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La FNE aprobó pura y simplemente la operación de concentración consistente la adquisición del 100% de las acciones de General Cable Corporation por Prysmian.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Materiales de construcción
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F117-2018
Fecha notificación
16-02-18
Fecha inicio investigación
02-04-18
Fecha decisión
08-05-18
Adquisición de control de General Cable Corporation por Prysmian SpA
Operación horizontal
Letra b)
Materiales de construcción
Aprobación pura y simple en Fase I
No se utilizaron
Desde Notificación a Inicio de Investigación
45 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
36 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
La FNE partió su análisis de la notificación de las partes, quienes identificaron como mercados relevantes los cables de uso general y los cables para distribución de energía eléctrica de baja y media tensión.
Respecto del mercado de cables para uso general, la FNE consideró que en su mayoría engloba una gran variedad de cables de baja tensión, utilizados en sistemas eléctricos de maquinarias, construcciones, aplicaciones industriales, cableado interno de equipos eléctricos, vehículos, automóviles y ferrocarriles, entre otros. La FNE concluyó que estos cables tienen un proceso productivo que es relativamente uniforme, siendo posible fabricar numerosos tipos de cable de uso general en una misma planta productiva sin altos costos de cambio y la sustitución desde el punto de vista de la oferta es considerable. Debido a lo anterior, la FNE consideró impertinente sub-segmentar el mercado en categorías más reducidas.
Respecto del mercado de cables de distribución eléctrica de baja y media tensión, la FNE indicó que los principales compradores son las empresas de distribución y que estos serían un producto commodity para ellas, debido a la estandarización generada por la regulación eléctrica nacional. Lo anterior fue usado por la FNE para justificar que no cabría realizar sub-segmentaciones. Además, concluyó que estos cables eran demandados por clientes distintos de los clientes demandantes de cables para uso general, por lo que se trataba de mercados relevante del producto distintos.
En cuanto al alcance geográfico del mercado de cables para uso general, la FNE analizó riesgos tanto para los mercados relevantes geográficos nacional, regional y mundial, y llegó a la conclusión de que en todos ellos la gran cantidad de participantes, la inexistencia de barreras de entrada considerables y las irrelevantes en los niveles de concentración (índice HHI) producto de la operación, permitían concluir que esta última no tenía la capacidad de reducir sustancialmente la competencia en ninguno de ellos.
En cuanto al alcance geográfico del mercado de cables de distribución de baja y media tensión, la FNE constató que las transacciones se realizan por medio de licitaciones privadas de las que participan empresas internacionales sin instalaciones físicas en Chile. Esto le permitió concluir que el mercado relevante geográfico sería más amplio que el nacional y que no sería necesario mayor análisis, dado el gran número de oferentes en el mercado regional y mundial, y las bajas participaciones de mercado de las partes, que no superarían los estándares de la Guía.
La FNE descartó riesgos bajo cualquier hipótesis posible de mercado relevante geográfico para el mercado de cables para uso general. Esto por cuanto estimó que el cambio de HHI en Chile sería solo levemente superior al umbral establecido en la Guía para las hipótesis de mercados con mayores niveles de concentración, sin perjuicio de que el nivel de concentración total del mercado no pudo ser comprobado por la FNE, por falta de antecedentes producto de la gran cantidad de participantes en el mercado que se encuentran fuera de Chile. No obstante, pudo verificar que la participación de mercado de Prysmian es reducida y las barreras de entrada no son de gran entidad. En consecuencia, de adoptar una definición de mercado relevante geográfico nacional, la operación no tendría el potencial de reducir sustancialmente la competencia.
Si el mercado relevante se define a nivel regional, la FNE señaló que el cambio en el índice de concentración es mayor que 200. No obstante, descartó riesgos horizontales, primeramente, por existir más de 30 empresas participantes, lo que redunda en un HHI final menor a 1500 (no superando los umbrales de la Guía). En segundo lugar, porque constató que estos cables son un commodity, donde los consumidores finales no asignan valor a la marca. Por último, por no haber barreras de entrada de entidad. Por último, si se considera el mercado relevante a nivel mundial, la FNE señaló que el cambio en el HHI es menor a 100, por lo que no era procedente un mayor análisis conforme a la Guía.
En cuanto al mercado de cables de distribución de baja y media tensión, la FNE constató que las transacciones se realizan por medio de licitaciones privadas de las que participan empresas internacionales sin instalaciones físicas en Chile, lo que sumado a las bajas participaciones de mercado de las partes (que no superarían los estándares de la Guía), le permitieron concluir que no había riesgos anticompetitivos.
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Al tiempo de la redacción de esta ficha, los autores forman parte de Carey, estudio jurídico que asesoró a agentes interesados en el proceso objeto de este análisis.