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El TDLC acogió la demanda presentada por Ferrovial en contra del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, fundada en la descalificación de su oferta en una licitación. El Tribunal concluyó que el acto denunciado infringió el artículo 3 inciso primero del D.L N°211, al considerarlo discriminatorio y arbitrario. En consecuencia, impuso al Coordinador el pago de una multa de 500 UTA a beneficio fiscal, además de ordenar el pago de las costas.
Autoridad
Tribunal de Defensa de Libre Competencia
Actividad económica
Eléctrico
Conducta
Abuso posición dominante
Resultado
Condena
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