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La CRPI se abstuvo de sancionar a ICEBELL, en tanto en el informe de la Intendencia Nacional de Control de Concentraciones Económicas no contenía una propuesta de multa, elemento esencial para la resolución del caso.
Autoridad
Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI)
Conducta
Incumplimiento al régimen de concentraciones
Resultado
Abstención de sanción
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