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La FNE aprobó de forma pura y simple la operación de concentración consistente en la celebración de un Contrato de Compraventa entre Bicecorp y Bice Chileconsult (Compradores), y SUAM Chile y Sura Colombia (Vendedores), en virtud del cual los Compradores adquirirían la totalidad de los activos, pasivos, patrimonio y relaciones contractuales que forman parte del negocio de rentas vitalicias de la sociedad Sura en Chile, mediante la adquisición del 100% de las acciones de una sociedad que se debería constituir al efecto.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Otros
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F130-2018
Fecha notificación
20-04-18
Fecha inicio investigación
28-05-18
Fecha decisión
09-07-18
Operación de Concentración entre Bicecorp y Sura
Operación horizontal
Letra d)
Otros
Aprobación pura y simple en Fase I
No se utilizaron
Desde Notificación a Inicio de Investigación
38 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
42 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
El mercado relevante sería el de la oferta, contratación y gestión de rentas vitalicias en Chile. Las partes distinguieron dos mercados: (i) el mercado de rentas vitalicias con intermediación, y (ii) el mercado de rentas vitalicias directo, considerando, principalmente, las preferencias de los demandantes al momento de seleccionar una renta vitalicia, descartando además que el retiro programado formase parte del mismo mercado relevante del producto que las rentas vitalicias. Además, las partes presentaron otras segmentaciones posibles, de acuerdo con los distintos tipos de pensión (vejez, vejez anticipada, invalidez y sobrevivencia), la modalidad a través de la cual es adquirida (inmediata, diferida e inmediata con retiro programado) y/o mediante el canal de comercialización. Sin embargo, la FNE dejó abierta tanto la definición de mercado relevante de producto como sus segmentaciones.
Nacional.
Las partes informaron a la FNE acerca de una superposición horizontal en la actividad de oferta, contratación y gestión de rentas vitalicias en Chile. No obstante, la FNE consideró que no había riesgos sustanciales a la competencia derivados de la operación en ninguno de los escenarios posibles. Lo anterior se debería a la existencia de un alto número de oferentes, a la presencia de actores relevantes, y a que los umbrales de concentración establecidos en la Guía para el Análisis de Operaciones de Concentración Horizontales no se sobrepasaban a raíz de la operación.
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