Precios y fijación de precios [Porqué regular y más] | CeCo
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Precios y fijación de precios

Precios y fijación de precios

1. Economía de mercado

La economía es la ciencia social que analiza la asignación de recursos que son escasos. En una economía de mercado existen dos fuerzas: la oferta y la demanda. La principal herramienta para alcanzar el equilibrio en una economía de mercado son los precios. El precio fluctúa para igualar la oferta y demanda de los bienes y servicios. Pero, ¿por qué es importante que un mercado se encuentre en equilibrio o al menos tienda a él?

Para Thomas Sowell, destacado economista en la Universidad de Stanford, el papel principal de los precios es proveer de incentivos financieros con el fin de afectar el comportamiento en el uso de recursos para la producción del bien final. Es decir, los precios no guían solamente a los consumidores, sino que también a los productores. Una economía coordinada a través de precios permite que los consumidores señalen cuánto quieren y cuánto están dispuestas a ofrecer por ello, mientras que los productores señalan qué están dispuestos a ofrecer y, a cambio de qué compensación.

La cantidad ofrecida varía directamente con el precio, mientras que la cantidad demandada varía de manera inversa con él. Intuitivamente, cuando el precio es menor al de equilibrio, aumenta la demanda por el bien, lo cual genera una presión al alza en el precio. Por el contrario, un precio mayor al de equilibrio genera un exceso de oferta y una escasez de demanda, lo que genera una caída en los precios, para luego llegar al precio de equilibrio.

2. Precio máximo y precio mínimo

En su libro “Basic Economics”, Sowell nos ayuda a entender los efectos de la fijación de precios con límites establecidos por ley. Para eso, primero, es necesario comprender: ¿Por qué y cómo aumentan los precios? ¿Por qué y cómo caen los precios? Por un lado, los precios aumentan cuando la demanda excede a la oferta, al nivel de precios existentes. Por el contrario, los precios caen cuando la oferta excede a la demanda, a los precios existentes. Así, el primer caso se denomina escasez, mientras que el segundo, excedente.

En la Figura 1 se observa gráficamente el efecto de una fijación de un precio mínimo y otra de una fijación de un precio máximo, sobre la cantidad demandada y ofrecida. En el primero caso, la fijación de un precio mínimo (mayor al precio de equilibrio), genera un exceso de oferta en relación a la cantidad demandada. En el segundo caso, se observa que la fijación de un precio máximo (menor al precio de equilibrio), provoca un exceso de demanda en relación a la cantidad ofrecida.

Figura 1

El salario mínimo es un ejemplo clásico de precios mínimos fijados por las autoridades. Otro ejemplo, mencionado por Sowell, son las distintas formas que aplicó el gobierno de Estados Unidos -producto de la Gran Depresión de 1929- para mantener los precios de los agricultores artificialmente altos. En consecuencia, el gobierno estuvo dispuesto a comprar el exceso de oferta, pues a ese nivel de precios, la cantidad ofrecida por los agricultores fue mayor a la cantidad demandada.

El control de precios de alquiler es el ejemplo por excelencia para el caso de precios máximos, tal como se aplicó desde la década de 1970 en Washington, California, Nueva York, entre otras ciudades y estados en EE.UU. El objetivo de dicha política es mantener los precios artificialmente bajos, con el fin de que el arriendo de viviendas sea más accesible para toda la población.

Sin embargo, aunque las intenciones sean nobles, las consecuencias son varias. Para el caso de la fijación de un precio máximo, hay acaparamiento, puede emerger un mercado negro para cobrar precios mayores a los establecidos, hay escasez de productos y posiblemente un deterioro de la calidad. Para el caso del establecimiento de un precio mínimo, la principal dificultad es el exceso de oferta al precio existente.

3. ¿Por qué regular?

En teoría -en mercados competitivos- las razones para regular el precio prácticamente no existen, pues en un mercado sin fallas, éste cumple su tarea de regular las fuerzas de demanda y oferta. En consecuencia, desde la teoría económica no se recomienda la fijación de precios como una herramienta de uso general.

No obstante, existe consenso entre economistas de que, en algunos casos donde existan fallas de mercados, se justifica la fijación de precios u otros mecanismos de intervención estatal. Por ejemplo, para el caso de monopolios naturales o en presencia de externalidades.

Las fallas de mercado surgen en situaciones donde alguno de los agentes tiene la capacidad de influir en el precio o cantidad de equilibrio, cuando hay información imperfecta o asimétrica o cuando existen fuertes barreras a la entrada, como, por ejemplo, altos costos hundidos.

4. Regulación de precios en monopolios naturales

Una industria es un monopolio natural cuando la producción de toda la oferta por parte de una única empresa minimiza los costos. En tales circunstancias, la solución eficiente implica la existencia de un único competidor, el cual debe ser regulado para evitar que abuse de su poder de mercado.

En la Figura 2, se observan las curvas presentes en un modelo de monopolio natural. En este caso, la competencia no es sostenible, pues para un precio competitivo igual al costo marginal, el costo medio (AC) siempre es mayor al costo marginal (MC) y las firmas siempre incurrirán en pérdidas.

Figura 2

Fuente: Church & Ware, Industrial Organization: A Strategic Approach (2000).

Así, un monopolio natural existe si, para la cantidad relevante de producción, la función de costos es subaditiva. Esto significa que, para cualquier división de la producción entre N firmas, los costos de la industria son mayores que si la cantidad total es producida por una única empresa (Church & Ware, 2000).

Si la industria es un monopolio natural, el control a la entrada debe ser complementado con un control de precios. El ingreso de más de una firma es ineficiente, pues aumentan los costos, pero -a la vez- se desea evitar el comportamiento monopólico de la empresa.

Un supuesto clave para la tarificación en este escenario es que el regulador cuente con información perfecta sobre los costos de la empresa y el esfuerzo que realiza para la minimización de esos costos. Asimismo, en general, se considera el caso de un monopolista multi-producto –es decir, que ofrece más de un solo bien-, ya que, no solo es más realista, sino que también tiene implicancias en el método de tarificación.

Por último, un monopolio natural permanente es poco común, principalmente producto de los cambios tecnológicos. El cambio técnico puede hacer variar la función de costos y, por ende, hacer viable la competencia. El problema, es que la regulación raramente “desaparece” con el monopolio natural (Viscusi et al., 2005).

Existen varias formas de tarificación de un monopolio natural. El mejor escenario, también conocido como “first-best” es aquel que logra simular el escenario de competencia perfecta, es decir, fijar un precio igual al costo marginal. En caso de no poder aplicar esta tarificación, se recurre a soluciones “second-best” o segundas mejores opciones. Este es el caso de la tarificación a la Ramsey, que busca maximizar el excedente total, sujeto a que la empresa alcance el punto de equilibrio (nivel mínimo de ventas que iguala los costos totales con los ingresos totales). Dado que la tarificación con precios Ramsey es difícil de aplicar, en la práctica se han utilizado otras metodologías, tales como la regulación de la tasa de retorno, la regulación por “price-cap” o a través de una empresa modelo eficiente.

4.1. Mejor escenario de tarificación

El mejor escenario de tarificación (“first-best”) para el caso de un monopolio natural débil -cuando las economías de escala se agotan al llegar a una cantidad determinada, es decir, existe una cantidad q tal que el costo marginal es mayor al costo medio- de un solo producto, es fijar un precio igual al costo marginal (el cual es rentable para el monopolista), tal como se ve en el lado izquierdo de la Figura 3.

Por el contrario, en el caso de un monopolio natural fuerte -cuando las economías de escala no se agotan y el costo marginal siempre es menor al costo medio- (gráfico en el lado derecho), la fijación de precios (P^{S}) al nivel del costo marginal implica que la firma obtiene beneficios negativos, iguales a (a+b+c), pues el costo medio es mayor al costo marginal. Así, la empresa no estará dispuesta a cobrar un precio P^{S} a menos que le otorguen un subsidio igual a (a+b+c). Por consiguiente, la tarificación a la Ramsey obtiene la tarificación óptima sujeto a que la firma no obtenga beneficios negativos.

Figura 3

Fuente: Church & Ware, Industrial Organization: A Strategic Approach (2000).

4.2. Tarificación a la Ramsey

El segundo mejor (“second-best”) resultado posible se define como el precio y la cantidad que maximizan el excedente total sujeto a que la empresa alcance, al menos, el punto de equilibrio. Los precios y cantidades que logran esto se denominan precios Ramsey (Church & Ware, 2000).

En el caso de un monopolio de un solo producto, la tarificación a la Ramsey implica encontrar el precio más cercano al costo marginal que permita que la empresa se encuentre en el punto de equilibrio. Como se observa en el gráfico derecho de la Figura 3, equivale al precio P^{R} y la cantidad Q^{R}, con una pérdida social igual al área (e+b).

En 1927, el autor inglés Frank P. Ramsey propuso una tarificación que depende inversamente de la elasticidad de demanda, considerando un monopolio natural multi-producto y suponiendo, por simplicidad, que las demandas de los productos son independientes, con el fin de maximizar el bienestar total. Así, la regla que recomendó fue la siguiente:

\frac{P_{i}-CMg_{i}}{P_{i}}=\frac{\lambda}{\eta_{i}}

Donde P_{i} representa el precio del bien i, CMg_{i} representa el costo marginal del bien i, \lambda representa una constante y \eta_{i} representa la elasticidad de la demanda.

Sin embargo, la tarificación a la Ramsey posee ciertas limitaciones. En primer lugar, es intensiva en información, pues requiere del conocimiento por parte de las autoridades de los costos de la firma, la demanda y la elasticidad. Segundo, las asimetrías de información entre la empresa regulada y el regulador pueden incentivar a la empresa a comportarse de manera estratégica.

En resumen, la tarificación a la Ramsey maximiza el bienestar social cuando estamos en presencia de un monopolio multi-producto y cumple también con cubrir los costos fijos de la firma. Propone un precio inversamente proporcional a la elasticidad de demanda, por lo que los consumidores menos sensibles al precio tendrán que contribuir más que aquellos con una mayor sensibilidad.

4.3. Regulación de la tasa de retorno

En EE.UU. usualmente se utiliza la regulación de la tasa de retorno (ROR, por sus siglas en inglés) para limitar el rendimiento de los servicios públicos que constituyen monopolios -como el gas y la electricidad- en lugar de controlar los precios directamente. Sin embargo, este mecanismo de regulación no incentiva a las empresas a comportarse de manera eficiente (Perloff & Carlton, 2015), pues estimula la sobreinversión y no incentiva el ahorro en costos.

Bajo este modelo, generalmente se estima el precio que permite obtener una tasa de retorno r en dos etapas. En una primera etapa, el regulador, en conjunto con la(s) firma(s) estiman el precio que les permite cubrir los costos, a partir de información histórica. En la etapa posterior, se determina el precio consistente con el retorno r considerado “razonable”.

La principal limitación de este enfoque proviene de que, aun en el mejor de los escenarios, es improbable que la regulación arroje precios iguales al costo medio de largo plazo, lo cual es un requisito para la eficiencia asignativa. Es más, tampoco estimula la eficiencia productiva, consecuencia del incentivo a sobre-invertir en capital (Bustos & Galetovic, 2002).

4.4. Regulación por price-cap

Este tipo de regulación fija un precio máximo que puede cobrar el ente regulado. También se estima sobre la base de una empresa real y obtiene un retorno sobre el capital invertido -al igual que el ROR- pero a diferencia de este último, intenta estimular la eficiencia productiva. En efecto, la tarifa se mantiene constante por un periodo de tiempo con el fin de incentivar a las empresas a reducir los costos. Una vez finalizado este periodo, la autoridad vuelve a fijar los precios, incorporando la reducción en los costos. Así, en la medida en que pasa el tiempo, el modelo se asemeja más al ROR en relación a los incentivos, pues cada vez existen menores ganancias en eficiencia (Butelmann & Drexler, 2003).

Si bien este tipo de regulación logra corregir las distorsiones de la regulación por tasa de retorno, también posee ciertas limitaciones. Entre ellas, si la regulación no es la adecuada, las empresas pueden disminuir la calidad del producto o servicio con el fin de reducir costos; las asimetrías de información entre el principal (regulador) y el agente (empresa regulada) dificultan los ajustes del precio máximo; entre otras.

5. Caso chileno: la empresa modelo eficiente

En Chile, desde la década de 1980, se calculan las tarifas en la regulación de monopolios naturales en base a una empresa modelo eficiente, la cual produce la cantidad demandada “al mínimo costo técnicamente posible” (Bustos & Galetovic, 2002). En este caso, la empresa real es capaz de obtener beneficios normales solo si es tan eficiente como la empresa ficticia y en caso de no serlo, debe asumir los costos.

De esta manera, la autoridad intenta simular la competencia fijando tarifas según las que cobraría una empresa eficiente creada “a partir de cero” y tomando en cuenta las condiciones que enfrentaría una empresa real.

En la industria de telecomunicaciones, por ejemplo, la ley de telecomunicaciones chilena (Artículo 30° A y C, Título V, Ley 18.168 de 1982) define a una empresa modelo eficiente como aquella que “opere con los costos indispensables para proveer los servicios […] sujetos a regulación tarifaria, en forma eficiente, de acuerdo a la tecnología disponible y manteniendo la calidad establecida para dichos servicios” (Bustos & Galetovic, 2002).

Bajo este modelo nuevamente surgen problemas de asimetrías de información. En particular, el regulador no es capaz de estimar la tarifa “desde cero” y debe solicitar información a la firma sobre costos, demandas y otros parámetros relevantes. Así, la firma regulada tiene conflictos de interés, en cuanto tiene incentivos a reportar costos más altos o una menor demanda. En la práctica, “el punto de referencia es la empresa real menos las ineficiencias más evidentes” (Bustos & Galetovic, 2002).

6. Referencias

Thomas Sowell – Basic Economics (2015).

Church & Ware – Industrial Organization: A Strategic Approach (2000).

Viscusi, Harrington & Vernon – Economics of Regulation and Antitrust (2005).

Perloff & Carlton – Modern Industrial Organization (2015).

Bustos & Galetovic – Regulación por Empresa Eficiente ¿Quién es Realmente Usted? (2002).

Butelmann & Drexler – La regulación de monopolios naturales en Chile (2003).