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La FNE aprobó pura y simplemente, la operación de concentración consistente en la adquisición conjunta del control de las compañías GTA Travel Holdingy Kuoni Holdings por parte de Canada Pension Plan Investment Board (CPPIB) y Capital Managements (V) General Partner Limited (Cinven), mediante la compra de derechos a EQT VII.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Otros
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F84-2017
Fecha notificación
08-06-17
Fecha inicio investigación
14-07-17
Fecha decisión
23-08-17
Notificación de operación de concentración entre GTA Travel Holding LTD., Kuoni Holdings Plc. y sus filiales, y Hotelbeds Group
Operación horizontal
Letra b)
Otros
Aprobación pura y simple en Fase I
No se utilizaron
Desde Notificación a Inicio de Investigación
36 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
40 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
La FNE señaló que como consecuencia de la operación se produciría una concentración en la industria de intermediación de alojamientos hoteleros, la que forma parte de la industria de servicios de turismo.
Citando jurisprudencia comparada (Comisión Europea), sostuvo que en esta industria los actores compiten bilateralmente, aguas arriba (respecto de los hoteles) y aguas abajo (respecto de los consumidores finales u otros intermediarios). Aguas arriba los distintos intermediarios compiten entre sí por la obtención de inventario de alojamientos, a través de múltiples formas contractuales (v.gr. compra de inventarios, fijación de cuotas, etcétera). Aguas abajo, los intermediarios compiten para comercializar sus camas de hotel a otros actores B2C —caso de los GDS (sistemas de distribución global, por sus siglas en inglés), bedbanks (plataformas de agregación de demanda) y consolidadores (plataformas que coordinan, juntan y agregan contenido de una variedad de bedbanks u otros intermediarios)— o a consumidores finales, en el caso de actores B2C.
En este contexto, la FNE indicó que al definir los mercados relevantes resultaba necesario tener presente la forma de interacción entre los distintos participantes para analizar cómo efectivamente estos compiten entre sí. Dada la complejidad de las interacciones entre los distintos intermediadores no resultaba tarea sencilla delimitar los contornos precisos de los mercados relevantes afectados por la operación. Al respecto, señaló que tal dificultad había sido constada por otras agencias de competencia al analizar operaciones de concentración en esta industria.
En consideración a lo anterior y tomado en cuenta que, con independencia de la definición del mercado relevante que se adopte las conclusiones del informe no variaban, la FNE decidió dejar abierta la definición.
No analizado.
La FNE identificó que las actividades de las partes se traslapaban en los dos segmentos donde competían los intermediadores, por lo que efectuó un análisis de competencia aguas arriba y aguas abajo.
La FNE señaló que todos los canales de venta son opciones factibles para los hoteles, sin que tengan una clara preferencia por algún canal en especial (venta directa, agencias de viaje, agencias de viaje por internet, bedbanks, GDS (sistemas de distribución global) y operadores de turismo).
También indicó que aún bajo el supuesto de considera a los bendbanks por sí solos como un mercado relevante plausible, existen en dicho segmento varios actores a nivel mundial, y bajas barreras para que hoteles localizados en Chile establezcan relaciones comerciales con bedbanks con los que no tenían relación. Sin perjuicio de esto, constató que, en el caso de hoteles con un volumen de ventas elevado a través de algún operador como Agencias de Viajes, Operadores de Turismo o Agencias de Viajes por Internet, los eventuales riesgos para la competencia se verían morigerados por la habilidad de éstos para comercializar directamente sus habitaciones al intermediario B2C (business to client) sin necesidad de contar con la intermediación de un bedbank.
En consecuencia, estimó que no había riesgos aguas arriba producto de la operación, debido principalmente a la baja relevancia de las partes en términos de las ventas totales de alojamiento hotelero en Chile, la existencias de varios otros bedbanks y la habilidad de los hoteles de prescindir del servicio de intermediación de bedbanks cuando se trata de clientes B2C que comercializan altos volúmenes de sus habitaciones.
La FNE estimó que la operación propuesta no implica un aumento en la concentración relevante que pudiese resultar en una aptitud para reducir sustancialmente la competencia. Lo anterior debido a la existencia de otros tipos de intermediarios B2B como GDS, a la baja relevancia de las Partes en términos de venta a nivel nacional y mundial, a la existencia de otros bedbanks distintos a los de propiedad de las partes, al diferente enfoque geográfico de las partes y, por último, a la habilidad de ciertos intermediarios B2C de negociar directamente con los proveedores de servicios hoteleros.
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Al tiempo de la redacción de esta ficha, los autores forman parte de Carey, estudio jurídico que asesoró a agentes interesados en el proceso objeto de este análisis.