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¿Colusión contra la regulación medioambiental?

4.06.2025
CeCo Chile
12 minutos
Jorge Alé-Chilet Profesor de la universidad de los andes y Ph.D. en Economía en la Hebrew University of Jerusalem.

El incumplimiento de las normas medioambientales es un problema generalizado en diversas industrias y países. Sin embargo, se suele suponer que en estos casos las empresas toman sus decisiones de manera independiente. Surge así la pregunta de si empresas competidoras se coordinan para evadir conjuntamente la regulación y cuáles son los efectos que tiene este comportamiento en el bienestar social. En esta nota, resumiré las conclusiones del trabajo «Colluding against Environmental Regulation«, recientemente aceptado en la Review of Economic Studies y que fue escrito junto a Cuicui Chen (Universidad del Estado de Nueva York en Albany), Jing Li (Universidad de Tufts) y Mathias Reynaert (Escuela de Economía de Toulouse).

En el trabajo, analizamos un caso concreto: el caso de colusión en el que los tres grandes fabricantes alemanes de automóviles (BMW, Daimler y Volkswagen) acordaron reducir la efectividad de su tecnología de control de emisiones diésel. El caso es particularmente relevante porque se trata, no del tradicional acuerdo de precios, sino de coordinación en decisiones técnicas con externalidades medioambientales negativas. Ello tiene importantes implicancias para el diseño de políticas regulatorias y de competencia. Conectamos así dos áreas de política económica tradicionalmente separadas —la regulación ambiental y la política de libre competencia— mostrando cómo pueden complementarse para maximizar el bienestar social.

«Un punto fundamental del estudio es que prohibir toda cooperación entre empresas no constituiría una política óptima pues la cooperación contra la norma técnica aumenta los beneficios de firmas y de consumidores a la vez que daña el medioambiente»

El caso de colusión

En julio de 2021, la Comisión Europea determinó que los conglomerados de autos BMW, Daimler y Volkswagen violaron la legislación antimonopolios al coludirse para restringir la efectividad de la tecnología de control de emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) en vehículos diésel en incumplimiento de la norma medioambiental. La norma en cuestión fue la Euro 6, la que impone reducir a la mitad el límite de emisiones NOx permitidas para vehículos diésel a partir de 2014. Para cumplir con esta regulación más estricta, los fabricantes instalaron en la mayoría de sus vehículos diésel un estanque de un fluido de solución de urea (DEF o fluido de escape diésel, por sus siglas en inglés). Sin embargo, como mostramos en el estudio, dada la estructura de los autos, la instalación de un estanque de 20 litros reduce en 16 litros el espacio de la maleta del auto, lo que perjudica a los dueños de autos.

Según documentos internos y hallazgos de la Comisión Europea, los tres fabricantes alemanes se comunicaron a través de reuniones y correos electrónicos desde 2006 para acordar lo que llamaron un «enfoque coordinado» para reducir el tamaño de los estanques de DEF. El objetivo, en palabras de ejecutivos de las automotoras era reducir costos y “dejar suficiente espacio en la maleta para los palos de golf”. Dado que la recarga de los estanques era anual – junto con el mantenimiento anual del vehículo –, un estanque más pequeño implicaba menor consumo de DEF por kilómetro recorrido y, por tanto, mayor contaminación emitida. Para colmo, la mayor parte de estos vehículos contaban con los llamados “dispositivos de desactivación” que hacían que los autos funcionaran a menor potencia en la revisión técnica anual. Así, el regulador se quedó con menos herramientas para detectar el incumplimiento del estándar medioambiental.

Las empresas aparentemente sabían que los estanques más pequeños no contenían suficiente DEF para reducir las emisiones de NOx de manera efectiva y cumplir con la norma Euro 6. La Comisión Europea concluyó que hubo coordinación explícita en el tamaño de los estanques. Por ello, la Comisión impuso una multa de 2.700 millones de euros por el caso de colusión, multa que se vio rebajada a 875 millones por descuentos debido a delación compensada y a la novedad que implicaba un caso de colusión tecnológica.

Marco teórico

Desarrollamos un marco teórico para comprender las decisiones de cumplimiento regulatorio de las empresas (ya sea unilateral o coordinado) y las ganancias potenciales de la coordinación. En el modelo, las empresas enfrentan un estándar de contaminación y toman acciones para cumplirlo (el tamaño de los estanques DEF). La reducción de emisiones disminuye los beneficios de las empresas, pues aumenta los costos marginales y disminuye el atractivo del producto para los consumidores, por ejemplo, debido a que implica maletas más pequeñas. El regulador observa las acciones de las firmas para cumplir con el estándar. Sin embargo, el regulador no sabe cómo la acción de las firmas se traduce en menos emisiones: el regulador no puede monitorear constantemente la contaminación de cada auto (debido a los dispositivos de desactivación). Por ello, el monitoreo es imperfecto. En cambio, con cierta probabilidad el regulador realiza una inspección, y si detecta incumplimiento, las empresas enfrentan sanciones que pueden incluir multas, costos legales y daños reputacionales.

El modelo muestra que una coordinación contra la regulación solo puede ser rentable cuando la colusión disminuye las sanciones esperadas por incumplimiento de la norma. Las sanciones esperadas pueden disminuir ya sea porque la sanción futura misma baja o porque la probabilidad de ser detectado disminuye. Así, identificamos tres razones principales por las que las sanciones o la probabilidad de una sanción pueden bajar: (1) «difusión de responsabilidad», donde la sanción para una empresa incumplidora puede ser menor cuando se detectan múltiples infractores, puesto que el peso de la ley no recae sobre una sola; (2) «interés compartido», que reduce el riesgo de que una empresa coludida denuncie la infracción; y (3) la probabilidad de inspección puede depender de cómo las acciones de cumplimiento de una empresa se compara con las demás. El modelo muestra que una sanción por una conducta anticompetitiva puede complementar la regulación medioambiental reduciendo los beneficios de las firmas que se coordinaron en el estándar.

Metodología empírica

Utilizamos datos de registros de vehículos, sus atributos y emisiones en carretera del mercado automovilístico europeo entre 2007 y 2018. Un primer hallazgo es que hay pruebas de incumplimiento generalizado en la industria y no solo por parte de las coludidas. Los datos revelan que un 70% de los vehículos diésel incumplían el estándar de NOx, emitiendo en promedio más de tres veces la cantidad de emisiones permitida por la norma. Los estanques DEF observados eran casi la mitad de lo requerido para el cumplimiento. Este incumplimiento generalizado solo fue posible por la masificación del uso de dispositivos de desactivación mencionados anteriormente. Vemos así que la colusión movió en cierta forma a toda la industria al incumplimiento, aunque vemos en los datos que las empresas coludidas inyectaban un 8% menos dosis de DEF que las no coludidas.

Para cuantificar los efectos de la colusión, estimamos un modelo estructural de demanda de vehículos y costos marginales, incorporando los costos de reducción a través de las elecciones de tamaño del estanque DEF. Los resultados confirman que los consumidores estarían dispuestos a pagar un monto importante (231 euros en promedio) para evitar la reducción de espacio de maleta que implicaría el cumplimiento de la norma Euro 6. Además, nuestras estimaciones concluyen que los consumidores no valoran ceteris paribus el tamaño del estanque DEF por lo que no hay incentivos por el lado de la demanda para cumplir con el Euro 6. Finalmente, mostramos que aumentar el volumen del estanque DEF es costoso (42 euros por litro), costos que no bajan en caso de coordinación en el tamaño.

Hallazgos principales

Nuestro modelo nos permite calcular el impacto de la colusión. Estimamos que la colusión redujo las sanciones esperadas por incumplimiento para las coludidas entre al menos 69 y 345 millones de euros dependiendo del escenario contrafactual. Esta estimación constituye un piso mínimo del efecto real, lo que muestra la magnitud del incentivo económico que motivó la colusión.

Un punto fundamental del estudio es que prohibir toda cooperación entre empresas no constituiría una política óptima pues la cooperación contra la norma técnica aumenta los beneficios de firmas y de consumidores a la vez que daña el medioambiente. Así, los efectos en el bienestar social dependen de la magnitud del daño medioambiental en relación con los beneficios generados para consumidores y empresas. Mostramos que la colusión aumentó tanto los beneficios de la industria como el excedente de los compradores de autos debido a mayor espacio de maletas y a menores costos marginales. Sin embargo, estos beneficios resultaron inferiores al costo asociado a aumento de emisiones NOx. Así, la colusión redujo el bienestar social entre 1.570 y 5.570 millones de euros.

El daño al bienestar social implica que la multa de 2.700 millones de euros impuesta por la Comisión Europea compensó los daños ex-post. Sin embargo, nuestro análisis muestra que la multa fue insuficiente para disuadir futuras colusiones contra la regulación ambiental. Ello evidencia la necesidad de reformar los mecanismos sancionadores para que estos reflejen adecuadamente los costos sociales de la colusión.

Además de lo anterior, evaluamos el contexto regulatorio según el marco de Che y Kim (2006), el cual sugiere comparar el beneficio privado de las empresas coludidas con el efecto negativo que sus acciones tienen sobre el bienestar del resto de la sociedad. Si ambos son parecidos, la colusión podría compensar el daño, mientras que si los beneficios son mucho menores que los daños a los otros actores, la colusión sería altamente ineficiente. Concluimos que las automotoras se encontrarían en este último caso pues los beneficios privados de las empresas fueron solo un 7 a 11% de los daños al resto de la sociedad según los supuestos. Otra interpretación de este número es que el entorno regulatorio de la UE está muy lejos de ser óptimo para prevenir colusiones, pues si las empresas esperaban una multa similar al daño causado, bastó una pequeña parte de esos daños para motivarlas a que se coludieran ex ante.

Conclusión

Nuestro estudio contribuye a la literatura sobre cumplimiento regulatorio y colusión al proporcionar un marco teórico y empírico para analizar la colusión contra la regulación. Podríamos preguntarnos si la política de libre competencia podría desempeñar un papel complementario en la aplicación de regulaciones medioambientales al contrarrestar los incentivos para la colusión contra las normas. Sin embargo, advertimos que ello conlleva desafíos prácticos. A diferencia de la colusión de precios, donde el grado de sobreprecio proporciona el cálculo de daños y multas, el incumplimiento coordinado lleva a ventas excesivas en lugar de sobreprecio. En este caso, los precios serían demasiado bajos o la calidad del producto demasiado alta desde una perspectiva social, hecho que aumenta las ventas y, por ende, la contaminación por unidad vendida.

Sugerimos tres direcciones para mejorar la regulación medioambiental: aumentar las multas con el número de empresas incumplidoras para contrarrestar la difusión de la responsabilidad; dar incentivos a las empresas para autodenunciarse por incumplimiento, similar a los programas de delación compensada en la colusión de precios; e incorporar en las decisiones de inspección la posibilidad de que haya colusión. La adopción de estas medidas podría ser un aporte a la protección medio ambiental con la espada de la autoridad de libre competencia.

 


Referencias

Alé-Chilet, Jorge, Cuicui Chen, Jing Li, and Mathias Reynaert. «Colluding against environmental regulation.» Review of Economic Studies (2025).

Che, Yeon‐Koo, and Jinwoo Kim. «Robustly collusion‐proof implementation.» Econometrica 74, no. 4 (2006): 1063-1107.

 

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