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Este artículo examina el enfoque metodológico de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP) para la determinación del mercado relevante en investigaciones sobre conductas anticompetitivas relativas en Bolivia. A partir del análisis de once resoluciones administrativas emitidas entre 2011 y 2021, se identifica una aplicación parcial e inconsistente de los criterios establecidos en el artículo 12 de la Resolución Ministerial N.o 190. Si bien en varios casos se recurre al examen SSNIP, el resto de los elementos normativos (e.g. los costos de distribución, las restricciones normativas y el acceso a mercados alternativos) son frecuentemente ignorados o abordados de forma superficial. Destaca particularmente el caso RA/AEMP/DTDCDN/N°040/2021, donde, pese a reconocerse la existencia de un mercado de dos lados, no se empleó ninguna herramienta econométrica para analizar la sustituibilidad desde la perspectiva de cada lado de la demanda. El estudio concluye que, si bien existen avances cualitativos en algunas resoluciones, la falta de rigor técnico y la ausencia de herramientas econométricas como los exámenes SSNIP o Elzinga-Hogarty limitan la solidez del análisis de la AEMP, comprometiendo la coherencia y legitimidad del régimen boliviano de competencia.
“es necesario que la autoridad fortalezca su enfoque metodológico; solo así será posible asegurar mayor certeza, coherencia y legitimidad en la aplicación del régimen de defensa de la competencia en Bolivia”
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