Reportaje de El Mercurio sobre el Especial de CeCo Constitucional | CeCo
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Reportaje de El Mercurio sobre el Especial de CeCo Constitucional

Reportaje de El Mercurio sobre el Especial de CeCo Constitucional

28.04.2021

Extracto del reportaje realizado por El Mercurio (periodista Azucena González) sobre el Especial Constitucional publicado por CeCo el 14 de abril y la entrevista a Felipe Irarrázabal, Director de CeCo, sobre la materia. El Mercurio, 24 de abril de 2012, Economía y Negocios B 16.

«Como creemos que inexorablemente va a estar en la discusión, quisimos guiarla» dice Felipe Irarrázabal, exfiscal nacional económico, quien en su rol actual como director del Centro de Competencia (CeCo) de la UAI está liderando una investigación que levanta una voz de alerta, en medio del debate constitucional: cómo los temas de libre competencia debieran —o no— ser tratados en la futura Constitución, en un contexto en que se prevé que en Chile los temas económicos tendrán un mayor desarrollo en la nueva Carta, sobre todo, dado el camino hacia una mayor presencia del Estado, en vista a la satisfacción de mayores derechos sociales.

CeCo tiene pronosticado presentar esta investigación —que considera también a otros autores (ver recuadro)—, en un seminario agendado para el 11 de mayo, justo antes de las elecciones para convencionales reagendadas hasta la fecha para el 15 y 16 de mayo. Al evento están invitados Enrique Vergara y Ricardo Riesco, las máximas autoridades del TDLC y la FNE, respectivamente.

La actual Constitución chilena no tiene referencias a temas relativos a la libre competencia, lo que no ha impedido que sus organismos funcionen con éxito. Pero Irarrázabal cree que la posibilidad de que el Estado se constituya como un Estado empresario tendrá «repercusiones» en temas de libre competencia, pues los organismos deberán prepararse para que la cancha esté pareja y las reglas se apliquen a todos por igual. «Las autoridades de libre competencia van a tener un rol relevante en ver que no existan malas prácticas entre esos dos tipos de actores y que ninguno asfixie al otro, que puedan jugar en la cancha con reglas que sean fair play«, resume. «Si el Estado se convierte en un importante productor de bienes y servicios y compite con privados en mercados específicos, los organismos de competencia tendrán un reto adicional. Tendrán que asegurar que esa competencia se dé en una cancha pareja, sin distorsiones, subsidios o arbitrariedades«, expone.

Por ende, además de ver temas de carteles, posición dominante o control de fusiones —cree el exfiscal—, van a tener que estar revisando directa o indirectamente este equilibrio entre las empresas estatales con el mundo privado, lo que plantea «reforzar o establecer cuestiones básicas de la libre competencia en la misma Constitución«, estima.

Si se empieza a correr la aguja hacia un mundo de mayor intervencionismo y actuación estatal a un nivel más amplio —que incluye empresas productivas que generen bienes—, podría ser más relevante tener alguna norma constitucional. Si Chile transita hacia una economía en donde el Estado tenga una mayor injerencia como productor de bienes y servicios —sin caer en una planificación central férrea—, ahí pareciera prudente incluir a la libre competencia a nivel constitucional«, enfatiza Irarrázabal. ¿En qué punto se estaría en presencia de ese tránsito? Principalmente si se modifica el actual artículo 19 N° 21 de la Constitución, y se permite un Estado empresario sin necesidad de una ley con quorum especial, precisa. Hoy la Carta considera una ley de quorum calificado para habilitar al Estado para desarrollar actividades empresariales. Ahora bien, para el director de CeCo, si se opta por incluir a la libre competencia en la Constitución, debiera ser como un «principio orientador«, con un texto como el siguiente: «El Estado promueve y defiende la libre competencia en los mercados. Solo por ley y en forma excepcional se podrán conceder monopolios para el ejercicio de actividades económicas«, plantea, manifestando además que esa normativa no debiera detallar organismos ni conductas, de modo de evitar rigidizar la norma.

Irarrázabal hace ver también otras consecuencias prácticas de un cambio de esta naturaleza: «Si el Estado chileno va a tener más injerencia en sectores productivos, sería razonable que organismos como la FNE y TDLC, cuenten con más presupuesto, porque les va a implicar más trabajo el hecho de tener mercados donde existan organismos públicos comprometidos”, sentencia.

(…)

La investigación que dirige CeCo incorpora trabajos y comentarios de otros autores, en particular un documento del abogado Jorge Streeter, quien se ha desempeñado como profesor de derecho económico de la U. de Chile y tiene una vasta experiencia profesional, pues ha trabajado en diversos estudios chilenos, como Claro y Cia, Philippi y en FerradaNehme. En 2006 Streeter incluso sonó como eventual candidato a contralor durante el gobierno de Bachelet.

En su trabajo —titulado «Elementos Constitucionales del Régimen Económico»— aborda una serie de materias económicas basado en la experiencia constitucional chilena. Por ejemplo, plantea de plano lo importante de ser concreto, escueto, claro y preciso, y de «apartarse de términos doctrinarios como el de subsidiariedad«, y de conceptos difusos o indeterminados. «El Estado de Derecho no se fortalece por la mera extensión de los textos«, plantea en su análisis. Cree que en vista de la realidad local, no debe ser ni un régimen de mercado capitalista ni tampoco de planificación centralizada. Habla más bien de un “mercado guiado», en vista de la protección de personas vulnerables, en particular en sectores como salud, educación y vivienda.

Y advierte: «si en la sociedad los conglomerados empresariales de mayor connotación se dejan coger por la fiebre de crecer en todas las direcciones y ponen como su principalísima finalidad la obtención de beneficios, sin dar importancia a su situación en la comunidad, las cosas se deterioran para todos«, expone.

Sobre el Banco Central, Streeter hace una abierta crítica a la reciente legislación que permitió al instituto emisor comprar en el mercado secundario instrumentos de deuda emitidos por el fisco en situaciones excepcionales, «Es un mal presagio (…) todos sea por el dinero fácil para atender la exigencia del momento, aunque el peso para el futuro pueda ser insoportable«, indica en su texto.