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Enforcement, gestión administrativa, advocacy, mejora regulatoria, independencia, debate.

El recorrido para el desarrollo del derecho de competencia en Ecuador

18.12.2024
Danilo Sylva P. Licenciado en Ciencias Jurídicas, abogado y doctor en Jurisprudencia, PUCE; maestría en Ciencias Jurídicas, Universidad Rey Juan Carlos. Actualmente integrante de la Comisión Calificadora para renovación de jueces de la Corte Constitucional del Ecuador, ex Superintendente de Competencia Económica (2018-2024); ex Presidente del Consejo de Desarrollo de la Comunicación (2017-2018); ha sido asesor en Presidencia y Vicepresidencia de la República, Asamblea Nacional, Municipio de Quito, entre otras instituciones públicas y privadas. Consultor de Corpei y Fedexpor. Su práctica privada se realizó en Cabezas, Wray y Albán.

Felicito esta iniciativa de CeCo y agradezco a quienes han contribuido con sus artículos para que esta edición pueda, de una manera breve, plasmar algunos de los hitos alcanzados por la Superintendencia de Competencia Económica –SCE– durante mi gestión como Superintendente de Competencia Económica entre el 2018 y el 2024.  

Al igual que otras disciplinas, para que el derecho de competencia se desarrolle es necesario la confluencia de varios factores. Entre ellos, los siguientes: (i) una legislación clara y precisa; (ii) una autoridad de competencia sólida, técnica y muy profesional que realice un adecuado “enforcement” de la misma (lo cual a su vez permita un propicio debate que enriquezca la doctrina, generando precedentes importantes); (iii) la presencia y participación cada vez más activa de los profesionales especializados; (iv) una actividad dinámica desde la academia (tanto para realizar un escrutinio a las actuaciones de la autoridades, como para generar tesis, estudios e investigaciones robustas sobre la materia); y (v) el aporte de las organizaciones de la sociedad civil

«Si algo ha caracterizado a los diferentes órganos de la SCE durante las investigaciones y procedimientos, aparte del rigor técnico, es haber respetado y aplicado la garantía de seguridad jurídica y la independencia de los diferentes órganos para la toma de sus decisiones.»

En este contexto, la presencia y actuación de CeCo en Ecuador reviste particular importancia y desde la autoridad de competencia ecuatoriana (durante mi ejercicio del cargo) siempre así lo destacamos. En los recientes años hemos tenido la grata oportunidad de leer brillantes artículos (aunque no necesariamente se comparta el punto de vista), así como críticas (a veces severas) sobre tal o cual acto emanado de la autoridad, pero muy relevantes para enriquecer la discusión y debate de los temas de esta disciplina tan especializada. En suma, la excelente producción de CeCo, alimentada por la materia prima aportada por las resoluciones de los órganos de la SCE, ha coadyuvado a consolidar, promover y fortalecer el derecho de competencia en Ecuador y, en algunos casos, ha posibilitado, incluso, que la autoridad de competencia realice correcciones necesarias y fundamentales en su ejercicio de “enforcement” de la ley.    

En el compromiso de aportar al desarrollo del derecho de competencia en Ecuador, unos y otros, tanto desde el sector privado como del público, hemos tenido diferentes responsabilidades, y en el cumplimiento de éstas hemos alcanzado satisfacciones o frustraciones. 

La SCE, en ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes, desarrolló ingentes actividades, tanto en la gestión administrativa para generar una institucionalidad sólida y técnica, con normativas, protocolos y procesos internos que posibiliten el trabajo de los distintos órganos, como en los campos de abogacía de la competencia, en el control de concentraciones y en investigaciones sobre posibles conductas anticompetitivas y en otras infracciones previstas en la ley de la materia. Por supuesto, este no es el momento ni el espacio para profundizar en detallar o comentar sobre la profusa actividad realizada en casi seis años de gestión.

En este pequeño espacio, se pretende, al tiempo de relievar las breves pero significativas notas que nos presenta CeCo, invitar a su lectura y a que el lector profundice en los temas que en ellas se encuentran, reflexione en lo que se ha hecho hasta el momento para desarrollar el derecho de competencia en Ecuador, pero, sobre todo, en lo mucho que falta para su consolidación y ejercicio cotidiano.

Para los que están muy vinculados a esta disciplina no les es ajeno que una autoridad de competencia, especialmente, si se encuentra en franco desarrollo, ponga énfasis en actividades relacionadas a abogacía de la competencia. La SCE no fue ajena a esta necesidad y fijó como uno de sus pilares desarrollar acciones para difundir aspectos relacionados con la normativa, la institucionalidad, las conductas anticompetitivas, los procedimientos administrativos sancionatorios, sanciones, etc., así como también realizar estudios de mercado, informes especiales, opiniones y otros instrumentos que permitieron visualizar el carácter técnico del trabajo de la institución y los resultados y aportes que ese trabajo técnico puede brindar a la sociedad ecuatoriana.

Daniel Granja (ex Intendente de Abogacía de la Competencia) nos recrea en su relato lo que significó la experiencia de coordinación y trabajo multidisciplinario para desarrollar, crear y dotar a la ciudadanía de la Guía denominada “Hablemos de Competencia”.

Para el equipo de la SCE fue primordial realizar todas las acciones posibles para generar y establecer lo que denominamos “Cultura de Competencia”. Todos los productos y su difusión tenían como eje vertebral sembrar una y mil veces la semilla apropiada para que en el Ecuador la competencia sea parte de su cotidianidad. Muchos productos comunicacionales, quizás todos, tenían su sustento técnico detrás, o, mejor dicho, se alcanzó la simbiosis adecuada entre los expertos en competencia y los expertos en comunicación, para presentar los mensajes en lenguaje sencillo y comprensible para cualquier persona. Precisamente, la guía a la que hace mención Daniel es uno de los ejemplos de aquello. En sus palabras “¿quién se podía imaginar lo difícil que puede ser hablar en lenguaje ´sencillo´?”. Finalmente, nos recuerda que el documento (la Guía) “tiene todo el potencial para ser de muy alto valor y consideración por parte der la ciudadanía en general”.

Esta es una oportunidad más para persistir en la invitación a que sigamos “hablando de competencia”, sea que se dé utilidad a este tipo de herramientas producidas por la SCE o por cualesquiera otras, pero lo trascendental es seguir en la cruzada de fomento, promoción y protección de la competencia. 

Otro componente de esta campaña de promoción de la competencia nos presenta Isabel Jaramillo (ex Directora de Promoción de la Competencia) con su artículo denominado “Avances y desafíos en la mejora regulatoria en Ecuador: Un análisis de los últimos años”. Refiere la importancia que tiene la mejora regulatoria por sus efectos en la dinamización de los mercados y que, a pesar de los esfuerzos realizados, es poco conocida en el Ecuador.

Isabel, de una manera refrescante, nos permite ver los esfuerzos que ha realizado la SCE para procurar sentar las bases apropiadas para que en Ecuador se aplique la mejora regulatoria. Asimismo, nos recuerda que este no es un problema de falta de ley, ni de metodologías, pues tanto unas como otras ya existen, sino de actitud y gestión de la administración del Estado en su conjunto. Algunos ejemplos de lo que se puede hacer en este tema los ha proporcionado la SCE. Sin duda, uno de los desafíos esenciales que requerirá un trabajo titánico en Ecuador es la depuración de tanta normativa que aparte de ser ilegal y anti-técnica, constituye una gran barrera para las actividades económicas y, por ende, causa y efecto del subdesarrollo. 

La SCE produjo algunos productos técnicos significativos y trascendentales. Es difícil catalogarlos, pues cada uno en sí mismo es un producto estrella, y son consecuencia de un trabajo multidisciplinario. Uno de ellos, nos trae a colación Andrea Pedrera (ex Directora de Estudios de Mercado), en su nota que titula “El reto de la evaluación de ayudas públicas en Ecuador”. Es que no puede haber un reto más fascinante que realizar este tipo de evaluaciones en países como el Ecuador y, lo más importante, aparte de haber logrado mejorar la legislación para este efecto, es que se cuenta con una metodología creada por el equipo de la SCE.

Andrea concluye su artículo diciendo que () la aplicación de la Guía para la evaluación de ayudas públicas por parte de la SCE abre la posibilidad al país de ser pioneros en este ámbito, por cuanto no se ha observado en la región un producto similar gestionado por las agencias pares de competencia”.

Estos tres artículos nos han permitido volver a poner en vitrina algunas de los ejemplos del trabajo desarrollado en abogacía de la competencia. Como siempre se ha dicho, todos son instrumentos y metodologías perfectibles. Hasta ahora, aparte de la SCE pocas personas los han aprovechado, nadie tampoco las ha cuestionado o criticado. Su uso también coadyuvará a “hablar de competencia”.

En los procedimientos administrativos sancionatorios, por supuesto, ha habido intensos debates entre los practicantes y entre éstos y los funcionarios a cargo de las investigaciones. Hay mucha doctrina ecuatoriana que se ha generado. Hay mucho por debatir todavía y bienvenido sea el debate, es la única manera de enriquecer la doctrina y la aplicación de la ley. En suma, es la mejor manera de desarrollar el derecho de competencia.

Si algo ha caracterizado a los diferentes órganos de la SCE durante las investigaciones y procedimientos, aparte del rigor técnico, es haber respetado y aplicado la garantía de seguridad jurídica y la independencia de los diferentes órganos para la toma de sus decisiones. Por cierto, habrá otra oportunidad o momento para referirse a este punto.

Para todo practicante es conocido que el filtro para las decisiones de la autoridad de competencia es lo que digan los tribunales de justicia, en caso de que hayan sido impugnadas en sede judicial.  Es así y así debe ser. Sin embargo, para que las autoridades judiciales contribuyan a promover y fortalecer el derecho de competencia es indispensable que tengan el suficiente conocimiento especializado de la materia y que sus sentencias constituyan verdaderos precedentes. Lamentablemente, en general, hasta el momento es difícil encontrar algún fallo que se destaque en ese sentido.  No se trata de si el fallo da o no la razón a la autoridad de competencia sino al razonamiento y motivación para expedir tal o cual sentencia. Todavía resuena el malhadado fallo en el denominado caso Cronix.    

Con respecto a este punto, no cabe ninguna duda del acierto en la opinión experta de Alberto Brown, quien en su artículo “El caso Banred: La necesidad de un tribunal especializado”, aparte de reseñarnos sucintamente aspectos relevantes del caso, expone las deficiencias del fallo y expresa su alerta y preocupación por el futuro del derecho de competencia en Ecuador. Indudablemente, la lectura de este artículo es inevitable.

Por su parte, Carlos Trujillo nos presenta un texto profundo y bien articulado, también de ineludible lectura. Es un fiel reflejo, también, del rigor técnico con el que se realizó el trabajo en la SCE. Es un artículo que también ha generado y plantea intensos debates. En definitiva, es una tesis (que se puede o no acoger) que sitúa al debate sobre este tema tan álgido, sensible y apasionante a la altura de las mejores jurisdicciones del globo. A propósito del nivel de temas que deben debatirse y que, también, aportan al desarrollo del derecho de competencia en Ecuador, bien cabe decir, si así llueve que no escampe.

Hay mucho que se puede decir sobre las actuaciones de la SCE, pero lo más importante es que existe mucho material para que pueda ser analizado. En este espacio algo se ha mencionado, pero hay otros, también, importantes productos, decisiones y resoluciones.

Finalmente, siempre que caen los telones, más importante que los aplausos son las críticas, porque es una herramienta poderosa, tanto para poner énfasis en algo o también para tener la apertura necesaria y suficiente para corregir.

Agradezco la paciencia y gentileza para haber dispensado su tiempo para leer estas breves palabras.

 

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