Enterra Holdings / Icewater Acquisition | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

Enterra Holdings / Icewater Acquisition

La FNE aprobó pura y simplemente la adquisición por WSP Global Inc. -a través de su subsidiaria IceWater- de la totalidad de las acciones emitidas por Enterra Holdings Ltd. (Golder). A pesar de existir un traslape horizontal entre las partes en la prestación de servicios de consultoría ambiental, la FNE descartó posibles riegos unilaterales de alza en precio a sus clientes.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Otros

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F256-2020

Fecha notificación

28-12-20

Fecha inicio investigación

09-02-20

Fecha decisión

17-03-21

Carátula

Adquisición de control en Enterra Holdings Ltd. por parte de IceWater Acquisition Limited

Partes

WSP Global Inc.: sociedad canadiense cuyo objetivo principal consiste en prestar servicios de ingeniería, consultoría y diseño a clientes de los sectores de transporte e infraestructura, inmobiliario y edificación, medio ambiente, energía y electricidad, recursos y al sector industrial, además de ofrecer servicios de asesoramiento estratégico. Tiene presencia en Chile a través de sus filiales y entidades relacionadas.

Ice – Water Acquisition Limited: filial de propiedad exclusiva de WSP, constituida para el sólo efecto de adquirir a Golder.

Enterra Holdings Ltd. (Golder): sociedad canadiense de consultoría ambiental, que proporciona evaluación y remediación de sitios, estudios de impacto ambiental y servicios de ingeniería de terreno y servicios para la obtención de licencias y permisos. Estos servicios se prestan a clientes de las industrias minera, manufacturera, petrolera y gasífera, energética y de infraestructura.

Operación

Adquisición por parte de WSP -a través de su filial IceWater- de todas las acciones emitidas y por emitir de Golder, permitiendo de esta forma influir decisivamente en la administración de Golder a nivel mundial.

Tipo de Operación:

Operación horizontal

Artículo 47 DL 211:

letra b)

Actividad económica:

Consultoría ambiental

Decisión final:

Aprobación pura y simple en Fase I

Bases de datos externas utilizadas:

N/A

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

43 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

36 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

Sin perjuicio de que las actividades de WSP y Golder se superponen horizontalmente en la prestación de servicios de consultoría ambiental, no fue necesario profundizar en una definición exacta, al no existir escenarios plausibles aptos para reducir sustancialmente la competencia.

Mercado relevante geográfico:

El mercado sería nacional. Se requeriría de presencia local para competir por los proyectos y servicios a prestarse en Chile. Sin embargo, la Fiscalía no estimó necesario profundizar en una definición exacta por la misma razón ya mencionada.

Análisis Competitivo

Al existir un traslape horizontal entre las partes en la prestación de servicios de consultoría ambiental en Chile, la FNE evaluó posibles riesgos unilaterales de alza en precios a sus clientes, teniendo en consideración principalmente a las empresas mineras, por ser el sector que preeminentemente demanda los servicios de ambas empresas.

Dado los antecedentes de la investigación, la Fiscalía señaló que la operación no resultaría apta para reducir sustancialmente la competencia.

En cuanto a la participación conjunta de las partes en el mercado, los datos obtenidos demuestran que alcanzarían entre un 20% y un 30% de cuota de mercado aproximadamente. A esto se añade que los servicios de consultoría ambiental que prestan las partes se enfocarían en industrias relativamente distintas.

En segundo lugar, en el segmento que las partes operan -consultoría ambiental- la Fiscalía reconoció la existencia de múltiples oferentes que proveen los mismos servicios ofrecidos por las partes, los que podrían disciplinar a las empresas involucradas en la operación ante una eventual alza en los precios.

Por último, ninguno de los principales clientes de las partes que fueron consultados en virtud de la concentración, previeron aprensiones de competencia en caso de perfeccionarse la operación.

Medidas de mitigación

N/A

Casos relacionados

N/A

Autores

CeCo UAI