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Reavivamiento Constitucional

8.11.2023
CeCo Chile
Felipe Irarrazabal, Abogado Universidad de Chile
Felipe Irarrázabal Ph. Director CeCo UAI.

He escrito seis columnas en este medio sobre el asunto constitucional. Pensé que era suficiente. Que usted estaría cansado de leer otra más. Que podría reaccionar como el vampiro que encarna Vadell en la última película de Larraín (El Conde) con un susurrante: “Qué lata”.

No es que me falten temas. Quería escribir sobre la ansiedad en el mundo moderno y para eso me había leído un reciente superventas, que venía con trucos y recetas. También tenía en la cabeza una columna sobre los desafíos de la libre competencia en Estados Unidos —a propósito del caso Amazon— y otra sobre las inversiones extranjeras que pudiesen lesionar los intereses estratégicos del país.

Pero reapareció la discusión sobre la carta magna cuando este lunes el Consejo Constitucional aprobó el texto definitivo a plebiscitar. Luego vinieron las declaraciones ansiosas del gobierno, de los políticos nerviosos y las columnas de los expertos.

Es lo que hay y hay que armarse de valor: Quiera o no tendrá que levantarse el 17 de diciembre a votar y elegir uno u otro menú: el proyecto del Consejo o la actual constitución.

La tarea es compleja. No es fácil entender el sentido último de una norma e intentar adivinar sus efectos, en particular cuando tienen, en general, un nivel de abstracción propio de un texto constitucional. El proceso se hace largo al analizar muchas normas, como ocurre con el proyecto. Una vez entendidas, viene un camino frustrante: hay cosas que nos gustan y otras que nos disgustan, y se nos fuerza a elegir entre dos alternativas binarias. O sea, entre dos menús fijos, aquí no hay platos a la carta.

«En suma, el envigado económico grueso se encuentra debidamente afiatado, manteniendo ideas matrices de la actual Constitución, con ciertas felices innovaciones».

Me armé de valor y me exigí (desoyendo al gurú de la ansiedad) leer el documento completo. La propuesta es larga (216 artículos permanentes y 62 transitorios) y a ratos pensé que estaba leyendo una ley —por su especificidad— más que una Constitución. Al menos —reflexioné— no era un programa político desvencijado, como el aberrante texto del año pasado. Algo es algo.

Déjenme concentrarme en las vigas económicas esenciales del proyecto. Si no es su tema y ya empezó a bostezar –aunque le advierto que la economía lo inunda todo—, le sugiero saltarse los párrafos siguientes y aterrizar al final.

En el capítulo de derechos y libertades fundamentales del proyecto se establece que se podrá desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la salud pública —reemplazándolo por la moral, como reza la actual Constitución—, orden público o seguridad, respetando las normas legales (16 N°32). Luego, el proyecto replica a la vigente carta en relación con la neutralidad competitiva (que desconocía el proyecto del 2022): las empresas públicas solo podrán aprobarse por ley de quórum calificado y ajustarse a la legislación común, salvo que esa ley establezca que hay motivos justificados para una legislación especial. El proyecto innova en tres materias: prohíbe que las empresas estatales regulen, fiscalicen o supervigilen actividades económicas, obliga al Estado a incentivar el emprendimiento y la innovación y a promover y defender la libre competencia.

En el mismo capítulo se establece, nuevamente siguiendo la actual Constitución, que el Estado no discriminará arbitrariamente en materia económica (16 N°33) y que hay libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, salvo los que sean comunes a todas las personas o de la Nación y así lo declare una ley (16 N°34).

A continuación, se regula el derecho de propiedad, tanto en bienes corporales como incorporales y que la expropiación solo procede por causa de utilidad pública, en cuyo caso se pagará una indemnización en dinero efectivo al contado (16 N°35), regulándose asimismo las concesiones mineras y los derechos de aprovechamiento de aguas en sintonía con la actual constitución, aunque se agrega una priorización del agua para el consumo humano. Se protege la propiedad intelectual, la propiedad industrial y el derecho de autor (16 N°36), alejándose del proyecto del 2022, que no especificaba que la indemnización se debía pagar al contado, protegía sólo el derecho de autor y cambiaba el régimen de las concesiones y aguas.

Se innova con la inclusión de los derechos del consumidor, estableciéndose el acceso a bienes y servicios de forma libre, informada y segura y el deber del Estado de proteger a los consumidores ante prácticas abusivas (16 N°37).

El proyecto dispone que el Estado deberá adoptar medidas adecuadas para realizar los derechos a la salud, vivienda, agua, seguridad social y educación (24), promoviendo el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas (2). También es un aporte, porque instaura un Estado social, pero se permite su materialización subsidiaria, en especial en vivienda, educación y pensiones. Se advierte, que “los tribunales no podrán definir o diseñar políticas públicas que realizan” esos derechos sociales (25).

En suma, el envigado económico grueso se encuentra debidamente afiatado, manteniendo ideas matrices de la actual Constitución, con ciertas felices innovaciones.

Le tengo una buena y una mala noticia. La buena es que ambas alternativas —respecto al entramado económico— son similares y razonables. La mala es que tendrá que seguir leyendo sobre las otras virtudes y defectos de los dos menús en competencia para adoptar una decisión informada —como los valóricos—, sabiendo que la lista es insufriblemente larga y que su elección puede incluir comida que le desagrade, como brócoli o coliflor.

A mi parecer, el principal ingrediente del proyecto está en otro frente: el sistema político y los mecanismos para evitar la fragmentación, ausentes en la actual carta. Aunque invariablemente conecta con el devenir económico —no hay economía de calidad sin política de calidad—, es una materia para columnistas expertos en esas lides.

 

*Columna publicada en El Mercurio (5 de noviembre de 2023).