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La FNE aprobó en Fase II, sujeto a medidas de mitigación, la adquisición de CDF por parte de Turner International Latin America, Inc.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Entretenimiento
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación con medidas
Rol FNE
F116-2018
Fecha notificación
12-02-18
Fecha inicio investigación
26-03-18
Fecha decisión
14-12-18
Adquisición de CDF por parte de Turner International Latin America, Inc.
Operación horizontal y vertical
Letra b)
Entretenimiento
Aprobación en Fase II, sujeta a las medidas de mitigación ofrecidas por las partes
Las partes utilizaron diversas bases de datos contenidos en sus informes económicos.
La FNE utilizó datos de la SUBTEL sobre número de subscriptores de cada proveedor de contenidos para calcular participaciones de mercado.
Desde Notificación a Inicio de Investigación
42 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
263 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
La FNE prescinde de realizar segmentaciones en este mercado para efectos de la presente operación dado que la industria se caracteriza por la existencia de negociaciones bilaterales en las que, sin importar la similitud de los contenidos en cuanto al tipo de audiencia en la que se enfocan, la posición negociadora de un proveedor de contenidos depende positivamente de la cantidad y calidad de los contenidos comercializados.
Sin perjuicio de lo anterior se hace referencia a las siguientes posibles segmentaciones: según el tipo/categoría de contenido, y si éste es básico o premium, o deportivo. Luego, dentro de la categoría deportiva, si se transmiten partidos de un torneo regular de fútbol, o si se transmiten otro tipo de partidos. Respecto a este último punto, la FNE considera que la transmisión en vivo del campeonato nacional de fútbol profesional constituiría un mercado en sí mismo, donde la sociedad objetivo posee un monopolio.
La FNE determinó que todos los operadores de TV-paga pertenecen al mismo mercado relevante, sin realizar distinciones según el tipo de infraestructura utilizada para transmitir las señales (cable, satélite, IPTV). Cabe señalar que se descarta incluir en este mercado a las plataformas OTT, pues serían complementarias a la TV de pago tradicional.
La FNE consideró que los efectos de la operación deben ser analizados en términos nacionales.
El primer punto analizado dice relación con la relación vertical que se genera producto de la operación, es decir, la integración entre proveedor de contenidos y operador de TV paga dada la estructura vertical del grupo empresarial al que pertenece Turner. Sin perjuicio de que producto de la operación AT&T/Time Warner se harían aplicables a esta operación una serie de medidas de mitigación que rigen sobre la parte compradora, la FNE analizó los siguientes riesgos: (i) bloqueo de clientes (customer foreclosure); (ii) traspaso de información sensible; y, (iii) bloqueo de insumos (input foreclosure).
Respecto al bloqueo de clientes, la FNE descartó riesgos de una eventual estrategia exclusoria en base a la falta de habilidad e incentivos para su implementación. Luego, consideró que la operación sí producía riesgos de traspaso de información comercial sensible dado a la información relativa a costos que se obtiene de los demás operadores de TV Paga, no siendo suficientes las medidas vigentes relativas a la operación AT&T/Time Warner para mitigar dicho riesgo.
Por otro lado, la FNE determinó la existencia de riesgos de bloqueo de insumos (señales CDF), tras realizar un análisis acabado respecto de la habilidad, costos y beneficios aguas arriba y aguas abajo, características del mercado e incentivos para aplicar una estrategia de bloqueo parcial o total de insumos, y los efectos de dichas estrategias. Dicho análisis incorporó la utilización de índices de presión al alza de precios, adaptados para fusiones verticales («vGUPPI»), en base a la metodología desarrollada por Moresi y Salep (2013), y para cuantificar los incentivos a negar la venta (bloqueo total de insumos) se utilizó una metodología conocida como «aritmética vertical».
La operación da lugar a una integración entre compañías que se encuentran en el mismo nivel de la cadena productiva, ya que se trata de una concentración entre proveedores de contenidos (CDF/Turner). Si bien las señales que comercializan son de distintas categorías, sí son productos que se complementan. De dicha manera, para los efectos de esta operación la FNE se centró en evaluar los potenciales efectos en términos del aumento en el poder de negociación de la entidad fusionada, ya que los riesgos que se podrían generar producto de la operación dicen relación con el aumento del poder de negociación de la entidad fusionada. En este caso, el riesgo se refiere a situaciones en las cuales una entidad fusionada es capaz de obtener un mayor poder de negociación al ampliar su portafolio de productos. En dicho contexto, una fusión entre proveedores de contenidos provocará peores condiciones comerciales para el operador de TV paga si es que la fusión empeora la posición negociadora relativa de este último.
La FNE concluyó que resulta altamente probable que la entidad fusionada negocie conjuntamente, y de manera empaquetada, los canales Turner con CDF, lo que no sería compensado por eficiencias y tendría como efecto alzas en precios mayoristas, afectando, con ello, a los consumidores finales (las partes argumentaron que existiría una transferencia de beneficios entre minoristas y mayoristas, pero no se afectaría a consumidores finales).
Al analizar los riesgos derivados del mayor poder de mercado que genera la operación respecto de la entidad fusionada (horizontales), las partes presentaron determinadas eficiencias, tales como eficiencias derivadas del empaquetamiento de canales (descuentos por cantidad y volumen de señales, que deriva en un aumento de cobertura), ahorros en costo de transacción (negociaciones por parrilla de canales), incentivos cruzados para la autopromoción de señales y contenidos, y permitir negociación conjuntamente ciertos servicios y atributos que son comunes a todos los canales, entre otros.
La FNE aprobó la operación por considerar que las medidas de mitigación ofrecidas por las partes se hacían cargo de los riesgos detectados. Dichas medidas consistieron principalmente en: i) Prohibición de ventas atadas y paquetizadas entre el producto CDF y los canales Turner; ii) prohibición de negativa de venta a los cableoperadores que estén dispuestos a pagar por el contenido de CDF; iii) obligación a someterse a un arbitraje a solicitud del cableoperador para la resolución de controversias en las negociaciones; iv) no discriminar arbitrariamente entre los distintos cableoperadores; v) mantener la confidencialidad de la información comercialmente sensible de los competidores de la entidad fusionada; inclusión de Chilevisión en los compromisos cuando se cumplan ciertas condiciones.
Fiscalía Nacional Económica