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La FNE aprobó pura y simple la venta del 100% de las acciones de Nexus a Minsait, la cual genera una desintegración vertical y una concentración horizontal en el mercado de procesamiento emisor de tarjetas de crédito.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Financiero
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F297-2021
Fecha Notificación
15-12-21
Fecha Inicio Investigación
25-01-22
Fecha Decisión
12-04-22
Adquisición de control en Operadora de Tarjetas de Crédito Nexus S.A. por parte de Minsait Payments Systems Chile S.A
Operación horizontal y vertical
Letra b)
Medios de pago
Aprobación pura y simple
No se utilizaron
Desde Notificación a Inicio de Investigación
41 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
77 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
El mercado relevante considerado por la FNE es el de procesamiento emisor de tarjetas de crédito.
La FNE dejó abierta la definición de mercado relevante geográfico.
La FNE dio cuenta que la operación genera simultáneamente una desintegración vertical y una concentración horizontal.
Con respecto al análisis de efectos verticales, la FNE evalúo la posición que ocuparía Nexus dentro del segmento de procesamiento emisor.
La actual estructura del mercado de procesamiento emisor supondría una barrera a la entrada a otros procesadores. Nexus agrupa a los bancos “vendedores”, que corresponden a una porción significativa del mercado, reduciendo así la porción de la demanda que podría ser contestable por procesadores alternativos y/o potenciales entrantes.
A juicio de la FNE, la Operación, de materializarse, tendría efectos positivos para la competencia, en lo que se refiere a las relaciones verticales, al poner fin a la integración vertical que ha sido descrita como negativa para la competencia en el mercado.
En materia de análisis horizontal, primeramente, la FNE consideró la entrada oportuna y suficiente de Total System Services Inc (“TSYS”) en el segmento de procesamiento emisor. Tanto Scotiabank como Cat quienes procesaban con Nexus migrarán a TSYS en un corto período de tiempo, por lo cual no resultaría correcto imputar a Scotiabank y Cat como clientes de Nexus, puesto que ello conllevaría sobre estimar la relevancia competitiva de este último y sobre estimar los efectos de la Operación.
Las participaciones de mercado son analizadas en proporción al número de tarjetas de crédito procesadas y número de transacciones procesada. Además, se consideraron dos escenarios: aquél en el que los emisores que internalizan sus propios procesamientos son considerados como parte del mercado de procesamiento emisor, y aquél en el que se considera que éstos no forman parte del mercado al no comercializar sus servicios a terceros.
A luz de los resultados de concentración del índice Herfindahl -Hirshmann, la FNE amerita efectuar una evaluación en profundidad de los efectos de la Operación en la competencia. Particularmente: (i) el efecto dinamizador de la entrada al mercado de nuevos actores generado por cambio del modelo de tres partes a uno de cuatro partes, que sería complementado por la Operación; y (ii) la plausibilidad del contrapeso invocado por las Partes en cuanto a la existencia de poder de negociación de sus clientes.
A diferencia de la última década, actualmente el ecosistema de pagos se encuentra en dinamismo. Si bien antes Transbank dominaba en lo relativo a adquirencia y procesamiento adquiriente, y Nexus en lo relativo al procesamiento emisor, en los últimos tres años han existido cambios sustanciales. Con el transito al modelo de cuatro partes se ha producido la entrada de nuevos actores en el segmento de la adquirencia, lo que, ha incentivado la entrada de empresas proveedoras de servicios de procesamiento emisor. La FNE concluyó que la modificación en la estructura del segmento de procesamiento emisor es una oportunidad para que potenciales entrantes capitalicen el contexto de mayor dinamismo en el mercado.
A juicio de la FNE, la operación es una ventana de oportunidad a competidores presentes, para competir por clientes en el segmento de procesamiento emisor, al encontrarse todos los clientes forzados a realizar una migración a los sistemas tecnológicos de la entidad resultante, pudiendo evaluarse nuevas alternativas en cuanto a los servicios de procesamiento.
En cuanto a la existencia de poder de negociación por parte de los clientes, la FNE muestra que en su totalidad los clientes son entidades financieras que presentan un elevado nivel de sofisticación e información. La investigación revela que buena parte de los clientes podría evaluar la alternativa de internalizar los servicios de procesamiento ante cambios en las condiciones comerciales ofrecidas por la entidad resultante. La FNE concluyó que los emisores de tarjetas de crédito y prepago tienen la habilidad e incentivos para ejercer un poder de negociación suficiente para compensar adecuadamente los eventuales efectos de la Operación en la competencia.
N/A
Fiscalía Nacional Económica
Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
Comisión Europea