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La FNE aprobó pura y simplemente la operación de concentración por la cual Vitol US Holding Co.adquirió la totalidad de las acciones nominales del capital social de Noble Americas Corp (NAC), en el mercado de combustibles.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Combustibles
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F106-2017
Fecha notificación
21-11-17
Fecha inicio investigación
06-12-17
Fecha decisión
28-12-17
Adquisición de Noble Americas Corp. por parte de Vitol US Holding Co.
Operación horizontal
Letra b)
Combustibles
Aprobación en Fase I
Información de Aduanas para el año 2016 y 2017
Desde Notificación a Inicio de Investigación
15 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
22 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
Sin perjuicio de dejar abierta la definición de mercado relevante, la FNE consideró una definición estrecha del mismo, consistente en la comercialización mayorista de ULSD en Chile. Ello, debido a que el ULSD era el único producto en el que las actividades de las partes se traslapaban.
La FNE señaló que el ULSD es un producto commodity consistente en combustible diésel con un contenido bajísimo de azufre, lo que genera una disminución relevante de las emisiones totales de contaminantes al momento de usarlo. Por lo anterior, diversos países –incluido Chile– han exigido a través de regulaciones ambientales el reemplazo de otros tipos de combustible por el ULSD.
Desde el punto de vista de la demanda, la FNE descartó la inclusión de otros combustibles dentro del mercado relevante, porque las exigencias normativas y la imposibilidad de utilizar el ULSD indistintamente en todo tipo de maquinaria (debido a las especificaciones técnicas requeridas para operarlo), no admitirían sustituibilidad alguna con otros productos.
Respecto a la sustitución por el lado de la oferta, la FNE señaló que las instalaciones de refinación tienen una configuración específica según el tipo de producto que se quiera obtener, no siendo trivial la alternación en la producción. Sin embargo, también afirmó que la importación de productos refinados permite alternar el tipo de productos que se transporta en los buques. En consecuencia, una eventual alza en el precio de ULSD se podría contrarrestar con los importadores mayoristas de dicho combustible.
Sin perjuicio de ello, la FNE descartó que las conclusiones de su análisis variarían al adoptar una definición de mercado relevante del producto más acotada.
La FNE señaló que, si bien el ULSD es provisto desde diversos países, consideró innecesario pronunciarse acerca de la amplitud geográfica del mercado, dado que el análisis no variaría. Por ende, centró su análisis solo en Chile.
La FNE señaló que, dado que la operación integraría a dos competidores en la comercialización mayorista de ULSD, los cuales –además– tendrían eventuales relaciones verticales producto de la participación de Vitol en el mercado aguas arriba de refinación de petróleo, correspondía hacer un análisis de riesgos horizontales y verticales.
La FNE descartó la existencia de riesgos horizontales aptos para reducir sustancialmente la competencia, debido a la baja participación de mercado de las partes –la cual no superaría los umbrales de la Guía para el Análisis de Operaciones de Concentración de la FNE, de octubre de 2012 (“Guía”)–, al alto número de otros actores en el mercado, y a los bajos índices de concentración que se alcanzarían como consecuencia de la operación.
Asimismo, la FNE concluyó que la operación no es apta para producir riesgos verticales, argumentando que:
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