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En Chile, las Fiestas Patrias, celebradas cada 18 y 19 de septiembre, son una de las festividades más importantes del año. Durante estos días, las familias se reúnen para disfrutar de bailes típicos, juegos tradicionales y, sobre todo, de la gastronomía nacional en las “fondas” y “ramadas”. Estos recintos ofrecen una amplia variedad de platos emblemáticos, como empanadas, anticuchos y chicha.
En este contexto, el 14 de enero de 2024, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) archivó una investigación por presunta colusión en el mercado de alimentación y bebidas en las Fiestas Patrias 2022 del Parque O’Higgins. La indagatoria, iniciada el 15 de septiembre de 2022, se basó en declaraciones televisivas de un locatario, quien sugirió un acuerdo de precios entre los fonderos.
La FNE investigó si hubo un acuerdo anticompetitivo entre los fonderos del Parque O’Higgins durante las Fiestas Patrias 2022, analizando diversos antecedentes.
Respecto a la organización del evento, se constató que la Corporación para el Desarrollo de Santiago (Cordesan) realizó una licitación de espacios entre el 1 y el 7 de agosto de 2022. Sin embargo, debido a la baja cantidad de postulaciones, las ofertas fueron aceptadas directamente. Esto facilitó que nuevos actores participaran del evento.
Como resultado, el área de cocinerías contó con 31 locales, ocupando el 74% del espacio arrendado (6.570 m²) del evento, como se muestra en la Figura 1.
Figura 1: Mapa del evento “Fiestas Patrias 2022 Santiago”
Fuente: Informe de archivo FNE, 2025
En cuanto a las declaraciones televisivas que originaron la denuncia, el locatario aclaró que no se refería a un acuerdo sobre los precios de venta al público, sino a la coordinación de compras de insumos entre algunos vendedores a través de un grupo de WhatsApp.
Por otro lado, la Fiscalía determinó, a través de un análisis descriptivo, que los precios diarios de los productos presentaban una amplia dispersión. Como se aprecia en la Figura 2, los valores de productos como anticuchos, chicha y terremotos variaron significativamente entre los distintos locales. Además, la diferencia entre los precios mínimos y máximos indica que no hubo una fijación uniforme de tarifas.
Figura 2
Fuente: Informe de archivo FNE, 2025
Sumado a lo anterior, la FNE identificó factores que dificultaban la coordinación entre fonderos, a saber: (i) dinamismo del mercado, donde la perecibilidad de los alimentos y la incertidumbre en la demanda llevan a ajustes constantes en los precios; (ii) presencia de nuevos locatarios, sin relaciones previas que facilitaran acuerdos; y (ii) competencia en espacios cercanos, que permitiría a los clientes comparar precios.
Tras analizar los antecedentes recabados, la FNE concluyó que no existían indicios suficientes para acreditar una infracción al Decreto Ley 211, por lo que decidió archivar la investigación. Esta decisión se suma a otros casos recientes donde se descartaron conductas coordinadas por falta de evidencia (ver notas CeCo: “FNE descarta colusión entre bencineras de Villa Alemana y Quilpué”, “FNE archiva investigación sobre fijación de precios de reventa a distribuidores de Adidas” y “FNE archiva denuncia de coordinación contra operadores de carga en Aeropuerto de Santiago”).
No obstante, la FNE aprovechó la instancia para realizar dos importantes advertencias: (i) debe haber mayor precaución en las declaraciones públicas y (ii) debe haber mayor cuidado en el uso de canales de comunicación entre competidores. En primer lugar, la FNE instó al locatario cuya afirmación inició esta investigación a ser más cuidadoso en sus declaraciones públicas, con la finalidad de evitar interpretaciones erróneas que generen alertas injustificadas. Asimismo, la FNE advirtió sobre los riesgos de utilizar canales de comunicación compartidos (como WhatsApp) entre competidores, ya que podrían derivar en intercambios de información sensibles.
Finalmente, la FNE recomendó a Cordesan incorporar cláusulas procompetitivas en futuros procesos de licitación y contratos para garantizar condiciones de mercado alineadas con la normativa de libre competencia.