Podcast CeCo: sentido común y la confianza en el derecho | Centro Competencia - CECO
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La búsqueda del sentido común y la confianza en el derecho

18.11.2020
Soledad Krause

Soledad Krause es una abogada con amplios intereses en el fenómeno jurídico y en el ser humano. Con un doctorado en derecho penal, un máster en argumentación jurídica y otro en filosofía, múltiples publicaciones y actividades académicas, esta ex socia de Claro y Cía. logra explicar en fácil lo complejo, sin perderse en los detalles nimios, desentrañando lo que está detrás de la parafernalia legal.

Acá reiniciamos nuestras conversaciones de Podcast, interrumpidas por el maldito virus, en nuestro estudio de grabación UAI de Peñalolén, en una mañana veraniega.

Con la excusa de reflexionar sobre las autoridades de competencia, la Corte Suprema y el DL 211, hablamos con Soledad sobre la flexibilidad del derecho, las limitantes del formato del litigio, la necesidad de ser concisos -pero precisos y consistentes en los argumentos y fundamentos-, de recuperar el sentido común y de la importancia de las confianzas. ¡Que lo disfruten!

Transcripción:

Irarrázabal: Bienvenidos, soy Felipe Irarrázabal, director del Centro de Competencia de la UAI. Volvemos a retomar los podcasts interrumpidos por la pandemia y en esta oportunidad tenemos el privilegio de contar con una brillante abogada, Soledad Krause, con basta experiencia en temas legales y también, me atrevería decir, con un gran ancho de banda no solo en temas técnicos sino también en el fenómeno que se produce en el contexto de los litigios y las decisiones legales.

Soledad es abogada de la Universidad de Chile, tiene dos masters: uno en argumentación jurídica y otro en filosofía. Tiene también un doctorado en Derecho Penal en España. Es profesora y ha sido profesora de varias universidades, actualmente de la Católica. Es consejera del Colegio de Arbitraje, fue jefa de litigios en la FNE y fue también socia y asociada de Claro y Compañía durante varios años.

Soledad, buenos días. Quiero partir por temas generales, luego entrar a preguntas sobre el derecho de competencia y finalmente a temas más personales.

Krause: Hola Felipe, Muchas gracias.

Evolución de la tradición continental: rol de los jueces e introducción de características del common law

Irarrázabal: Soledad, ¿El derecho es la ley o es algo más?

Krause: Yo creo que es mucho más que la ley. Son las normas en general, las reglas que regulan el comportamiento y, por tanto,  no es solo la ley sino también los principios. Principios y otras normas mucho más amplias que las leyes y menos reguladas, menos concretas, menos precisas.

Irarrázabal: Pero suena bien incierto lo que tú me cuentas y además suena que es muy distinto a lo que nos enseñaron en la Chile.

Krause: Si, estoy de acuerdo. Creo que la formación de la Chile es una formación muy formalista del derecho. Yo creo que era una época histórica en que se prefirió esa perspectiva. Pero ha habido una evolución en el tiempo, y creo que es necesaria esa evolución, sin desconocer la importancia de la ley. La ley tiene un lugar que uno no puede desconocer, pero no se reduce el derecho a la ley, yo creo que eso es lo importante.

Irarrázabal: ¿Y no interfiere eso en la seguridad jurídica? Era el gran principio o bastión por el cual nos formamos nosotros.

Krause: Yo creo que la seguridad se entiende de otra manera. Esa es la impresión que tengo yo.

La seguridad que da el formalismo es más aparente que real, porque la ley nunca se pone en todas las hipótesis. Cuando la ley se aplica al caso concreto, se generan una serie de preguntas que la ley no pudo responder. Entonces, mi impresión es que el formalismo, la idea de que la ley tiene todas las respuestas, es una seguridad más aparente que real. Y la seguridad que hoy se consigue creo que es una seguridad más real, pero un poco más frágil. Tiene que ver con la fundamentación, con las razones por las cuales llegas a una solución y que no siempre están en la ley.

Irarrázabal: Esa constatación le entrega mucho poder a los jueces ¿Es así?

Krause: Si, es así y creo que siempre lo han tenido. Siempre han tenido ese poder. Antes se amparaban en la ley y no daban razones. Bastaba con invocar la ley, aunque ésta no diera totalmente la respuesta. Yo creo que hoy tienen el mismo rol que tenían antes, pero ahora tienen la obligación de explicar por qué llegan a las soluciones que llegan y eso aporta a la seguridad.

Irarrázabal ¿Y lo hacen así? ¿Tienes la impresión de que el poder judicial tiene una fundamentación articulada en la toma de sus decisiones? Y la otra pregunta es ¿Hasta qué punto son coherentes con sus decisiones anteriores? ¿Hasta qué punto los jueces en Chile están respetando los antecedentes?

Krause Yo creo que se ha ido perfeccionando el sistema. Hay que pensar también la evolución en los propios jueces. Ellos se formaron en el mismo formalismo que nosotros y, por tanto, en la idea de que bastaba que la ley diera una respuesta para tener una justificación suficiente. No tenían que dar explicaciones. Yo al menos desde el 2005 noto una diferencia grande en la exigencia de fundamentación. Por ejemplo, los recursos de nulidad obligan a los jueces a motivar.

Otra de las razones que ha llevado a cambiar eso es el cambio del sistema probatorio. Que ya no sea un sistema probatorio legal o tasado, sino que lo que vaya primando sea el sistema de la sana crítica en que el juez tiene que explicar por qué le da mérito probatorio a un determinado antecedente. Ese es un cambio importante que ha generado una modificación en la forma en que los jueces fundamentan.

Yo creo que hay mucho que perfeccionar. Y la perfección va a venir dada por el contenido que se dé a estas formas todavía muy teóricas. Por ejemplo: “Hay una infracción al principio de la lógica”. Falta explicar por qué en el caso concreto se infringe este principio. Falta darle contenido a formulaciones muy generales. Eso es un poco de práctica y formación.

Nosotros como abogados tuvimos muy poca formación en argumentación. Hay un déficit de habilidades que yo creo que hoy hay que mejorar.

Y en cuanto a tu segunda pregunta, yo creo que ahí también hay algo que perfeccionar. Los jueces tienen que entender que la fundamentación los obliga a futuro y aunque nuestro sistema jurídico no sea de precedentes, la racionalidad, como una exigencia de actuación, supone que las decisiones son universales. Yo decido algo hoy pero con la expectativa de que esa solución se mantendrá en el futuro si hay un caso similar. Esa universalidad tiene que mantenerse y si yo quiero modificar ese criterio que ya asumí tengo que dar explicaciones.

Creo que esos dos elementos no están. Creo que los jueces no son conscientes de esta exigencia de racionalidad, a pesar de que nuestro sistema no sea de precedentes. Y tampoco está esa necesidad de explicar cuando modifican su fallo. Las decisiones antiguas puede que ya no se ajusten al presente, pero creo que es necesario explicar y esas explicaciones orientan hacia futuro. Permiten considerar que una decisión no es arbitraria sino discrecional. Esa es la diferencia.

Irarrázabal: Pero, ¿no estás de alguna forma ahuyentándote de la tradición continental? Cuando hablas casi pareces un abogado anglosajón. ¿Es así?

Krause: Yo creo que se está produciendo eso. Están conviviendo los dos sistemas como producto de la internacionalización del derecho. Estamos hablando un lenguaje que ya no tiene que ver con un mundo ni el otro, sino algo intermedio. Bueno, aquí también tiene que ver con un defecto de fábrica, yo siempre estoy al medio. Me gusta mirar hacia los dos lados. No me identifico con ninguno de ellos. Quizás es un defecto, no lo sé. Pero sí, yo creo que sí, lo que estás diciendo.

Irarrázabal: ¿Y cómo caracterizarías el sistema del common law? ¿Cómo lo ves en base a la experiencia que tú has tenido?

Krause: Tampoco sé tanto del sistema del Common Law, sé más del sistema americano desde el punto de vista de la filosofía. Tienen un pensamiento un poco más directo, más preciso, y una escritura bastante más fluida. Y yo me identifico bastante con esa forma de escribir o de razonar. Creo que abandonan construcciones dogmáticas tan grandes como las que uno tiene, por ejemplo, en penal, y tienen un sistema bastante más sencillo. Eso a veces resta precisión, pero en algún u otro sentido, vuelve las decisiones más cercanas a las personas, más cercanas al sentido común. Y eso no lo encuentro despreciable.

Yo estoy como a medio camino de los dos mundos, en parte me gustan los dos. Pero tiendo a pensar que la internacionalización del derecho va introduciendo cualidades del common law, porque son las que fluyen más fácil. Porque se entienden más fácil, se comparten desde el sentido común y no es necesario ser un tremendo experto para comprender que detrás de ahí hay una solución justa para el caso.

Irarrázabal: O sea hay un cambio de interfaz o en la forma en que se explica el derecho. Y eso me imagino lleva a una mayor conexión con la ciudadanía que puede entender las razones detrás de una decisión.

Krause: Si y yo creo que el derecho siempre ha sido de sentido común, yo creo que es importante que siga siendo eso. En algún minuto nos perdimos un poco tratando de sacarlo de esa naturaleza que tiene. Ahora más que nunca hay que dar razones y cualquier persona tiene derecho a opinar y tener su posición. Han ido cambiando los criterios de valoración de las instituciones y es importante que tengan esa cercanía, ese lenguaje más llano.

Es necesario porque todos los sujetos están informados, pueden presenciar un juicio. Pueden decir lo que opinan de las soluciones. Es necesario dar ese acceso y además creo que es un aporte al sistema. Es la forma de ajustarse a la realidad que estamos viviendo.

Irarrázabal: Yéndonos a lo que podría ser la especialidad del derecho como islas aparte. ¿Cómo ves tú la unidad del derecho o estas separaciones con lógicas distintas según sea la especialidad? Yo creo que tú eres una de las personas que tiene mayor experiencia en esto, porque has transitado en varias especialidades del derecho.

Krause: Tiendo a pensar que hay un núcleo común, pero que no es tan fácil de desentrañar. Uno nace en un sistema que ya está hecho, tienes que entender que ya estás en ese sistema. Una analogía es un pez que nadan en el mar, el pez no sabe que nada en el mar.

Yo creo que uno está tan lleno de vínculos jurídicos que uno no entiende los sustratos de esa realidad, uno simplemente está inmerso. Entonces, yo tiendo a pensar que hay un núcleo común que se puede rescatar y que las especialidades se construyen en torno a esa núcleo común. Yo no veo las contradicciones. Muchas veces eso puede ser un problema. No veo contradicciones entre las distintas especialidades, veo que son variaciones de una misma melodía. Esa es la impresión que me da. Veo pocas contradicciones y tiendo a pensar mucho más en las cosas que sí son comunes.

Creo que es importante, porque en la medida en que uno mantenga esa coherencia, es fácil conversar entre uno y otro. Y quizás los elementos de uno, trasladarlos a otro, obviamente con ajustes. Creo que si se pueden hacer esos traslados y que además, es útil y necesario para poder comprender.

El ser humano comprende a través de generalizaciones. Parcelas tan separadas no se vuelven comprensibles. Y no solucionan completamente un asunto cuando se están tratando temas cada vez más complejos. Yo creo que los asuntos que toca ver en el derecho son tan complejos que una sola disciplina no los comprende. Necesitas varias disciplinas o varias personas que puedan detectar los riesgos de distinta naturaleza. Ese es un fenómeno inevitable.

Irarrázabal: ¿Cómo va a ser el derecho chileno en 20 años más?

Krause: Yo creo que va a ser con más especialistas y más generalistas. No se pueden perder esos personajes que juegan en distintas canchas, creo que son necesarios. Y no sé si es una predicción o deseo, pero creo que será un derecho más bien preventivo, más que reactivo. Por ejemplo, todo lo que se está desarrollando en el “compliance” en el derecho comparado.

El derecho no siempre tiene que reaccionar a situaciones que ya sucedieron, sino más bien prevenir. Pensar cómo ajustar la conducta a futuro y buscar formulas que no tengan que ver con sanciones, sino con otros incentivos.

Yo esperaría que fuera un derecho mucho más preventivo que reactivo.

Irarrázabal: Siguiendo con la especulación, ¿Qué crees tú que va a ocurrir con el impacto de la revolución tecnológica en el ámbito legal?

Krause: Yo espero que saque, por ejemplo, del ámbito de la labor de los jueces, actividades que son mecánicas y permita dar el tiempo necesario para temas más urgentes y que necesitan un poco más de estudio. También ésta internalización que ya se produjo: la revolución tecnológica ya lo ha permitido en esta situación de pandemia y lo seguirá permitiendo. Lo encuentro sumamente valioso, una transferencia de conocimientos que ya no tiene límites en cuanto al lugar.

Irarrázabal: Movámonos ahora al derecho de competencia. ¿Cómo caracterizarías al derecho de competencia respecto de otro tipo de regulaciones como el derecho financiero o penal?

Krause: Respecto de otros sistemas sancionadores administrativos (siempre he pensado que el derecho de competencia es eso, aunque algunos no concuerden), tiene algunas particularidades. El que no sea la administración la que imponga la sanción es una diferencia fundamental. Todas las dudas que genera una sanción administrativa respecto de las garantías del sancionado, es una pregunta que no se hace en competencia. Esa diferencia es muy grande.

No sé si con el sistema financiero, porque tiene una fuerza muy parecida a la libre competencia. La libre competencia es un sistema muy penalizado, un sistema administrativo sancionador que tiene muchas características de penal, por la fuerza de las sanciones, por la intensidad de las medidas intrusivas que se pueden adoptar, las garantías para imponer las sanciones.

Es un derecho administrativo sancionador que se parece mucho a lo penal. Y uno se pregunta aquí si no hay también una especie de “fraude de etiqueta”: situación en que el legislador le pone un nombre a algo que tiene una naturaleza distinta, si es que podemos hablar de naturaleza de la cosa, porque es una palabra que nunca me ha gustado.

Y con penal, creo que tiene hartas diferencias formales, más que materiales. El contenido de la sanción, sobre todo si se compara con el derecho penal aplicado a las personas jurídicas (creo que eso es lo que hay que comparar).  En cuanto a la entidad de la sanción, yo no veo muchas diferencias. Hay materias de libre competencia que son incluso más gravosas que las que existen en penal. La diferencia son las garantías penales y el procedimiento. Ahí hay una serie de elementos: presunción de inocencia que se aplica en el estándar de la prueba, la forma en que se recibe la prueba… Hay varias diferencias, más bien procedimentales que de contenido.

El rol del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y la Corte Suprema

Irarrázabal: ¿Cómo ves al TDLC como institución? ¿Se entiende dentro de nuestra tradición de derecho continental o introduce una forma de ser más del derecho anglosajón?

Krause: Yo creo que introduce ese medio camino entre el sistema continental y el anglosajón. No solo por las distintas tradiciones de las que bebe, porque el tribunal encuentra fundamentos en ambas tradiciones, sino también por la forma de argumentar. La circunstancia de que sea integrado por economistas y abogados le da esa característica multidisciplinaria que no es tan propia de un sistema más formal como el derecho continental.

Corresponde a estos tribunales de nueva generación de nuestro sistema, como los tribunales de medio ambiente, otros tribunales que tienen estas características, más cercanos al derecho común. Pensando en “derecho común” no en un sentido histórico, sino en una mezcla entre el continental y el anglosajón.

Irarrázabal: Y en ese sentido, ¿Cómo ves el rol de la Corte Suprema (CS)? Cuando revisa las resoluciones de estos tribunales especiales que están en la frontera, en el caso del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), resoluciones que tienen un alto contenido económico.

Krause: Yo creo que es algo valioso. Me parece que es un aporte que la CS sea la última palabra, porque lo traduce o inserta en un lenguaje más común. Los técnicos están presentes, la CS se ha ido tecnificando, pero bajo los ojos de un juez generalista. Eso creo que es un aporte. Le agrega esa traducción al mundo común, que es un aporte a la justicia, al acceso y comprensión de la justicia y cercanía de las soluciones. La CS traduce al experto, y eso creo que es un aporte.

Irarrázabal: ¿Y qué desafío ves en el rol de la CS?

Krause: Yo creo que todo esto es un tema de experiencia, se tiene que ir tecnificando más. Los fallos de la CS quizás tienen que ser más concisos y precisos, para lograr ir sentando principios. Estamos en la época en que la motivación es importante y pensamos que, mientras más largo lo que decimos, mejor. Yo creo que es al contrario. Cuando uno dice tantas cosas, uno termina diciendo demasiado e incluso cosas que se contradicen. Hay que ir perfeccionando la concreción, la precisión y a partir de eso sacar reglas generales.

Esa es la misión de la CS: ir generando criterios generales que puedan guiar hacia futuro.

Irarrázabal: ¿Te parece adecuado el actual tipo infraccional del derecho de competencia, el famoso articulo 3? ¿No hay mucha incertidumbre en su redacción?

Krause: Creo que como tipo infraccional, si uno lo compara con otros tipos infraccionales, tiene muchas virtudes, porque a pesar de la amplitud, da ejemplos y esos ejemplos tienen precisión. Es una mezcla entre la generalidad y la precisión que creo bastante útil para su aplicación. Es una virtud que ejemplifique, pero que no cierre las posibilidades a futuro.

Y también creo que la incertidumbre es algo con lo que hay que convivir en un mundo como la libre competencia. Y como siempre, lo importante es cómo justifico yo que un determinado acto cae dentro de la hipótesis normativa. Es una seguridad más fluida y sensible a transformaciones y a al vez más fácil de destruir. O quizás las cosas más flexibles son menos febles después de todo.

Irarrázabal: ¿Y que te parece el nivel de justificación actual de las sentencias del TDLC y de la CS?

Krause: Repetiría lo mismo, yo creo que se hace un esfuerzo grande por fundamentar. Se ha ido mejorando esa fundamentación. El desafío a futuro es la precisión y la consciencia de que lo que estoy afirmando hoy es algo que tiene vocación de permanecer en el tiempo.

En la medida en que los tribunales empiecen a tener esa consciencia, creo que podrán decir mucho menos de lo que dicen; y lo que dicen tendrá bastante más peso. Y por tanto habrá más responsabilidad de mantenerlo. El desafío sobre todo es la concisión, precisión y mantención de los criterios.

Irarrázabal: Y eso es un poco la universalidad ¿no?
Krause: Sí.

El litigio como forma limitada de solución de conflictos y la falta de confianza

Irarrázabal: El litigio en el paredón ¿Es la forma óptima de resolver la tensión en el derecho de competencia? ¿Qué limitaciones tiene ese formato? ¿Deberían desarrollarse otras formas más flexibles?

Krause:  Yo creo que el litigio nunca es la forma óptima de solucionar un conflicto, tal como en el derecho penal, llegar al litigio debería ser la ultima ratio: solo si no hay otra forma de llegar a la solución.

Yo sé que hay veces en que el litigio es necesario, porque lo que hace sobre todo la sentencia es permitir que las personas mantengan la confianza en las reglas, a pesar de la infracción. Esa declaración es un mensaje potente al ciudadano.

Pero pienso que no hay que utilizarlo demasiado. Nosotros somos muy litigiosos, nuestra formación como abogados es muy litigiosa. Yo creo que hay que pensar otras formas más flexibles.

Hay otras formas de conseguir los mismos objetivos sin todo el costo que significa un litigio. Nunca se consideran el costo que tienen: un costo social, un gran costo económico, que muchas veces no se ven compensados por los beneficios que se obtienen. Entonces mi impresión es que hay que dejarlo para los casos en que sea necesario.

Otras soluciones pueden ser los acuerdos, compromisos de actuación futura. Generan medidas que son mucho más optimas. El litigio es binario: se es culpable o inocente y no hay otra fórmula. En cambio, cuando se llega a un acuerdo se puede convenir con otro actuaciones futuras. Se puede ajustar la solución al caso concreto y a la necesidad concreta que quieres satisfacer.

Parece bastante óptimo para conseguir ciertos objetivos, siempre que no estén en riesgo temas esenciales. Yo el litigio lo guardaría para aquellos casos en que se necesita resguardar la vigencia de normas, porque de otra manera la confianza en las instituciones decrece mucho.

Irarrázabal: ¿Y tu tienes la impresión de que los operadores en libre competencia (Tribunal, Fiscalía, CS) tienen conciencia de esto? ¿De las limitaciones o costos propios del litigio y de la necesidad de explorar otras formas de solución de los conflictos?

Krause: Yo creo que a lo mejor son conscientes, pero quizás no ven tantas salidas alternativas. Nuestro sistema jurídico permite muchas más soluciones que las que estamos implementando, pero hay un ambiente de desconfianza de las autoridades respecto de los regulados y viceversa, que vuelve difícil otra solución. Es el ambiente el que restringe. Quizás la emoción que hay en el sistema jurídico impide otras soluciones que no sean el litigio.

Si hay alguno consciente, quizás no ve tantas alternativas plausibles y reales para solucionar el problema.

Irarrázabal: Nombraste la desconfianza, confianza, un palabra que tu has estudiado, incluso tienes un paper sobre eso con un filósofo. ¿Qué importancia tiene la confianza en el fenómeno legal?

Krause: Creo que la confianza es un tema del que es difícil hablar, porque está en todas partes. Yo creo que son centrales en la vida. En general la confianza lo que produce es facilitar la cooperación o perjudicarla.

Por lo tanto, en el ámbito legal sucede lo mismo. Cuando no hay confianza, hay muchos controles, la norma emerge como la forma de salvar los déficit de confianza. Por lo tanto, excesivas regulaciones o regulaciones muy pesadas se esfuerzan en evitar que el otro te engañe, más que en buscar una solución distinta.

La desconfianza en el mundo legal tiene el mismo efecto que tiene en general: dificulta la acción. Cualquier acción posible y sobre todo las colectivas que requieren colaboración, se dificultan por la falta de confianza.

Irarrázabal: ¿Pero no estamos los abogados programados para desconfiar? ¿No estamos educados para la desconfianza?

Krause: Yo creo que eso es cierto y por eso critico la formación que recibimos. Es muy litigiosa, muy desconfiada, de poca colaboración. Eso es algo de “deformación”

Irarrázabal: ¿Qué te parece el nivel de fundamentación de los tribunales y la CS? Algo ya nos adelantaste sobre esto

Krause: Yo creo que es algo que se ha ido avanzando y es algo que se puede perfeccionar con la búsqueda de mayor concisión y con la vocación de universalidad que debiera estar en el ADN de cualquier persona que decide. No solo los jueces, sino también todo órgano administrativo. La racionalidad te impone esa exigencia.

Irarrázabal: ¿Son las sanciones adecuadas en el actual sistema de libre competencia en Chile?

Krause: Yo pienso que sí, porque son sanciones variadas y además te permiten un ajuste, dependiendo de la gravedad del hecho y de las circunstancias particulares. Yo pienso que sí, por el tipo de sanciones que ofrece el sistema y por la posibilidad de graduación que permite ese ajuste.

Irarrázabal: Vamos ahora a un tema más personal ¿Por qué estudiaste derecho? Y con lo que sabes ahora ¿Volverías a elegir la misma carrera?

Krause: No sé porque estudié derecho. Tenía pensado estudiar otras cosas distintas, y de hecho la noche anterior me decidí a postular, pensando que era una carrera humanista que daba muchas posibilidades, aunque no conocía ningún abogado. Esa fue la decisión. Pero no estuve muy convencida y no estoy muy convencida.

Y si tuviera que tomar hoy esa decisión, quizás estudiaría ciencia cognitiva, me gusta el ámbito de pensar por qué la gente piensa lo que piensa. Quizás estudiaría neurociencia, ciencia cognitiva. Son disciplinas multidisciplinarias que son lo que me interesa, esta  frontera entre distintas visiones.

Irarrázabal: Por curiosidad, ¿Cuáles eran las alternativas que desechaste esa noche anterior?

Krause: Pensé en psicología, periodismo e incluso medicina, porque pensé en psiquiatría, porque me gustaba hablar con la gente. Pero después pensé que quizás no era apta para eso.

Irarrázabal: ¿Y cómo es Soledad Krause como abogada? ¿Cómo te defines tu como abogada?

Krause: Como un abogado a medias me defino yo. O un abogado no muy convencido de ser abogado. O quizás como un abogado de profesión, porque si me preguntarás que soy yo, jamás te diría que abogado. Te diría que trabajo de abogado, pero que no soy abogado. Así que un abogado a medias, poco convencido, algo así.

Irarrázabal: Pero a ver, desarrolla más eso ¿Qué significa a medias? Porque tu eres de las personas más estudiosas  del fenómeno legal

Krause: Quizás me cuesta definirme, creo que ahí está el problema. Si uno se define o no por una profesión. Yo no me defino por ésta. Por eso me hace sentido a medias.

Irarrázabal: Ya, pero tienes una cantidad de horas de vuelo enorme.

Krause. Que vamos a hacer, es así no más.

Irarrázabal: ¿Qué talentos que tienes crees que no has ocupado por las limitaciones propias del derecho?

Krause: Creo que tengo una parte humana, a mi me gusta mucho conversar, soy buena para escuchar a la gente y creo que eso no es tan desarrollado en esta profesión.

Sobre todo cuando uno tiene de cliente o contraparte una persona jurídica, esa habilidad de escucha no es tan relevante. O uno tiene escuchar una historia que solo se refiere a un ámbito y a mí me interesan muchas más cosas. Yo creo que esa relación humana es algo que cuesta desarrollar en esta profesión.

Irarrázabal: ¿Y qué cosas crees que has desarrollado en exceso?

Krause: No lo sé, yo creo que la desconfianza es algo que he desarrollado en exceso, lo de la confianza no es algo que yo aplique. Un litigante se va poniendo muy desconfiado y creo que eso es algo muy negativo. Uno ve las cosas distorsionadas, es una enfermedad profesional del litigante en esta formación antigua. Yo espero que los futuros litigantes tengan otra formación distinta, pero los de mi época al menos, creo que tienen esa enfermedad profesional.

He desarrollado mucho la desconfianza y por eso hablo tanto de la confianza, aunque no la pueda conseguir.

Irarrázabal: Y tu doctorado en España ¿Cómo fue esa experiencia? ¿por qué decidiste hacer un doctorado en derecho penal? ¿Por qué decidiste hacerlo en España?

Krause: Bueno, yo creo que el derecho penal siempre me gustó porque es de esas disciplinas que juegan con otras ramas sociológicas. La pregunta básica de por qué el Estado puede sancionar a alguien es una pregunta filosófica básica. Juega mucho con la psicología, antropología, sociología. Yo creo que es la rama del derecho en que uno ve al hombre más al desnudo y al Estado también. El Estado frente a este sujeto.

Yo creo también que no es extraño que a todos los que les gustan otras ramas de las ciencias sociales se sientan atraídos por el derecho penal y su desarrollo dogmático. Yo tuve además a Juan Bustos de profesor y es una persona que me marcó muchísimo por su sencillez y sus conocimientos. En mi curso 10 personas estudiaron penal en postgrado, lo que significa que él nos marcó a fuego.

Irarrázabal: ¿Qué otros profesores de la Chile te marcaron?

Krause: Antonio Bascuñán, lo tuve en primero y me marcó mucho. Bernardino Bravo, también lo tuve. Una persona que para mí fue bien significativa. Armando Uribe, en quinto, una persona que también por otras razones muy distintas y por su visión de las ciencias sociales. Tenía una visión muy crítica del mundo, yo lo encontré muy interesante. Era poco abogado, era muy ser humano el que aparecía y era muy interesante por su poesía, por sus otras cosas. Yo diría que ahí están. Don Eduardo Soto Kloss también lo tuve de profesor y me marcó por la fuerza de sus convicciones. En muchas cosas yo no compartía con él, pero esa fuerza que tenía para fundamentar me pareció muy meritorio.

Irarrázabal: Con lo multifacética que has sido en tu formación y en tu profesión como abogado ¿Qué áreas del derecho te quedan por explorar?

Krause: Me interesan las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial, creo que es el mundo del futuro. Yo creo que además se van a necesitar personas técnicas que ofrezcan ese acceso a la tecnología y cómo regular eso. Y las consecuencias que va atener. Ya nos están afectando en nuestra vida diaria y son interesantes esos fenómenos. Es sumamente interesante este mundo inmaterial en que estamos viviendo y que desafía los paradigmas que tenemos.

Irarrázabal: ¿Libro preferido?

Krause: Estas preguntas son las más difíciles. Yo abandoné la preferencia, ya no tengo un libro preferido. Yo creo que está bien, porque uno se va fragmentando a lo largo de la vida, y no hay un solo personaje que tenga voz para apropiarse de esta persona. Asique ni libros, ni películas, tengo muchas cosas que me gustan, pero me han ido gustando en distintas épocas, en distintos momentos.

Preferido ya no hay, no lo encuentro malo.

Irarrázabal: Dime un solo consejo que le darías a estudiantes de derecho.

Krause: Yo creo que tienen que querer lo que hacen. Poner el corazón ahí. Todas las cosas que se hacen con esa intensidad y esa dedicación son fructíferas. Y decirles que se fijen en las personas que lo marcan en la vida, que son las personas que ponen el corazón en lo que hacen. No son las más talentosas ni las más inteligentes. Son esas personas que uno las ve brillar porque están ahí completamente. Si pueden estar en su formación y su profesión con esa dedicación, es el principio de una vida fructífera.

Irarrázabal: ¿Y para un asociado de un estudio de abogados?

Krause: Yo creo que aquí depende de lo que quiera el asociado. Pero si quiere seguir a la carrera hacia el socio, o no solo eso, si quiere ser un buen abogado, mi consejo es que siempre vaya más allá. Que no se quede solo con lo que le dicen, que no investigue solo lo que le piden, sino que vaya más allá, que piense más allá.

Y lo otro, es que no pregunte antes de investigar.  Es una disciplina muy importante que hay que tener de buscar primero. Y la pregunta al otro en la solución del problema es la última instancia. Hay que tratar de buscar y solucionar los problemas uno mismo. Ir más allá. Ese es mi consejo: vayan más allá de lo que se les pide y no se queden con lo que uno les pide. Aporten con su propia visión. Eso es lo que uno valora en los cargos directos: el que no se queda solo con lo que le están pidiendo, aporta algo distinto, lo piensa distinto. Eso muestra el interés en los temas.

Irarrázabal: ¿Y un consejo para un buen litigante?

Krause: Yo creo que un buen litigante es el que se anticipa. Yo le diría anticípate. Yo creo que un caso perfecto no existe. Siempre un caso es imperfecto y con problemas. Hay que saber cuáles son esos problemas y tener un camino de acción ante esos problemas.

Uno es buen litigante si no tiene sorpresas. Anticípate.

Irarrázabal: ¿Alguna pregunta que te quieras hacer y contestar al mismo tiempo?

Krause: No, creo que no.

Irarrázabal: Muchas gracias Soledad, un privilegio haber conversado contigo y haber recibido todas estas enseñanzas, ideas y pensamientos, que son fruto de muchas horas de trabajo y reflexión.

Así que muchas gracias, nos estaremos viendo.

Krause: Gracias a ti Felipe.

[Fin de la grabación]