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Con la intención de poner a disposición de los ciudadanos una herramienta pedagógica que permita educar y promocionar lo que es el derecho de la competencia y su aplicación e institucionalidad en el Ecuador, la Superintendencia de Competencia Económica (SCE), desde el año 2022 hasta su publicación respectiva en febrero de 2024, trabajó en la guía denominada ‘Hablemos de Competencia’ (de aquí en adelante, “Guía”), misma que en seis capítulos y 66 páginas recoge los fundamentos más elementales de lo que es el funcionamiento del mercado, la razón de ser de la defensa de la competencia, lo que son las conductas anticompetitivas y el control de las concentraciones económicas
Para la ejecución de esta idea, la SCE tomó como inspiración el documento ‘El ABC de la Competencia’ creado por la Secretaría General de la Comunidad Andina y publicado a finales de 2004, donde también se explican los principios básicos de lo que es el mercado y la importancia de la libre competencia a nivel regional. No obstante, uno de los propósitos primordiales de la Superintendencia era realizar un producto que no solo fuera innovador en su forma de transmitir los conceptos a ser desarrollados en la Guía, sino que además evidentemente se encuentre, por una parte, adaptado a la legislación e institucionalidad del Ecuador y por otra, basado en el conocimiento, la doctrina y la jurisprudencia que se generó en el país desde la emisión de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM) en el año 2011. En esta línea, por ejemplo, la Guía tomó como una de sus principales referencias otras guías publicadas por la SCE en los últimos años, siendo estas principalmente:
Así, la tarea fue encomendada a la Dirección Nacional de Comunicación (en adelante, “Comunicación”), y a la Dirección Nacional de Promoción de la Competencia (DNPC), esta última, perteneciente a la Intendencia Nacional de Abogacía de la Competencia (INAC). El punto de partida para la elaboración de la Guía fue la disposición dada a principios de 2022 por parte del Superintendente de Competencia Económica en una primera reunión mantenida con los respectivos equipos de trabajo, quien presentó en la misma el documento de la Comunidad Andina referido anteriormente. Al respecto, en aquella primera conversación se prejuzgó que la adaptación de ‘El ABC de la Competencia’ a la realidad ecuatoriana podía no ser una labor altamente compleja, y que el tiempo de finalización podría requerir apenas unos pocos meses, No obstante, aquel prejuicio no podía estar más alejado de la realidad, por todo lo que se cuenta más adelante.
En primer lugar, había que considerar que hasta ese momento de la gestión del Superintendente no se había realizado un ejercicio de tal calibre a la interna la SCE, por lo que no era viable regresar a ver un ensayo previo que sirva de experiencia (junto con las lecciones a tomar en cuenta) dentro del proceso de elaboración de la Guía.
Asimismo, el documento, según lo premeditado para su diseño, exigía que este tenga un balance apropiado entre la mínima rigurosidad técnica de la especificidad de lo que es el derecho de competencia y la claridad de lo que se quería exponer para entendimiento de lectores de (al menos) la capacidad de estudiantes de bachillerato. Esto suponía uno de los problemas centrales para los equipos de trabajo correspondientes de la SCE: que las propuestas y planteamientos del equipo técnico (DNPC e INAC) sean especialmente comprendidos en primera instancia por el equipo de Comunicación (el cual, en el buen sentido, no está conformado por técnicos expertos en la materia), y posteriormente puedan ser expuestos y transmitidos a la ciudadanía a través de la Guía. En lo particular, durante el esfuerzo que duró finalmente poco más de dos años, fueron varias las estrategias que se ensayaron para el acometido, entre las que se pueden resaltar:
Como podría imaginarse, todas las estrategias detalladas tuvieron pros y contras. Por citar una situación específica, cuando el equipo técnico remitía algunos insumos a Comunicación y esta área los usaba para la construcción de la Guía, debido a cierta falta de claridad o de conocimientos en el tema de competencia, en los primeros borradores era usual encontrar que se confundían algunas ideas que pertenecían más a temas de defensa del consumidor, y no tanto así a cuestiones del mercado o a las prácticas de los competidores.
No obstante, Comunicación también tuvo algunos de los mejores planes para la Guía, como el de crear la pareja ficticia conformada por Byron y Teresa, con el fin de generar afinidad y empatía con los lectores para que estos se sientan parte de la historia que se contaba en el documento. Byron y Teresa en sí mismo no eran expertos en competencia, y en su situación particular (que era la de manejar un negocio de pizzería de barrio) se les presentaban ciertos eventos sobre los que desconocían si podían ser o no ilegales o sancionables por lo establecido en la LORCPM, como el de llegar a acuerdos de no competencia con otros pizzeros de la zona o el de sufrir de actos de imitación de su marca por parte de competidores; ante aquello, ellos siempre acudieron a una experta de competencia que les explique claramente los pormenores de su situación, y por ende, se validaba que Byron y Teresa acepten su desconocimiento o inexperiencia para luego preguntar a un tercero que les pueda guiar en torno a la toma de las mejores decisiones en virtud de su problemática cotidiana y personal.
En cuanto a las versiones finales de la Guía, el visto bueno de los borradores preliminares (los cuales ya comprendían la diagramación gráfica de los mismos) se lo daba cuando el equipo técnico y Comunicación coincidían en que dichos avances eran completos y entendibles para ambos, para luego estos ser revisados por las respectivas Intendencias de Investigación y Control de la SCE, y últimamente por las máximas autoridades de la Institución. A la final, como se contó previamente, la Guía fue anunciada en febrero de 2024, acompañada en su publicación por varios videos semanales en redes sociales que explican el contenido de cada uno de sus capítulos.
De su parte, debido a todos los subproductos comunicacionales que se pueden aprovechar de la Guía, el documento tiene todo el potencial para ser de muy alto valor y consideración por parte de la ciudadanía en general, dado que es una herramienta que posibilita un mejor y mayor entendimiento de lo que es el derecho de la competencia en el Ecuador, para el fomento y promoción de su cultura en la sociedad.
Por último, cabe mencionar que dentro de las lecciones aprendidas más importantes para la elaboración de la Guía se puede destacar que a veces un ejercicio “simple” puede terminar siendo mucho más complejo de lo que se presumía inicialmente; inclusive, ser más laborioso que muchos de los informes técnicos que se trabajan en la SCE, tanto por la creatividad que requiere como por la coordinación y ejercicio multidisciplinario que exige: ¿quién se podía imaginar lo difícil que puede ser hablar en lenguaje “sencillo”?
*Daniel Granja es ex Intendente Nacional de Abogacía de la Competencia. Economista por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, con un Máster en Análisis Económico Especializado – Competencia y Regulación de Mercados por la Barcelona Graduate School of Economics, un LL.M. en Competition Law and Economics por la Brussels School of Competition, y un Diplomado en Libre Competencia con mención en Industrias Reguladas por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Anteriormente, trabajó en la Superintendencia de Control del Poder de Mercado y en la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria en áreas de investigación y seguimiento de mercado.