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Este artículo tiene por objeto analizar la facultad de recomendación normativa del TDLC desde una óptica institucional y entregar una reflexión razonada del porqué de su eliminación desde la perspectiva de (1) la desnaturalización de la estructura jurisdiccional del tribunal y (2) la eficacia institucional. Para ello, se analiza su origen, la regularidad de esta atribución en nuestro ordenamiento jurídico y se conceptualiza su naturaleza jurídica, todo a partir del análisis del razonamiento vertido en el Expediente de Recomendación Normativa sobre el mercado de exploración, explotación y refinamiento del litio N°31-2023, caso en que se expresan dos formas de razonamiento que grafican la tensión que subyace a esta atribución.
DESCARGAR INVESTIGACIÓN«no se trata en estricto rigor de una decisión judicial contenciosa, ni tampoco de decisiones no contenciosas que provean certeza o predictibilidad, sea en forma particular, como en la consulta -sin perjuicio, de sus efectos generales reflejos-, o en forma general, como en las determinaciones regulatorias contenidas en las instrucciones de carácter general, sino que derechamente de una propuesta sin efecto vinculante que solo mantiene abierta una ventana a la politización de la judicatura»
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