CeCo | Slater, Meador y el antitrust conservador
Newsletter

https://centrocompetencia.com/wp-content/themes/Ceco

Trump, enforcement, DOJ, FTC

El nuevo antitrust conservador: la visión de Gail Slater (DOJ) y Mark Meador (FTC)

7.05.2025
CeCo Chile
7 minutos
Claves
  • La nueva línea de antitrust bajo la segunda administración Trump busca rearticular el enforcement desde valores conservadores, posicionando el área como una defensa de la libertad frente al poder privado.
  • Gail Slater, nueva jefa de la División Antitrust del DOJ, presentó en la Universidad de Notre Dame un enfoque basado en tres principios: libertad individual frente a monopolios, aplicación textual de la ley y escepticismo frente a la regulación ex ante.
  • Mark Meador, comisionado republicano de la FTC, propuso codificar el estándar de bienestar del consumidor, limitar la dependencia del análisis económico y exigir estándares estrictos para aceptar eficiencias.

Durante el último tiempo, la política de competencia en Estados Unidos ha comenzado a articular un nuevo relato desde el mundo conservador, sobre todo al alero de la instalación de Donald Trump como Presidente. Este, entre otras cosas, ha señalado que “hay demasiada concentración de poder en manos de unos pocos”.

Trabajando en esa línea, y al alero de consignas como “America First Antitrust”, Gail Slater y Mark Meador, dos republicanos a cargo del enforcement de antitrust, han presentado visiones doctrinarias que buscan disputar el sentido tradicional del área. Lo que Slater y Meador proponen es un giro doctrinario y político: se trata de una relectura del antitrust como defensa de la libertad frente al poder privado, anclada en valores conservadores.

El discurso de Gail Slater en la Universidad de Notre Dame

Gail Slater fue confirmada el 12 de marzo de 2025 como la nueva Assistant Attorney General del Departamento de Justicia (DOJ) en el área de antitrust. Abogada irlandesa-estadounidense (es inmigrante en EE.UU.) con postgrados en Oxford y University College Dublin, Slater trabajó 10 años en la Federal Trade Comission (FTC) y ocupó cargos en el sector privado (Freshfields, Fox, Roku) antes de sumarse al gobierno de Donald Trump. Durante la primera administración de Trump, asesoró en política tecnológica al Consejo Económico Nacional de la Casa Blanca, y más recientemente fue consejera económica del entonces senador (hoy vicepresidente) JD Vance. Su nominación contó con amplio respaldo bipartidista (78 senadores a favor), presentándola como figura clave para continuar el intenso enforcement en EE.UU.

Slater eligió la Facultad de Derecho de la Universidad de Notre Dame, en Indiana, para pronunciar su primer discurso oficial el 28 de abril de 2025. Indiana es un bastión republicano donde Trump ganó cómodamente en 2016 y 2020. Notre Dame Law School, de tradición católica, ocupa un lugar especial en el ideario conservador estadounidense. La propia Slater destacó que “Notre Dame tiene un papel destacado en el desarrollo de los principios fundacionales del conservadurismo estadounidense”, subrayando la afinidad ideológica del foro. El estado y la universidad reforzaron el mensaje populista-conservador del discurso, centrado en reivindicar el “heartland” frente a las élites costeras y tecnocráticas.

Con estos antecedentes, Slater presentó una defensa conservadora del enforcement del antitrust, bajo el nuevo mantra del DOJ: “America First Antitrust”, una expresión que se repite en ocho ocasiones a lo largo de su intervención (expresión que, además, sintoniza con el slogan de la política exterior de Trump). Lejos de ser una simple consigna, esta visión busca reconfigurar la aplicación de las leyes de competencia como una herramienta al servicio de los ciudadanos comunes —consumidores, trabajadores y pequeños empresarios— frente a la concentración de poder en grandes corporaciones. En lugar de enfocarse exclusivamente en eficiencia económica o precios, según Slater, promovería una lectura patriótica y legalista del antitrust, enraizada en principios conservadores como la libertad individual, el respeto al texto legal y el rechazo a la regulación ex ante. Desde esta visión, Slater articuló tres principios rectores:

En primer lugar, respecto a la libertad individual frente al poder privado, Slater enmarca el enforcement de las normas de antitrust como una defensa activa de la libertad ciudadana frente a nuevas formas de poder concentrado. A su juicio, las grandes corporaciones tecnológicas hoy no solo influyen en precios o condiciones de competencia, sino que operan como verdaderas plataformas de control económico, informativo y político. En ese sentido, denunció lo que llamó “la tiranía de los monopolios”, una forma de coerción que, a su juicio, limita las decisiones fundamentales de consumidores, trabajadores y pequeños empresarios.

Para fundar esta tesis, recurrió tanto a referencias filosóficas como a símbolos fundacionales del republicanismo norteamericano. Recordó que la protesta del Boston Tea Party fue también una respuesta contra una concesión monopólica, y que la propia Sherman Act se inspiró en la idea de que ningún actor privado debía ejercer el poder de un Rey sobre los bienes esenciales. En esa línea, prometió centrar los esfuerzos del DOJ en mercados que afecten directamente la vida de la gente común.

El segundo principio, referente a la aplicación fiel del texto legal, gira en torno a una reivindicación al formalismo. Slater subrayó que la aplicación de las leyes debe ser leal al texto legal, instando a las agencias a aplicarlas tal como fueron aprobadas por el Congreso, y no según cómo desearían que fueran. Rechazó enfoques más expansivos que, a su juicio, exceden ese mandato y corren el riesgo de transformar el antitrust en una política pública desligada de su marco legal.

Además, en relación con esto, defendió el valor de los precedentes acumulados durante más de un siglo y subrayó la importancia de la separación de poderes: cualquier cambio sustantivo en la política de competencia debe provenir del Congreso, no de la discrecionalidad de las agencias (esto se podría entender como una crítica al intento de la FTC, agencia administrativa, de emitir nuevas reglas de competencia durante la administración Biden; sobre esto, ver nota CeCo “La visión anglosajona sobre la libre competencia y los mercados laborales”). Esta postura, afirmó, refleja la “humildad ante los límites de la ley” que caracteriza al pensamiento jurídico conservador.

El último eje del discurso se centró en el escepticismo frente a la regulación ex ante. Slater sostuvo que, en contextos de concentración de mercado, la respuesta no debe ser diseñar un nuevo aparato institucional orientado a mantener un constante control sobre dicho mercado, sino usar de manera decisiva el enforcement para restaurar la competencia. Así, explicó que el antitrust debe actuar como “bisturí”, no como “mazo regulatorio” (lo que puede ser leído como una crítica al Digital Markets Act europeo, que impone obligaciones generales a plataformas por su sola posición en el mercado: ver nota CeCo, El mapa de CeCo para entender la “Digital Markets Act”).

Esta visión, a juicio de Slater, no implica una defensa pasiva del statu quo, sino una crítica al riesgo de que la regulación sea capturada por los mismos incumbentes que se busca controlar. Según Slater, las cargas normativas permanentes tienden a beneficiar a quienes ya tienen escala, dificultan la entrada de nuevos actores y convierten al regulador en árbitro técnico perpetuo. En cambio, el enforcement permite intervenir solo cuando hay una infracción concreta, con efectos acotados y proporcionales. Esta visión pretende preservar la dinámica del mercado competitivo como mecanismo preferente frente al abuso de poder de mercado, sin caer en un dirigismo permanente que, en su opinión, desincentiva la innovación.

Mark R. Meador y la reconstrucción conservadora del antitrust

Por su parte, Mark R. Meador, comisionado republicano de la FTC desde abril de 2025, miembro de la conservadora Federalist Society, y exlitigante antitrust del DOJ durante la primera administración Trump, publicó Antitrust Policy for the Conservative, un documento institucional que busca rearticular el enforcement desde una lógica jurídica conservadora. Meador sostiene que la concentración de poder económico representa una amenaza a la libertad tan seria como la del poder estatal, y que la defensa de la competencia debe ser entendida como una política de resguardo constitucional.

En el texto, el comisionado analiza las dos grandes corrientes que han disputado el sentido del antitrust moderno. De los progresistas rescata la preocupación por el tamaño y la concentración, pero cuestiona su tendencia a expandir el mandato de agencias hacia fines de política pública amplios y difusos. De la escuela de Chicago valora el intento por definir un estándar jurídico claro —el bienestar del consumidor—, pero critica su vaciamiento práctico: reducirlo a eficiencia agregada de productores y consumidores ha debilitado su capacidad protectora. Para Meador, el bienestar del consumidor debe seguir siendo el parámetro central, siempre que se entienda como el excedente tangible de compradores y trabajadores, y no como una suma teórica de eficiencias distribuidas en la economía.

A partir de ese marco, Meador propone cuatro ejes para un enforcement conservador, pero decididamente activo. En un primer punto, aboga por reafirmar el estándar de bienestar del consumidor como un mandato legislativo claro, no como una construcción jurisprudencial flexible. A su juicio, dicho estándar, lejos de ser una invención doctrinaria, responde a la intención original del Congreso de proteger el excedente tanto de consumidores como de trabajadores frente al poder de mercado. Sin embargo, con el paso del tiempo, este estándar fue redefinido por los tribunales bajo la influencia de la escuela de Chicago, que lo diluyó en una lógica de “eficiencia total” agregada. El resultado, sostiene Meador, es una desnaturalización del mandato legal, que permite justificar alzas de precios o reducciones salariales en un mercado por supuestos beneficios en otro. Frente a esto, propone codificar explícitamente el estándar de bienestar del consumidor en su versión original, reforzando su valor como límite normativo y no como criterio discrecional del juez.

Como un segundo punto, Meador enfatiza la necesidad de priorizar la prevención de falsos negativos por sobre falsos positivos. Desde esta perspectiva, el error más costoso no es intervenir de más, sino dejar pasar conductas que consolidan posiciones dominantes difíciles de revertir. Aprobar una operación de concentración anticompetitiva puede condicionar un mercado durante décadas, mientras que una fusión bloqueada injustamente puede ajustarse y volver a intentarse. Por ello, Meador propone que la política de competencia adopte una actitud de prudencia activa: cuando hay duda razonable, conviene intervenir. Esto requiere fortalecer las presunciones estructurales —por ejemplo, umbrales de concentración que inviertan la carga de la prueba— y evitar depender de peritajes económicos complejos o costosos que dificulten la acción estatal.

Un tercer punto central de su propuesta es la necesidad de recalibrar el rol del análisis económico, para que pase a ser sirviente del derecho, y no su maestro. En opinión de Meador, el análisis debe informar la aplicación del derecho, pero no reemplazarla. En las últimas décadas, afirma, el enforcement se volvió excesivamente dependiente de modelos econométricos que transforman los litigios en disputas técnicas inabordables para las agencias públicas.

Finalmente, Meador advierte sobre los límites de las alusiones que se hacen a las eficiencias, una defensa común en fusiones y conductas anticompetitivas. Las eficiencias han sido históricamente uno de los argumentos más frecuentes para justificar fusiones, pero Meador advierte que no toda eficiencia es socialmente valiosa. Solo deberían considerarse aquellas que sean (i) verificables, (ii) alcanzables únicamente a través de la operación y (iii) traspasables al consumidor del mercado relevante en forma de precios más bajos, mayor calidad o innovación tangible. Si los ahorros quedan en los márgenes de la empresa sin mejorar el bienestar de quienes compran o trabajan, no deben ser ponderados como contrapeso suficiente frente a una pérdida de competencia.

Desde esta perspectiva, Meador busca reconstruir una doctrina antitrust conservadora que no renuncia al enforcement, sino que lo asume como una herramienta legítima para resguardar la libertad económica frente al poder privado, en coherencia con los principios institucionales del derecho y la tradición republicana.

También te puede interesar:

 

 

 

Fernada Ruiz I.

Regístrate de forma gratuita para seguir leyendo este contenido

Contenido exclusivo para los usuarios registrados de CeCo