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La CRPI sancionó a ICEBELL por la falta de notificación de una operación de concentración. La autoridad consideró que la operación por medio de la cual se adquirieron los activos y pasivos de RECAPITOMSA S.A. era de obligatoria notificación, pues el volumen de negocios de los participes superaban el umbral fijado por la Junta de Regulación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado.
Autoridad
Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI)
Conducta
Incumplimiento de régimen de concentraciones
Resultado
Sanción
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