CMA CGM / COSCO / Otras | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

CMA CGM / COSCO / Otras

La FNE aprobó pura y siplemente la asociación por medio de un joint venture entre 9 empresas de transporte marítimo y portuarias para la creación de una plataforma de digitalización para la industria. La FNE descartó riesgos de coordinación considerando los beneficios de la tecnología blockchain que utilizará la plataforma.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Transporte

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F243-2020

Fecha notificación

23-07-20

Fecha inicio investigación

25-08-20

Fecha decisión

07-10-20

Carátula

Asociación entre CMA CGM, COSCO SHIPPING Lines, COSCO SHIPPING Ports, SIPG, Hapag-Lloyd, PSA, Hutchinson Ports, OOCL y Quingdao Port Lines

Partes

CMA CGM: sociedad constituida en Francia que participa en el transporte marítimo de contenedores, servicios de terminales y logística.

COSCO SHIPPING Lines: sociedad constituida en China, dedicada principalmente a los servicios de transporte marítimo nacional e internacional de contenedores y a otros negocios relacionados.

COSCO SHIPPING Ports: sociedad constituida en Bermuda que se dedica principalmente al negocio de la administración y operación de terminales, así como a negocios relacionados.

Orient Overseas Container Line (OOCL): sociedad constituida en Hong Kong, que proporciona servicios logísticos y de transporte marítimo de contenedores, además de participar en el uso de tecnología de la información y comercio electrónico para gestionar el proceso de carga.

Shangai International Port (SPIG): sociedad constituida en China que actúa como operador portuario en dicho país, siendo su actividad principal la gestión y el traslado portuario de contenedores, carga a granel de gran tamaño y carga fraccionada.

Hapag-Lloyd: sociedad constituida en Alemania. Su actividad principal es el transporte marítimo de contenedores, y servicios de carga especial.

Hutchison Ports: operador portuario a nivel mundial constituido en las Islas Vírgenes Británicas, que se ha expandido a otros negocios relacionados con la logística y el transporte.

PSA: sociedad constituida en Singapur, parte del Grupo PSA International, un grupo portuario mundial, con operaciones principales en Singapur y Amberes.

Qingdao Port: sociedad constituida en China, cuya principal actividad es la operación del Puerto de Qingdao.

Operación

La operación consiste en una asociación entre las empresas para la creación de un joint venture (JV) para el desarrollo y comercialización de una solución de digitalización del proceso comercial asociado al envío de carga marítima a través de tecnología tipo blockchain, que tomará el nombre de Global Shipping Business Network (GSBN). El fin de la plataforma, será acelerar el desarrollo de soluciones digitales en la industria de transporte marítimo. Las empresas concurrirán en la propiedad de GSBN en partes iguales, detentando cada una de ellas un noveno del total de las acciones y del capital social. El JV será administrado por un directorio de nueve integrantes, cada uno designado por cada parte de la operación.

Tipo de Operación:

Operación horizontal

Artículo 47 DL 211:

Letra c)

Actividad económica:

Transporte marítimo y portuario

Decisión final:

Aprobación pura y simple en Fase I

Bases de datos externas utilizadas:

N/A

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

33 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

43 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

La FNE definió el mercado específico en el que operará la plataforma GSBN como el de desarrollo de softwares de aplicación empresarial para la gestión de cadenas de suministros (Supply Chain Managment-Enterprise Application Software o SCM EAS), específicamente para la industria naviera.

Además, la Fiscalía analizó posibles riesgos de la operación únicamente respecto de las partes activas en el mercado de transporte marítimo de contenedores (CMA CGM, COSCO SHIPPING Lines, Hapag-Lloyd y OOCL) y no respecto de las partes que son operadores portuarios, ya que estos últimos desarrollan actividades en mercados geográficos que no se traslapan entre sí (están ubicados en distintas ciudades y países).

Mercado relevante geográfico:

El análisis del mercado en términos geográficos se realizó en base a cada ruta comercial, determinada por el rango de puertos servidos de extremo a extremo y la direccionalidad de cada ruta. Siguiendo esta definición de mercado relevante, la FNE encontró que en este caso las partes activas en el trasporte marítimo de contenedores se superponían en su actividad en diez rutas que incluían puertos chilenos.

Análisis Competitivo

Riesgos Horizontales

La FNE descartó dos posibles riesgos anticompetitivos que podrían surgir a partir de la operación: la eliminación de un competidor potencial, y riesgos de coordinación entre las partes activas en el transporte marítimo de contenedores.

Competidor Potencial

En relación a la eliminación de un competidor potencial, la Fiscalía consideró que ninguna de las partes de la operación desarrolla actualmente la actividad en la que desenvolverá el JV ni tiene en sus planes comerciales desarrollar de forma independiente una tecnología similar. Asimismo, consideró que podría existir un eventual contrapeso de competidores respecto de GSBN. Al ser un mercado incipiente, diferentes actores de la industria de servicios de tecnología de la información y de SCM EAS podrían expandirse hacia este mercado.

Riesgos de Coordinación

En relación a posibles riesgos de coordinación, la FNE concluyó que en principio la operación podría facilitar comportamientos coordinados en las instancias de administración conjunta del JV entre las partes que son competidoras directas en ciertas rutas; y mediante la utilización de la plataforma GSBN para acceder a información comercial sensible y estratégica de los competidores de estas partes.

Para descartar estos riesgos, la Fiscalía tomó en especial consideración que las instancias de administración y dirección del JV se darían de forma poco habitual (una vez cada trimestre), y que los documentos corporativos de la operación incorporaron la adopción de resguardos y compromisos para prevenir el traspaso de información sensible entre sus miembros. Sumado a ello, las partes se comprometieron en el pacto de accionistas a designar un oficial de cumplimiento y a elaborar un protocolo que rija las relaciones en el JV, para asegurar el cumplimiento de la normativa de competencia.

La FNE también abordó otros dos factores que de todas formas disminuirían la probabilidad de una eventual coordinación. Por una parte, está el hecho de que el JV se desarrollará en un mercado diferente de aquel en el que intervienen las partes constituyentes navieras. Pero, además, según el organismo, la instancia de comunicación adicional entre las partes a partir del JV no representaría una diferencia relevante respecto de la situación actual, dado que estas ya se encuentran vinculadas por diversos acuerdos navieros para compartir capacidad de carga en rutas específicas.

La FNE además descartó riesgos de acceso a información comercial sensible de los competidores de las partes a través de la plataforma creada por el JV, porque la información almacenada por GSBN se encontrará encriptada y sólo será accesible para las partes de una transacción, sin que los miembros del JV puedan acceder a ella, a menos que participen de dicha transacción. Esto sería posible gracias al uso de “una solución privada y autorizada de blockchain contratada con un tercero independiente con experiencia, y cuya tecnología blockchain ha sido adoptada por la industria” (Informe archivo, par. 51).

Medidas de mitigación

N/A

Casos relacionados

Fiscalía Nacional Económica

Artículos CeCo relacionados: 

Autores

CeCo UAI