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La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a diez ingenios azucareros por celebrar un acuerdo para fijar el precio de compra de caña de azúcar, al considerar acreditada la existencia de prácticas concertadas entre competidores. Las multas impuestas ascendieron a $1.030.000.000 para cada empresa y $154.500.000 para cinco representantes legales. Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló parcialmente la decisión respecto de seis ingenios y un directivo, ordenando la devolución de las multas pagadas.
Autoridad
Superintendencia de Industria y Comercio
Conducta
Acuerdos contrarios a la libre competencia (art. 47 Decreto 2153)
Decisión Alcanzada
Sanción
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