CeCo │ Sacyr / Agunsa
Operación de concentración

Sacyr / Agunsa

La FNE aprobó en Fase 1, de manera pura y simple, la operación de concentración consistente en la asociación de Sacyr y Agunsa en un consorcio para la licitación de la obra pública “Aeropuerto El Loa de Calama”.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Concesiones

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F358-2023

Fecha notificación

03-08-2023

Fecha inicio investigación

01-09-2023

Fecha decisión

14-09-2023

Carátula

Asociación entre Sacyr Chile S.A., Sacyr Concesiones Chile SpA y Agencias Universales S.A., para la licitación del Aeropuerto “El Loa” de Calama.

Partes

Sacyr Chile S.A. y Sacyr Concesiones Chile SpA (ambas, “Sacyr”): Líder a nivel mundial en el desarrollo de infraestructuras, encontrándose entre sus principales actividades la licitación y operación de obras públicas. En Chile, tiene participación en la concesión de carreteras, hospitales y aeropuertos. Respecto a la concesión de aeropuertos, estos son administrados mediante un consorcio conformado con Agunsa.

Agencias Universales (“Agunsa”): Sociedad dedicada a la prestación de servicios al comercio exterior, realizando actividades de representación a compañías de transporte aéreo y marítimo, de logística y distribución de cargas o mercaderías, de operación y mantención de terminales, entre otros. En Chile, es titular de los derechos de concesión en los aeropuertos Chacalluta (Arica) y El Tepual (Puerto Montt), los cuales son administrados mediante un consorcio con Sacyr. Adicionalmente, mantiene la concesión actual del Aeropuerto El Loa (Calama).

Operación

Sacyr y Agunsa llevarán a cabo una operación de concentración consistente en la conformación de un agente económico independiente, distinto de las Partes (consorcio), para la licitación del Aeropuerto El Loa de Calama, a través del Sistema de Concesiones de Obras Públicas.

Tipo de Operación:

No hay traslape horizontal ni vertical

Artículo 47 DL 211:

Letra c)

Actividad económica:

Concesiones

Decisión final:

Aprobación pura y simple en Fase I

Bases de datos externas utilizadas:

N/A

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

29 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

13 días corridos

Mercado Relevante

La FNE señaló que en la construcción y operación de una obra pública (en general), y de una concesión aeroportuaria (en particular), es posible identificar dos grandes segmentos: la licitación del derecho de concesión («Mercado Primario»), y la operación y explotación de la infraestructura concesionada («Mercado Secundario»). A su vez, dentro del Mercado Primario, se distingue entre la licitación en particular (en este caso, la licitación del Aeropuerto El Loa de Calama), y la actividad de participar en licitaciones de un determinado tipo de obra (Mercado Primario en general).

La Fiscalía estimó que la Operación incide tanto en el aspecto particular y general del Mercado Primario como en el Mercado Secundario, debido a que las Partes ya han participado en procesos similares con anterioridad, y juntas llevarán a cabo la operación y explotación de la concesión.

 Mercado primario

En cuanto a este mercado (licitaciones de concesiones de obras públicas en general), la FNE ha indicado que los actores que pueden participar en estos procesos de licitación dependerán de la magnitud, complejidad o del tipo de obra, pudiendo existir nichos en donde sólo algunas empresas sean aptas para competir.

En relación con el mercado específico de licitaciones de obras públicas aeroportuarias, la FNE indicó que, en general, el mercado geográfico de licitaciones aeroportuarias se extiende más allá de un alcance nacional, ya que pueden participar actores extranjeros que no han participado anteriormente en otras licitaciones similares. Sin embargo, mencionó que el idioma, regulaciones locales, la cultura u otras variables pueden actuar como barreras que dificulten la efectiva participación de empresas extranjeras. Con todo, la Fiscalía estimó que definir de forma precisa el mercado geográfico y relevante del producto no resultaba necesario, dado que ello no alteraría las conclusiones del informe.

Por otro lado, al evaluar el Mercado Primario en particular (la licitación del Aeropuerto El Loa de Calama), la Fiscalía tuvo presente que quince empresas adquirieron las Bases de Licitación para esta obra pero sólo consideró como “competidores potenciales” a ocho de ellas (pues solo estas ocho cumplían los requisitos previstos en las Bases de Licitación). Sin perjuicio de lo anterior, la FNE no estimó necesario entregar una definición precisa del mercado relevante de la licitación en particular, pues consideró que la Operación no generaría riesgos en la competencia.

Mercado Secundario

Respecto al Mercado Secundario, la FNE estuvo alineada con la definición entregada por la Comisión Europea referente a la prestación de servicios en una infraestructura aeroportuaria (operación y mantenimiento). Atendiendo la naturaleza de este tipo de servicios, el mercado geográfico sería esencialmente local y considerando una “zona de captación” extensiva en un radio de máximo cien kilómetros para aeropuertos nacionales y máximo trescientos kilómetros para aeropuertos internacionales, incluyéndose dentro de esta definición servicios complementarios (p. ej., servicios comerciales, servicios de tiendas, cafeterías, estacionamientos).

Además, la Fiscalía estimó que, para entregar una definición precisa del mercado relevante del producto y geográfico, se requeriría determinar los niveles de sustitución entre los diversos aeropuertos a lo largo del país, y respecto a otros medios de transportes. Sin embargo, no consideró necesario hacer esto en esta investigación, dado que sus conclusiones no variarían conforme a la definición de mercado relevante que se adopte.

Análisis Competitivo

Riesgos unilaterales en el Mercado Primario

La FNE identificó que un potencial riesgo de la creación de consorcios en licitaciones recae en los incentivos que dos empresas competidoras podrían tener para ofertar de manera conjunta, con tal de eliminar un oferente, generando así una menor presión competitiva.

Si bien la FNE indicó que la Operación supera los umbrales establecidos en la Guía para el Análisis de Operaciones de Concentración Horizontales (bajo el supuesto que todas las empresas competidoras tienen igual probabilidad de adjudicarse la licitación), descartó riesgos unilaterales en la licitación de la concesión en particular (es decir, en el Mercado primario específico). Esto en base a que el comportamiento de Sacyr en licitaciones de concesiones aeroportuarias previas demuestra que siempre ha ofertado en conjunto con Agunsa, lo cual aminora el riesgo de que a través de esta oferta conjunta se busque eliminar a un oferente independiente. Adicionalmente, se indicó que Sacyr participa principalmente en licitaciones relacionadas con obras de infraestructura vial y hospitalaria, mientras que Agunsa se enfoca en licitaciones para desarrollar obras de infraestructura aeroportuaria. En este sentido, se determinó que las Partes se enfocan en distintos segmentos, no siendo cercanas competitivamente.

Por otro lado, respecto al análisis de las licitaciones en general (Mercado Primario general), la FNE señaló que, además de Sacyr y Agunsa, existe un amplio número de competidores capaces de participar en licitaciones aeroportuarias, incluyendo potenciales interesados con experiencia en aeropuertos en el extranjero.

En base a lo anterior, la FNE consideró que la Operación no genera riesgos a la competencia en el Mercado Primario, tanto en particular como en general.

Riesgos unilaterales en el Mercado Secundario

Se indica que Sacyr participa, junto con Agunsa, en la operación del aeropuerto El Tepual (Puerto Montt) y Chacalluta (Arica). Agunsa, a su vez, opera en la actualidad el aeropuerto “El Loa” de Calama. En este sentido, la FNE estimó pertinente considerar que el aeropuerto más cercano al aeropuerto de Calama corresponde al aeropuerto “Andrés Sabella” (Antofagasta), el cual se encuentra a casi doscientos kilómetros de distancia. Debido a ello, los aeropuertos operados por Sacyr y por Agunsa no competirían entre sí, pues se ubican a una distancia considerable de sus respectivas zonas de influencia geográfica.

Dado lo anterior, la FNE determinó que la Operación no es apta para reducir sustancialmente la competencia en el Mercado Secundario.

Riesgos coordinados

La Fiscalía descartó que la Operación aumente sustancialmente la probabilidad de coordinación entre las Partes y entre éstas y terceros en los mercados analizados, dado que su alcance se limita a un proyecto en particular y existen otros actores capaces de participar, en un futuro, en proyectos similares a los de la licitación expuesta, ya sea individualmente o en consorcio con otros operadores.

Medidas de mitigación

N/A

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Autores

CeCo UAI