Debido Proceso y Teorías Económicas: ¿Una Tarea Pendiente? | CeCo
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Debido Proceso y Teorías Económicas: ¿Una Tarea Pendiente?

9.02.2022
Alejandro García de Brigard Socio de Brigard Urrutia desde 2002. Lidera la práctica de Derecho de la Competencia y tiene experiencia en todas sus áreas. Es también miembro de la práctica Corporativo/M&A. Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana y LL.M de la Universidad de Nueva York. Es, además, Profesional en Ciencias Militares de la Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova, con el grado de Subteniente.
Alejandra Ángel Posse Miembro de Brigard Urrutia desde 2021. Estudiante optando por el título de Abogada de la Pontificia Universidad Javeriana. Fue pasante en Brigard Urrutia en 2019 y desde entonces se ha interesado por los temas relacionados con el derecho de la competencia.

Este artículo plantea reflexiones preliminares sobre la interacción entre el debido proceso y las garantías procesales y el uso creciente de teorías económicas para la toma de decisiones sancionatorias en materia de libre competencia. Haciendo referencia a estándares internacionales y a desarrollos e investigación académica internacional, los autores destacan los retos y limitaciones en el uso de teorías económicas frente a la importancia de respetar los principios del debido proceso en la aplicación del derecho de competencia, así como la dificultades que plantea el uso de herramientas económicas por autoridades de naturaleza administrativa, que muchas veces concentran en sí mismas facultades investigativas y sancionatorias.

«(…) no es claro que sea posible reconciliar la necesidad de transparencia y normas preestablecidas cuando las teorías económicas de prueba utilizadas en un proceso no están claramente establecidas ni sometidas a estándares mínimos de práctica, manejo de información, sets de datos, etc. En el mismo sentido, no es claro que se pueda garantizar un proceso imparcial sin antes introducir reformas significativas destinadas a asegurar que el uso de herramientas económicas sea neutral y esté protegido del sesgo institucional

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