CeCo | Inversiones Valmar / Clairvest / Marina del Sol
Operación de concentración

Inversiones Valmar / Clairvest / Marina del Sol

La FNE aprobó, de manera pura y simple, la adquisición de Marina del Sol por parte de Inversiones Valmar e Inversiones Lomas de San Andrés, tras verificar que la operación no generaría traslapes horizontales ni verticales, y tampoco riesgos de conglomerado.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Otros

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F391-2024

Fecha Notificación

08-05-2024

Fecha Inicio Investigación

22-05-2024

Fecha Decisión

27-06-2024

Carátula

Adquisición de control en Inversiones Marina del Sol S.A. por parte de Inversiones Valmar Limitada y otra.

Partes

  • Inversiones Valmar Limitada (“Inversiones Valmar”) e Inversiones Lomas de San Andrés Limitada (“Inversiones Lomas de San Andrés”, y en conjunto con Inversiones Valmar, “Compradoras”): sociedades que operan en las industrias inmobiliaria, agrícola y ganadera; además de mantener inversiones en clínicas y centros médicos. Estas, adicionalmente, tienen presencia en el negocio de casinos y hoteles a través de la Entidad Objeto.
  • Clairvest Cayman Limited Partnership, Clairvest GP Manageco Inc., Clairvest Group Inc., Clairvest Chile Limitada, Operadora Clairvest Cordillera Limitada y Operadora Clairvest Latin Limitada (“Vendedoras”): sociedades con actividades en Chile limitadas a su actual inversión en la Entidad Objeto.
  • Marina del Sol S.A.  (“Marina del Sol” o “Entidad Objeto”): sociedad con actividades en la operación y explotación de casinos de juego —a través de casinos en Calama, Chillán, Talcahuano y Osorno—, así como también en la industria hotelera. Previo al perfeccionamiento de la Operación, se encuentra controlada conjuntamente por las Compradoras y Vendedoras.

Operación

Adquisión por parte de las Compradoras de la totalidad de las acciones de la Entidad Objeto que actualmente se encuentran en posesión de las Vendedoras. Como resultado, las Compradoras obtendrán control exclusivo de Marina del Sol.

Tipo de Operación:

No hay traslape horizontal ni vertical, y tampoco riesgos de conglomerado.

Artículo 47 DL 211:

Letra b)

Actividad económica:

Otros.

Decisión final:

Aprobación pura y simple en Fase I.

Bases de datos externas utilizadas:

N/A

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

14 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

36 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

La FNE constató que los agentes económicos que participan en la Operación no realizan ni tienen proyectado realizar actividades en el mismo mercado relevante, ni en mercados verticalmente relacionados, distintos de su actual participación en la Entidad Objeto.

Análisis Competitivo

Tras constatar que las Compradoras no participan en actividades relacionadas a la operación y explotación de casinos de juego ni al alojamiento hotelero, mediante un agente económico distinto a la Entidad Objeto, la FNE determinó que el perfeccionamiento de la Operación no generaría traslapes horizontales ni verticales adicionales en dichas actividades, ni directa ni indirectamente.

Así, a pesar de que la Operación incrementa las prerrogativas de la Compradora en la Entidad Objeto, se determinó que esto no se traduciría en un aumento de la participación de mercado de esta última en las actividades nombradas anteriormente.

En base a todo lo anterior, la Fiscalía determinó que la Operación no sería apta para reducir sustancialmente la competencia. Esto, debido a que su perfeccionamiento no implica traslapes horizontales ni verticales, o riesgos de conglomerado.

Medidas de mitigación

N/A

Casos relacionados

N/A

Autores

CeCo UAI