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La FNE aprobó pura y simplemente la adquisición de un porcentaje de las acciones de Inversiones Mitta SpA (Mitta) por parte de Mitsui & Co. que le permitiría ejercer sobre ella el control conjunto con la Sociedad de Inversiones Tajamar Limitada (SITL).
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Vehículos motorizados
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F119-2018
Fecha notificación
26-02-18
Fecha inicio investigación
12-03-18
Fecha decisión
20-04-18
Operación de concentración entre Mitsui & Co. y Sociedad Inversiones Tajamar Ltda. para participación en negocio de arriendo de vehículos y otros
Operación vertical
Letra b)
Vehículos motorizados
Aprobación pura y simple en Fase I
No se utilizaron
Desde Notificación a Inicio de Investigación
14 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
39 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
Las industrias involucradas en la operación fueron: (i) RAC, (ii) LOP, y (iii) comercialización de vehículos livianos nuevos.
Consiste en el servicio de arriendo de vehículos motorizados livianos a terceros por periodos cortos de tiempo (menores a un año).
La finalidad de este servicio es satisfacer la necesidad que algunos actores de diversas industrias tienen de externalizar el financiamiento, administración, y mantención de su flota de vehículos. El administrador de la flota la adquiere, entrega al cliente, maneja la disponibilidad de talleres y repuestos, gestión se seguros, etc.
Este es un mercado aguas arriba en relación con RAC y LOP. El modelo de Toyota consistía en un contrato de distribución de vehículos con Toyota Motor Corporation, con la exclusividad de la importación de estos vehículos. Luego, Toyota les vendía los vehículos a los concesionarios minoristas quienes a su vez vendían las unidades a los clientes finales (entre los que se incluyen empresas de RAC y LOP). No obstante, la FNE dejó la definición abierta por no haber riesgos en ningún caso.
Para RAC, el mercado relevante es al menos nacional, aunque la FNE dejó la definición abierta. La FNE estuvo de acuerdo con las partes en que el ámbito geográfico de LOP sería nacional, y dejó abierta la definición para la comercialización mayorista de vehículos.
La FNE descartó riesgos horizontales por no haber traslapes. Respecto de riesgos verticales, primero analizó el eventual cierre de insumos o aumento de precio por parte de Toyota a empresas proveedoras de servicios RAC y LOP distintas de ADP; riesgos que la FNE descartó porque los vehículos comercializados por Toyota no eran insumos esenciales y porque Toyota no detentaba poder de mercado. Segundo, la FNE analizó la posibilidad que ADP se abasteciera únicamente de vehículos Toyota, generando un cierre de clientes. La FNE estimó poco plausible la ocurrencia de este riesgo por no tener ADP la habilidad de hacerlo.
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Al tiempo de la redacción de esta ficha, los autores forman parte de Carey, estudio jurídico que asesoró a agentes interesados en el proceso objeto de este análisis.