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La FNE aprobó la adquisición de activos de una estación de servicio que funcionaba como independiente por Copec, en la comuna de Hualpén, Región del Bío Bío, concediendo la excepción de empresa en crisis por primera vez.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Combustibles
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F216-2019
Fecha notificación
10-10-19
Fecha inicio investigación
25-11-19
Fecha decisión
08-06-20
Adquisición de activos de Inmobiliaria y Administradora CGL Limitada por parte de Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A
Operación horizontal
Letra d)
Combustibles
Aprobación pura y simple en Fase II
Datos diarios de precio de Bencina en línea, de la Comisión Nacional de Energía. Datos de OpenStreetMap
Desde Notificación a Inicio de Investigación
46 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
196 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
La FNE trata las segmentaciones por tipo de combustibles (gasolina de 93, 95 y 07) como plausibles en el lado del producto, aunque no les asigna mayor relevancia, debido a su sustitución desde el punto de vista de la oferta. También llama la atención sobre otras segmentaciones complementarias, sobre el tipo de usuario (clientes más sensibles al precio, la ubicación o la marca) o servicios adicionales (tiendas de conveniencia, estaciones de lavado, centros de lubricación, servicios higiénicos o cajeros automáticos).
La competencia en la distribución minorista es local y las distintas interacciones pueden expandir las áreas de influencia por “cadenas de sustitución”. De todas maneras, se evalúan escenarios según radios de influencia de 3 km (más las estaciones cercanas, según el flujo de automóviles por una de las avenidas) y 5 km alrededor de la estación objeto de la transacción.
Aunque la FNE aprobó la operación por configurarse la excepción de empresa en crisis, la FNE igualmente desarrolló sus teorías de daño (riesgos unilaterales de alza en precio y afectación de variable calidad; y riesgos coordinados) y analizó las condiciones de entrada.
La FNE estimó que los supuestos de la empresa en crisis se cumplían. La empresa abandonaría el mercado a causa de sus problemas económicos; la salida de la empresa significaría la desaparición de los activos de la estación de combustible; y no existirían alternativas menos gravosas que la operación aprobada.
Por último, de acuerdo a la FNE, la desaparición del competidor lograría no solo los mismos efectos que su materialización, sino que un daño aún mayor a la competencia, por lo que aplicaría de lleno entonces el criterio de la excepción de empresa en crisis.
La FNE analizó ahorros en costos de distribución y transporte, y mejoras en la calidad del servicio. En este caso, estimó que eran verificables, pero no inherentes ni aptas para compensar el mayor poder de mercado.
N/A
Fiscalía Nacional Económica
Tribunal de Libre Competencia
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