Maersk / Hamburg Süd | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

Maersk / Hamburg Süd

La FNE aprobó en Fase I la operación de concentración consistente en la adquisición de Hamburg Süd por parte de Maersk sujetándose a las medidas de mitigación ofrecidas por las partes.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Transporte

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación con medidas

Información Básica

Rol FNE

F83-2017

Fecha notificación

08-06-17

Fecha inicio investigación

03-08-17

Fecha decisión

13-10-17

Carátula

Operación de concentración entre Maersk y Hamburg Süd

Partes

Maersk Line A/S (“Maersk”), filial de A.P. Moller- Maersk A/S («Maersk Group»), empresa transnacional con sede en Copenhague, Dinamarca dedicada a la industria del transporte y logística. En Chile, Maersk se dedica a la provisión de servicios de transporte marítimo en línea, a través de su filial Maersk Chile S.A., servicios de freight forward, manufactura de contenedores, remolque de gas licuado y servicios de transporte terrestre.

Hamburg Südamerikanische Dampfschifffahrts-Gesellschaft KG (“HSUD” o “Hamburg Süd”) es una filial de propiedad absoluta de Dr. August Oetker KG, una empresa multinacional con sede en Bielefeld, Alemania, que opera en una amplia gama de industrias, incluyendo el transporte marítimo en línea a través de HSUD. En Chile, HSUD es activo en el transporte marítimo en línea, a través de su filial Agencia Columbus Chile SpA.

Operación

La operación proyectada consistió en la adquisición por parte de Maersk de la totalidad de las acciones de Hamburg Süd y otros activos relativos al negocio de Hamburg Süd que eran de propiedad de otras entidades pertenecientes a su grupo empresarial.

Tipo de Operación:

Operación horizontal y vertical

Artículo 47 DL 211:

Letra b)

Actividad económica:

Transporte marítimo y logística; servicios relacionados con el transporte marino

Decisión final:

Aprobada en Fase I, sujeta a medidas de mitigación ofrecidas por las partes

Bases de datos externas utilizadas:

Para el análisis de participaciones de mercado se utilizaron dos bases de datos) Container Trade Statistics (“CTS”); y ii) Brains. La FNE utilizó ambas en el análisis, pues ninguna de las anteriores se ajustaba con precisión a las necesidades del análisis.

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

56 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

71 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

La FNE analizó distintos mercados relevantes, a saber:

Mercados verticales analizados: Manufactura de contenedores; Actividades freight forward, Servicios terrestres y carga terrestre.

Mercados horizontales analizados: Mercado de transporte marítimo en línea mediante contenedores. Este mercado se distingue de otros medios de transporte marítimo por la posibilidad de transportar carga de manera fragmentada (por contenedor), e incluso posibilidad de transportar volúmenes menores a un contenedor. También se caracteriza por tener frecuencia y regularidad, programa prestablecido, incluyendo fecha de salida, puertos de recalada, duración de viaje y tiempos de tránsito.

Sin perjuicio a que sería posible segmentar el mercado según el tipo de carga transportada en contenedores, distinguiendo entre carga seca y carga refrigerada, se decide dejar abierta la definición, pues no tendría la aptitud de variar las conclusiones y el análisis de riesgo llevado a cabo por la FNE.

Mercado relevante geográfico:

Respecto al mercado de transporte marítimo en línea mediante contenedores se especifica que cada mercado geográfico está definido como cada ruta comercial, determinado por el rango de puertos servidos en los dos extremos de un servicio, distinguiendo además por la direccionalidad dentro de cada ruta.

Lo anterior, considerando que la adición de un puerto de recalada en un servicio existente no implica mayores costos, y que la distribución de capacidad entre puertos de recalada en una misma costa cambia constantemente, y depende principalmente de los precios cobrados a los clientes finales en cada uno de ellos. Adicionalmente, la existencia de un importante desbalance entre direcciones en algunas rutas comerciales, así como la diferencia en la composición de carga seca y refrigerada, lleva a considerar que se trata de mercados relevantes separados por dirección.

Análisis Competitivo

En relación con los mercados verticales afectados, la FNE observó que la operación no representaba riesgos para la competencia, según se detalla a continuación.

En relación con los servicios de freight forward, servicios terrestres y carga terrestre, la actividad de Maersk sería limitada. Respecto a la comercialización de contenedores en Chile, se analizaron los incentivos y efectos de un eventual bloqueo de insumos por parte de Maersk (considerando que la participación de Maersk en el mercado alcanzaría hasta cerca de un 40%, lo que no permite descartar riesgos). Sin embargo, se llegó a la misma conclusión, dado i) la presencia de competidores relevantes (dificulta la posibilidad de ejercer input foreclosure); ii) los principales competidores del nuevo agente económico compran cantidades limitadas de contenedores a Maersk (no son dependientes de Maersk); y iii) el impacto de una estrategia de bloqueo de insumo o alza de los costos de la competencia no parece tener una magnitud significativa en relación a los costos asociados al transporte de carga en línea por medio de contenedores.

En cuanto a los mercados horizontales afectados, la FNE identificó diferentes riesgos generados por el poder de mercado que acumularía las partes tras la operación en las diferentes rutas y su participación en consorcios y conferencias marítimas, riesgos que serían mitigados en virtud de las medidas ofrecidas:

En primer lugar, la FNE analizó las barreras de entrada existentes en el mercado de transporte marítimo de carga en línea mediante contenedores. Concluyó que es poco probable la entrada de un nuevo actor que compita en rutas que involucren la Costa Oeste de Sudamérica y que pueda ejercer presión competitiva sobre las partes de la operación.

A este respecto, descartó que la posibilidad de ofrecer el servicio mediante un consorcio (vessel sharing Agreement), o mediante el arriendo de espacios (slot charter agreement) resulte ser suficiente como para reducir las barreras a la entrada que caracterizan estos servicios. También, desechó los argumentos de las partes respecto a la libre movilidad de las naves de transporte por parte de las compañías de transporte para asignarlas a diferentes rutas (para la ruta costa oeste Sudamérica cierto tipo de nave sería más eficiente frente a otras naves de mayor tamaño; la ruta requeriría también naves que ofrezcan mayor capacidad de carga refrigerada); desechó el que las economías de escala que requiere este negocio no sean barreras a la entrada significativas; y utilizó un cuestionario a clientes de las navieras para evaluar la importancia en la reputación y la facilidad de cambio de proveedor de estos servicios.

Analizada las entradas recientes y potenciales en el mercado, la FNE concluyó que, si bien existen entradas, la cantidad y baja participación de mercado que han alcanzado los entrantes evidencian que no son suficiente como para contrapesar los riesgos derivados de la operación.

Respecto del análisis de riesgo, la FNE determinó riesgos significativos en algunas de las rutas analizadas, que éstos se generaban por el poder de mercado que acumularían las partes de la operación en las diferentes rutas analizadas y por la pertenencia de las partes a diferentes consorcios y conferencias marítimas —acuerdos de colaboración entre competidores— que disminuyen el poder de sus miembros de controlar, de manera individual, variables relevantes de competencia (cada naviera tiene cierto grado de influencia no solamente sobre las variables de competencia propias en una ruta comercial, sino que también sobre aquellas de los demás miembros del consorcio en el que participa).

Eficiencias

La FNE señaló que las partes no entregaron antecedentes que sirvieran para acreditar ni cuantificar las eficiencias alegadas de manera que puedan servir como contrapeso real de los riesgos detectados.

Sin perjuicio de lo anterior, las partes alegaron importantes sinergias y eficiencias de costos significativas, permitiendo a la entidad concentrada proveer mejores servicios a menor costo, beneficiando a los clientes, y que, al combinar dos redes con énfasis geográficos complementarios, permitirá a las partes operar de forma más eficiente.

Medidas de mitigación

Las medidas de mitigación ofrecidas por las partes fueron consideradas como idóneas, suficientes y efectivas para mitigar los riesgos que la operación plantea para la competencia en Chile, factibles de implementar, ejecutar y monitorear, y proporcionales a los riesgos detectados. Dichas medidas consistieron principalmente en: i) no extensión de ciertos acuerdos de colaboración entre competidores (consorcio ASPA); ii) retiro de ciertos acuerdos (acuerdo WCSADA, WCSA-NE y WCSA-MED); iii) informar eventuales acuerdos de cooperación que se adopten en relación con cierta ruta; iv) no participar en acuerdos similares respecto de los retirados o expirados; v) designar oficiales de supervisión y cumplimiento de las medidas.

Casos relacionados

Fiscalía Nacional Económica

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

  • ERN 14-2012

Autores

Claudio Lizana A.

Tomás Appelgren Deck

Carey

Al tiempo de la redacción de esta ficha, los autores forman parte de Carey, estudio jurídico que asesoró a agentes interesados en el proceso objeto de este análisis.