GNL Quintero / Condor Energy | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

GNL Quintero / Condor Energy

La FNE aprobó pura y simplemente la adquisición por parte de Condor Energy de un 80% de la participación accionaria de GNL Quintero descartando riesgos horizontales y verticales en la industria del gas natural (actividades de GNL Quintero).

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Otros

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F313-2022

Fecha Notificación

11-04-22

Fecha Inicio Investigación

10-05-22

Fecha Decisión

09-06-22

Carátula

Adquisición de control en GNL Quintero S.A. por parte de Condor Energy Holdings SpA.

Partes

  • Condor Energy Holdings Spa: Sociedad constituida con motivo exclusivo de la operación. Es en un 75% propiedad de fondos de inversión administradas por filiales de EIG Asset Management LLC (parte del grupo empresarial de EIG) y, en un 25% propiedad de Fluxys International S.A.
    • EIG: Inversionista en el sector de energía en diferentes países. En Chile participa directamente en la generación de electricidad mediante proyectos de energía fotovoltaica y de concentración solar que conforman el proyecto energético Cerro Dominador, Región de Antofagasta.
    • Fluxys: Grupo empresarial que es dueño y opera infraestructura de gas natural, principalmente en Europa. Ninguna entidad vinculada a Fluxys, ni a su grupo empresarial, desarrolla actividades económicas de cualquier naturaleza en Chile.
  • Enagás Chile Spa: Sociedad por acciones constituida en Chile, es filial en un 100% de la española Enagás S.A. La única actividad económica que el Grupo Enagás desarrolla en Chile corresponde a la participación de Enagás Chile en GNL Quintero, con un 45,4% del capital accionario de esta última.
  • Borealis Calumet Holdings Inc. y BPC Penco VI Corporation: Compañías holding constituida como filiales indirectas de OMERS Administration Corporation y detentan un 34,6% del capital GNL Quintero (única inversión de OMERS en Chile).
  • GNL Quintero S.A. (“GNLQ”): Sociedad de propiedad en un 20% de ENAP, 45,4% de Enagás Chile y 34,6% de OMERS Chile. Propietaria y operadora de la infraestructura del terminal portuario Quintero, en la Región de Valparaíso. Se limita principalmente a descargar, almacenar y regasificar el gas natural licuado adquirido por GNL Chile S.A.

Operación

Adquisición por parte de Condor Energy de un 80% de la participación accionaria de GNL Quintero S.A.

Tipo de Operación:

Conglomerado

Artículo 47 DL 211:

Letra b)

Actividad económica:

Gas natural y licuado

Decisión final:

Aprobación pura y simple en Fase I

Bases de datos externas utilizadas:

No se utilizaron

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

29 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

30 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

La FNE no definió mercado relevante del producto.

Mercado relevante geográfico:

La FNE no definió mercado relevante geográfico.

Análisis Competitivo

La FNE concluyó que la operación no sería apta para reducir sustancialmente la competencia, ya que las actividades desarrolladas por el Comprador y sus relacionadas, ni actual ni potencialmente, se superponen horizontal o verticalmente a las actividades de GNLQ. Además, la FNE estableció que, incluso considerando la participación minoritaria no controladora EIG en empresas que controlan activos de generación eléctrica que utilizan gas, la adquisición de GNLQ por parte del Comprador no genera riesgos a la competencia.

En específico, la FNE estableció que ciertas actividades desarrolladas por parte de entidades subsidiarias de EIG son en el sector de generación de energía. Dado que las actividades de la Sociedad Objeto están asociadas a la descarga, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado, la FNE concluyó que las actividades del comprador no se superponen horizontalmente a las desarrolladas por GNLQ.

Por otro lado, la FNE consideró en su análisis la participación minoritaria no controladora que mantiene EIG en la Generadora Metropolitana, de forma indirecta a través de AME Holding. Generadora Metropolitana controla diversos activos de generación eléctrica que utilizan gas. La Fiscalía, evaluó si una vez concretada la operación, GNLQ tendría la habilidad de materializar eventuales conductas de sabotaje derivadas de la Operación, para favorecer a las centrales de EIG en detrimento de las centrales termoeléctricas a gas.

Respecto a lo anterior, la FNE concluyó que no daría lugar la ocurrencia de riesgos verticales por dos motivos. El primero, a raíz de que es GNL Chile la empresa que adquiere y comercializa gas natural licuado, por lo que serían sus decisiones, y no las de GNLQ, las que determinan la forma de comercialización del gas adquirido. El segundo motivo, ya que el Coordinador Eléctrico Nacional es quien organiza el despacho de energía, GNLQ no incide en la participación de gas natural licuado en el mercado de generación de energía.

Medidas de mitigación

N/A

Casos relacionados

Fiscalía Nacional Económica

Tribunal de Defensa de Libre Competencia

Autores

CeCo UAI