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La SIC sancionó a las agremiaciones ANPRA y ACEPRAC, así como a varias empresas de practicaje y sus representantes, por acordar la fijación de un cobro adicional del 20% sobre la tarifa establecida por la DIMAR, bajo el concepto de “gastos administrativos”, en contravención del numeral 1 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992. Este acuerdo se originó en una reunión gremial celebrada el 25 de enero de 2012 y fue promovido, comunicado y adoptado de manera coordinada por las empresas investigadas.
Autoridad
Superintendencia de Industria y Comercio
Conducta
Acuerdos contrarios a la libre competencia (art. 47 Decreto 2153)
Decisión Alcanzada
Sanción
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