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La Superintendencia de Industria y Comercio archivó la investigación en contra de la Fábrica de Licores de Antioquia y su representante legal, al concluir que, si bien se probó la infracción a las normas de publicidad contenidas en el Estatuto de Protección al Consumidor, la campaña publicitaria no produjo efectos restrictivos de la competencia en el mercado, conforme a lo previsto en el numeral 1 del artículo 48 del Decreto 2153 de 1992.
Autoridad
Superintendencia de Industria y Comercio
Conducta
Actos anticompetitivos (artículo 48 Decreto 2153)
Decisión Alcanzada
Absolución por archivo
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