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La FNE aprobó pura y simplemente la adquisición por parte de Condor Energy de un 80% de la participación accionaria de GNL Quintero descartando riesgos horizontales y verticales en la industria del gas natural (actividades de GNL Quintero).
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Otros
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F313-2022
Fecha Notificación
11-04-22
Fecha Inicio Investigación
10-05-22
Fecha Decisión
09-06-22
Adquisición de control en GNL Quintero S.A. por parte de Condor Energy Holdings SpA.
Conglomerado
Letra b)
Gas natural y licuado
Aprobación pura y simple en Fase I
No se utilizaron
Desde Notificación a Inicio de Investigación
29 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
30 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
La FNE no definió mercado relevante del producto.
La FNE no definió mercado relevante geográfico.
La FNE concluyó que la operación no sería apta para reducir sustancialmente la competencia, ya que las actividades desarrolladas por el Comprador y sus relacionadas, ni actual ni potencialmente, se superponen horizontal o verticalmente a las actividades de GNLQ. Además, la FNE estableció que, incluso considerando la participación minoritaria no controladora EIG en empresas que controlan activos de generación eléctrica que utilizan gas, la adquisición de GNLQ por parte del Comprador no genera riesgos a la competencia.
En específico, la FNE estableció que ciertas actividades desarrolladas por parte de entidades subsidiarias de EIG son en el sector de generación de energía. Dado que las actividades de la Sociedad Objeto están asociadas a la descarga, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado, la FNE concluyó que las actividades del comprador no se superponen horizontalmente a las desarrolladas por GNLQ.
Por otro lado, la FNE consideró en su análisis la participación minoritaria no controladora que mantiene EIG en la Generadora Metropolitana, de forma indirecta a través de AME Holding. Generadora Metropolitana controla diversos activos de generación eléctrica que utilizan gas. La Fiscalía, evaluó si una vez concretada la operación, GNLQ tendría la habilidad de materializar eventuales conductas de sabotaje derivadas de la Operación, para favorecer a las centrales de EIG en detrimento de las centrales termoeléctricas a gas.
Respecto a lo anterior, la FNE concluyó que no daría lugar la ocurrencia de riesgos verticales por dos motivos. El primero, a raíz de que es GNL Chile la empresa que adquiere y comercializa gas natural licuado, por lo que serían sus decisiones, y no las de GNLQ, las que determinan la forma de comercialización del gas adquirido. El segundo motivo, ya que el Coordinador Eléctrico Nacional es quien organiza el despacho de energía, GNLQ no incide en la participación de gas natural licuado en el mercado de generación de energía.
N/A
Fiscalía Nacional Económica
Tribunal de Defensa de Libre Competencia