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TDLC se declaró incompetente para conocer de la acción deducida por Fondos de Inversión San Pedro y por El Venado Fondo de Inversión en contra de CGE Distribución por abuso de posición dominante y resolvió no pronunciarse al respecto. La conducta denunciada debe ser conocida en otras sedes.
TDLC acoge requerimiento FNE en contra de Corporación de Radio Valparaíso, Transco, Radio Corporación y Otros por acordar anticipadamente el adjucatario de diversas concesiones radiales de frecuencia modulada convocadas por Subtel.
TDLC rechaza requerimiento FNE en contra de empresas de telefonía móvil Movistar, Entel y Claro, al no acreditarse los requisitos para configurar las conductas exclusorias denunciadas, entre ellas, la negativa de venta. La Corte Suprema revoca la decisión del TDLC, condenando a las requeridas.
TDLC acoge requerimiento FNE en contra de Buses San Carlos, EM Bus, Ruta Muermos y Buses Barrios, habiéndose acreditado la existencia de un acuerdo de tarifas entre las coludidas en el mercado del transporte público rural que une las ciudades de Puerto Montt y Los Muermos.
TDLC rechaza demanda de Rossano Renzo Droghetti en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública por licitación destinada a adjudicar un convenio marco para la provisión de servicios de difusión y publicidad a entidades públicas.
TDLC rechaza demanda de la empresa Jaime Spencer e Hijo Ltda. en contra de COPEC y por supuestos abusos de posición dominante cometidos en cláusulas abusivas en contratos suscritos entre las partes. Corte Suprema rechaza recurso de reclamación de Spencer e Hijo Ltda.
TDLC resuelve que RTC S.A. puede, legítimamente, importar y comercializar alarmas y accesorios para automóviles bajo la marca Némesis, en la medida que dichos productos sean originales y legítimamente comercializados y adquiridos por la consultante en cualquier país.
TDLC resuelve autorizar la participación de las consultantes, sus sociedades filiales y relacionadas, en los concursos públicos de renovación de sus concesiones de radiodifusión que expiran en el año 2012, de acuerdo con el marco legal actualmente vigente.
TDLC acoge las excepciones de prescripción opuestas tanto por Centrales Hidroeléctricas de Aysén y Endesa, al haber transcurrido más de dos años entre el hecho imputado y la notificación de la demanda interpuesta por Conservación Patagónica Chile. La Corte Suprema acoge parcialmente recurso de reclamación de Patagónica.
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