Desafíos para implementación de institucionalidad argentina
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Desafíos para implementación de institucionalidad argentina

Desafíos para implementación de la nueva institucionalidad argentina

28.11.2019

La nueva institucionalidad argentina de competencia, impulsada por el gobierno de Mauricio Macri, espera el nombramiento de sus principales autoridades. Aunque el concurso por los cargos finalizó el pasado octubre, el saliente presidente Macri no decretó sus nombramientos, que además deben pasar por la aprobación del Senado argentino. Una vez conformada, la nueva Autoridad Nacional de Competencia (ANC), tendrá a su cargo la implementación del nuevo sistema de control de operaciones de concentración y del programa de delación compensada.

La Ley N° 27.442 de 2018 modernizó sustancialmente el régimen de competencia argentino. En su faz institucional, la reforma creó la ANC como un organismo administrativo descentralizado y autárquico. De hecho, uno de los principales ejes de esta nueva agencia, en contraste con su predecesora –la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC)–, es la independencia de sus decisiones respecto del poder político.

En el régimen argentino actual, las decisiones de la CNDC deben pasar por el Secretario de Comercio, representante directo del poder ejecutivo. Este esquema, además, responde a un diseño transitorio, puesto que una iniciativa legislativa anterior procuró reformar la autoridad y disponía la creación de un tribunal estable, organismo que sin embargo nunca se conformó por no poder concretarse sus nombramientos.

En el modelo propuesto en la reforma para la ANC argentina coexistirán tres instituciones de naturaleza administrativa:

1. el Tribunal de Defensa de la Competencia, órgano colegiado integrado por 5 miembros, de los cuales dos deben ser abogados y dos economistas

2. la Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas

3. la Secretaría de Concentraciones Económicas

El nombramiento de estas autoridades estaba en manos de la administración Macri, tras un concurso público abierto en abril y finalizado en octubre de 2019. Dentro de las nóminas figuran miembros de la actual autoridad, como Esteban Greco, Presidente de la CNDC, y Lucía Quesada, Directora Nacional de Promoción de Competencia del mismo organismo. Sin embargo, estas designaciones no tuvieron lugar, por lo que ahora quedará en suspenso saber si la nueva administración se regirá por este antiguo concurso o bien convocará a uno nuevo.

Un nuevo régimen de competencia para Argentina

Esta reforma legal representó una significativa actualización del régimen de competencia del país trasandino en materia institucional y de estándares sustantivos.

Entre otras modificaciones, la nueva ley introdujo el control ex ante de operaciones de concentración, que no podrá implementarse en plenitud mientras no se haya constituido la nueva ANC. Según la propia ley, el régimen deberá empezar a regir a partir de 1 año luego de la puesta en funcionamiento de la agencia.

Además, la reglamentación de un procedimiento sumario para las operaciones de menor envergadura también quedó relegado al Tribunal de Defensa, autoridad que espera su conformación.

La nueva ley incorporó también la figura de clemencia o delación compensada para la detección de carteles. Ésta permite al primer aportante de información quedar eximido de la sanción, y de una reducción de entre el 20% y el 50% para otros miembros del cartel que entreguen pruebas subsecuentemente. Para que este nuevo sistema de delaciones compensadas pueda operar resulta clave que la nueva ANC se encuentre constituida.

En definitiva, mientras estas autoridades no sean designadas, una serie de procesos quedarán truncados en el país vecino. La efectiva y exitosa entrada en vigor del nuevo régimen de protección de competencia dependerá de lo que suceda en los meses venideros.

 

Enlaces externos:

MLex – Comment: Future of Argentina’s new competition authority uncertain under newly elected government. Ver aquí

Comentarios a la Ley de Defensa de la Competencia, dirigido por Demetrio A. Chamatropulos; Pablo Trevisán; Miguel del Pino -Ciudad Autónoma de Buenos Aires: La Ley, 2018. Ver aquí

Julio Tapia O.