ), Stanford. Presidente de la Asociación de Derecho y Política de Libre Competencia de la Universidad de Stanford e instructor de análisis económico del Derecho del Departamento de Políticas Públicas de la Universidad de Stanford.

La economía del comportamiento ha tomado fuerza el último tiempo en la investigación académica y regulatoria. Sin embargo, gran parte de este entusiasmo no estaría considerando las importantes limitaciones de la psicología como base para el diseño de políticas públicas. En esta investigación, el autor explica por qué la política de competencia debe tomar con cautela la aplicación de las propuestas de la ciencia conductual en su análisis. En particular, el autor argumenta que, si bien la incorporación de los sesgos presentes en los agentes puede resultar útil, el prominente carácter situacional de la ciencia del comportamiento vuelve imposible elaborar una teoría general de behavioral antitrust que permita predecir cómo interactúan estos sesgos o cómo se vinculan con su contexto. Así, cualquier estudio que use estas herramientas debe proceder caso a caso, considerando la mejor evidencia disponible. Teniendo esto en cuenta, el autor expone algunos ejemplos en los cuales hay suficiente evidencia sobre cómo operan estos sesgos en contextos particulares y donde ameritaría considerar intervenciones regulatorias.

«…si bien la explotación de sesgos es posible (y común), una teoría general sobre behavioral antitrust no hace sentido. Cada mercado tiene contextos particulares que requieren de atención individual y de un análisis cuidadoso con la mejor evidencia empírica disponible».

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