Newsletter
Suscríbete a nuestro Newsletter y entérate de las últimas novedades.
Mediante Resolución 25036 de 21 de abril de 2014 la Superintendencia resolvió sancionar a las personas jurídicas y naturales por incurrir en la conducta prevista en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.
Autoridad
Superintendencia de Industria y Comercio
Conducta
Prohibición general (art. 1 Ley 155 1959)
Decisión Alcanzada
Sanción
Regístrate de forma gratuita para seguir leyendo este contenido
Contenido exclusivo para los usuarios registrados de CeCo