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TDLC acoge parcialmente requerimiento de la FNE, declarando que Sal Punta Lobos abusó de su posición dominante al imponer barreras artificiales a la entrada de nuevos competidores al mercado interno de la sal. Se impone una multa de 6.000 UTM y se ordena -junto a Compañía Minera Cordillera- que consulten cualquier operación de concentración en el mercado de los servicios portuarios relevantes para el embarque de sal.
Autoridad
Tribunal de Defensa de Libre Competencia
Actividad económica
Portuario
Conducta
Abuso posición dominante
Resultado
Condena
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