Newsletter
Suscríbete a nuestro Newsletter y entérate de las últimas novedades.
La FNE aprobó con medidas la operación de concentración consistente en la adquisición del control sobre el 100% de las acciones en Azapar y sus filiales, de propiedad de Gerdau Chile Inversiones Limitada, por parte de I&I, Reyosan, Los Andes y Matco.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Materiales de construcción
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación con medidas
Rol FNE
F109-2017
Fecha notificación
26-12-17
Fecha inicio investigación
10-01-18
Fecha decisión
29-05-18
Operación de Concentración entre Aza Participaciones SpA, Matco Cables SpA y otros
Operación horizontal y vertical
Letra b)
Materiales de construcción
Aprobación sujeta a medidas en Fase I
No se utilizaron
Desde Notificación a Inicio de Investigación
15 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
139 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
Las mallas electrosoldadas para la construcción (“Mallas”) son un producto para refuerzo de hormigón elaborado a partir de tiras de alambrón entrecruzadas perpendicularmente y electrosoldadas o fundidas en las junturas, hasta lograr su unión (en dicho proceso no se utilizan materiales añadidos). Su principal uso es en la construcción, y dentro de ello en el refuerzo de hormigón. Concretamente, las Mallas suelen utilizarse en aplicaciones de hormigón armado tales como losas, muros, pavimentos y radieres. Por normativa, dichas aplicaciones en la construcción se encuentran limitadas principalmente a aquellas que involucran el soporte de cargas fijas. Los actores más importantes del mercado son Acma S.A. (“Acma”), Armacero S.A. (“Armacero”), RGM Mallas de Alambres S.A., Premet Ltda., American Screw de Chile S.A. y Ebema S.A.
La FNE concluyó, atendido las consideraciones de la industria y la jurisprudencia comparada, que las Mallas constituyen un mercado relevante en sí mismo, distinto del de las barras de refuerzo para hormigón, respecto a las cuales no existiría, producto de la operación, traslape en cuanto a su producción.
Comprende la comercialización de productos de acero largos y/o planos a consumidores finales, ya sea a nivel mayorista o minorista, la cual puede ir acompañada de servicios de procesamiento adicionales, en particular el servicio de corte y doblado de barras de refuerzo. Los distribuidores con mayor participación a nivel nacional son aquellos relacionados a las Partes, seguidos por un gran número de actores, los cuales incluyen tanto a distribuidores con presencia nacional como a distribuidores regionales más atomizados. Este mercado exhibe dos tipos de vínculo comercial entre productores y consumidores finales: el de venta directa, que comprende aquellas transacciones realizadas entre el productor y el consumidor final; y el de venta intermediada, que comprende aquellas ventas realizadas a consumidores finales por actores que no elaboran el bien transado. Los distribuidores cumplen esencialmente dos funciones, que no son excluyentes entre sí: la de centro de acopio y la de servicios de acero.
Nacional. Al respecto, la FNE indicó que, en la práctica, no es económicamente factible la importación y exportación de Mallas, debido a que constituyen un producto de bajo valor agregado y, por su composición, su transporte marítimo produciría su deterioro material. A la vez, la relación entre el costo de transporte y valor del producto es elevada, debido al alto porcentaje de espacio vacío que involucra su transporte. Además, la evidencia muestra que los productores de Mallas son titulares de instalaciones productivas ubicadas mayoritariamente en la zona central, las que abastecen todo el consumo de Mallas del país, lo que descartaría la existencia de mercados regionales dentro de Chile.
La FNE determinó que podía quedar abierta, por cuanto las conclusiones arribadas no se alterarían bajo un análisis a nivel nacional o local.
Respecto a los efectos en el mercado de las Mallas, los dos principales productores, Armacero y Acma, pasarían a tener accionistas indirectos comunes, circunstancia que haría posible la materialización de eventuales efectos horizontales de carácter coordinado en el mercado de producción y venta de Mallas, especialmente en consideración a la existencia de vínculos accionarios comunes entre tales entidades.
Respecto a los efectos en el mercado de productos de acero, no obstante la existencia de vínculos accionarios comunes entre agentes económicos activos en el mismo, como lo son las Filiales, el Grupo Inchalam y Sodimac, la FNE consideró que –principalmente– dadas las características del mercado, el carácter preminentemente local, la presencia de un gran número de alternativas y las prerrogativas respecto de las cuales los relacionados a I&I serían titulares en Sodimac, fue posible descartar una reducción sustancial de la competencia a su respecto.
La FNE consideró la falta de habilidad y de incentivos de las partes y de las entidades relacionadas a éstas para la efectiva materialización de riesgos verticales.
En razón del análisis competitivo de la FNE, las partes ofrecieron medidas de mitigación (“Medidas”). El principal compromiso contenido en las Medidas consiste en que Matco se abstendría de influir en la administración del negocio de Mallas desarrollado por Armacero, y se abstendría de acceder a información comercial sensible respecto al mismo y de divulgarla a terceros. En concreto, Matco no tendría derecho a designar a los miembros del directorio o ejecutivos relevantes de Armacero y, a su vez, no tendría acceso a información comercial sensible ni por vía de su calidad de accionista indirecto, ni mediante su calidad de director de su respectiva matriz (Azapar). Asimismo, las partes se obligaron a no nombrar como director o ejecutivo relevante a quienes ostenten cargos equivalentes en Grupo Inchalam.
Como complemento de tal medida, se estableció el deber de las otras Compradoras, esto es I&I, Reyosan y Los Andes, de propender a que Matco y sus accionistas y directivos no accedieran a la información comercial sensible de Armacero, especialmente en relación con la información a que accedería Azapar en su calidad de matriz de esta última.
Por otro lado, las partes se comprometieron a que las medidas ofrecidas serían puestas en conocimiento de los sujetos obligados, y mantendrían su vigencia mientras Matco tuviese participación directa o indirecta de forma simultánea en Armacero y Acma.
Por último, las partes se obligaron a entregar periódicamente y una vez al año a la FNE un reporte de cumplimiento de las medidas.
Comisión Europea: