Nexus / Minsait Payments Systems Chile | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

Nexus / Minsait Payments Systems Chile

La FNE aprobó pura y simple la venta del 100% de las acciones de Nexus a Minsait, la cual genera una desintegración vertical y una concentración horizontal en el mercado de procesamiento emisor de tarjetas de crédito.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Financiero

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F297-2021

Fecha Notificación

15-12-21

Fecha Inicio Investigación

25-01-22

Fecha Decisión

12-04-22

Carátula

Adquisición de control en Operadora de Tarjetas de Crédito Nexus S.A. por parte de Minsait Payments Systems Chile S.A

Partes

Minsait: Filial chilena de Minsait Payments Systems, S.L. sociedad española dedicada a los servicios asociados a medios de pago, que forma parte de un grupo empresarial controlado por Indra. Ésta es una de las principales compañías globales de tecnología y consultoría y, a nivel mundial, ofrece servicios consistentes en soluciones tecnológicas integrales en diversos sectores, entre los que se encuentran administraciones públicas, aeropuertos, defensa, energía, hoteles y turismo, líneas aéreas, servicios financieros, entre otros.

Banco Estado, Banco de Chile, Banco de Crédito e Inversiones, Banco Itaú – Corpbanca, Scotiabank Chile (“Vendedores”): Bancos con importante presencia en el país, estando entre los más relevantes en cuanto a número de cuentas y captaciones, con una amplia gama de servicios en diferentes segmentos del mercado financiero.

Nexus: Sociedad de apoyo al giro bancario (SAG) domiciliada en Chile y de actual propiedad de los Vendedores. Nexus tiene por negocio el procesamiento de tarjetas de crédito y de pago con provisión de fondos, incluyendo, en la medida que se presten con ocasión o en relación con los referidos servicios de procesamiento, los servicios de autorizaciones de transacciones, procesamiento de cuentas y de transacciones, prevención de fraude y seguridad, back-office, gestión de objeciones, entre otros.

Operación

Venta, por parte de los Bancos, del 100% de las acciones de Nexus a Minsait.

Tipo de Operación:

Operación horizontal y vertical

Artículo 47 DL 211:

Letra b)

Actividad económica:

Medios de pago

Decisión final:

Aprobación pura y simple

Bases de datos externas utilizadas:

No se utilizaron

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

41 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

77 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

El mercado relevante considerado por la FNE es el de procesamiento emisor de tarjetas de crédito.

Mercado relevante geográfico:

La FNE dejó abierta la definición de mercado relevante geográfico.

Análisis Competitivo

La FNE dio cuenta que la operación genera simultáneamente una desintegración vertical y una concentración horizontal.

Con respecto al análisis de efectos verticales, la FNE evalúo la posición que ocuparía Nexus dentro del segmento de procesamiento emisor.

La actual estructura del mercado de procesamiento emisor supondría una barrera a la entrada a otros procesadores. Nexus agrupa a los bancos “vendedores”, que corresponden a una porción significativa del mercado, reduciendo así la porción de la demanda que podría ser contestable por procesadores alternativos y/o potenciales entrantes.

A juicio de la FNE, la Operación, de materializarse, tendría efectos positivos para la competencia, en lo que se refiere a las relaciones verticales, al poner fin a la integración vertical que ha sido descrita como negativa para la competencia en el mercado.

En materia de análisis horizontal, primeramente, la FNE consideró la entrada oportuna y suficiente de Total System Services Inc (“TSYS”) en el segmento de procesamiento emisor. Tanto Scotiabank como Cat quienes procesaban con Nexus migrarán a TSYS en un corto período de tiempo, por lo cual no resultaría correcto imputar a Scotiabank y Cat como clientes de Nexus, puesto que ello conllevaría sobre estimar la relevancia competitiva de este último y sobre estimar los efectos de la Operación.

Las participaciones de mercado son analizadas en proporción al número de tarjetas de crédito procesadas y número de transacciones procesada. Además, se consideraron dos escenarios: aquél en el que los emisores que internalizan sus propios procesamientos son considerados como parte del mercado de procesamiento emisor, y aquél en el que se considera que éstos no forman parte del mercado al no comercializar sus servicios a terceros.

A luz de los resultados de concentración del índice Herfindahl -Hirshmann, la FNE amerita efectuar una evaluación en profundidad de los efectos de la Operación en la competencia. Particularmente: (i) el efecto dinamizador de la entrada al mercado de nuevos actores generado por cambio del modelo de tres partes a uno de cuatro partes, que sería complementado por la Operación; y (ii) la plausibilidad del contrapeso invocado por las Partes en cuanto a la existencia de poder de negociación de sus clientes.

A diferencia de la última década, actualmente el ecosistema de pagos se encuentra en dinamismo. Si bien antes Transbank dominaba en lo relativo a adquirencia y procesamiento adquiriente, y Nexus en lo relativo al procesamiento emisor, en los últimos tres años han existido cambios sustanciales. Con el transito al modelo de cuatro partes se ha producido la entrada de nuevos actores en el segmento de la adquirencia, lo que, ha incentivado la entrada de empresas proveedoras de servicios de procesamiento emisor.  La FNE concluyó que la modificación en la estructura del segmento de procesamiento emisor es una oportunidad para que potenciales entrantes capitalicen el contexto de mayor dinamismo en el mercado.

A juicio de la FNE, la operación es una ventana de oportunidad a competidores presentes, para competir por clientes en el segmento de procesamiento emisor, al encontrarse todos los clientes forzados a realizar una migración a los sistemas tecnológicos de la entidad resultante, pudiendo evaluarse nuevas alternativas en cuanto a los servicios de procesamiento.

En cuanto a la existencia de poder de negociación por parte de los clientes, la FNE muestra que en su totalidad los clientes son entidades financieras que presentan un elevado nivel de sofisticación e información. La investigación revela que buena parte de los clientes podría evaluar la alternativa de internalizar los servicios de procesamiento ante cambios en las condiciones comerciales ofrecidas por la entidad resultante. La FNE concluyó que los emisores de tarjetas de crédito y prepago tienen la habilidad e incentivos para ejercer un poder de negociación suficiente para compensar adecuadamente los eventuales efectos de la Operación en la competencia.

Medidas de mitigación

N/A

Casos relacionados

Fiscalía Nacional Económica

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

  • Rol NC-463-2020, «Consulta de Transbank S.A. sobre el sistema tarifario implementado por Transbank desde el 1º de abril de 2020».

Comisión Europea

Autores

CeCo UAI