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La FNE aprobó en Fase 1, de manera pura y simple, la operación de concentración que implica la adquisición de control por parte de Fondo Rentas de Bodenor Flexcenter S.A, tras descartar riesgos de carácter horizontal.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Otros
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F253-2020
Fecha Notificación
17-11-20
Fecha Inicio Investigación
01-12-20
Fecha Decisión
13-01-21
Adquisición de control en Bodenor Flexcenter S.A. por parte de Fondo de Inversión Independencia Rentas Inmobiliarias
Horizontal.
Letra b)
Otros.
Aprobación pura y simple en Fase I
N/A
Desde Notificación a Inicio de Investigación
14 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
43 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
En virtud del traslape entre la Compradora y la Sociedad objeto, el mercado relevante que indicaron las Partes corresponde al desarrollo de Centros BTS.
La División de Fusiones indicó que esta es la definición más conservadora. Según indicó la FNE, este escenario maximiza los riesgos de la Operación. No obstante, no se encontraron riesgos sustanciales a la competencia y la FNE sostuvo que era posible dejar abierta la definición de mercado relevante de producto.
Considerando que los centros de bodegas y centros BTS de las Partes se encontraban ubicados dentro de la Región Metropolitana —fundamentalmente en el sector Norte y Poniente— se asumió como mercado relevante geográfico a toda la Región Metropolitana, aunque una definición precisa debería segmentar por zonas. Así las cosas, para el caso en particular, las conclusiones no cambian al diferenciar por zonas.
La Fiscalía evaluó si Fondo Rentas tendría el incentivo y la capacidad para aumentar los precios de arriendo, tanto de sus propios Centros BTS como de aquellos pertenecientes a BFC.
El análisis de participaciones de mercado realizado por la Fiscalía identificó que la Operación superaba los umbrales de HHI establecidos en la Guía de la FNE, al incurrir en un escenario post operación de un HHI de [2500-2750] y un cambio de [200-250]. Sin embargo, la Fiscalía indicó que esta medición sobreestima la verdadera concentración en el mercado relevante, pues no considera a distintos oferentes de Centros BTS con participaciones más bajas ni a oferentes de bodegas especulativas, los cuales ejercen cierta presión competitiva sobre los Centros BTS. Adicionalmente, la FNE mencionó que esta medición contabiliza la capacidad instalada que se encuentra comprometida a largo plazo, lo que no necesariamente representa un indicador de concentración preciso.
Por otro lado, la FNE señaló que el mercado de bodegas está en expansión. En particular, el segmento de Centros BTS podría verse beneficiado por el crecimiento del comercio electrónico (e-commerce), mencionando específicamente el proyecto de Mercado Libre en donde se constituirá un Megacentro de por lo menos 70.000 metros cuadrados.
Finalmente, la Fiscalía resaltó que la participación de Fondos Rentas en el segmento de Centros BTS está limitada a 2 centros de distribución, no ha crecido en los últimos años, y no tiene planes de expandir su oferta en el mediano plazo.
En base a todo lo anterior, la FNE estimó que la Operación no es apta para reducir sustancialmente la competencia en el mercado analizado.
N/A.
Fiscalía Nacional Económica