Walmart / Montserrat | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

Walmart / Montserrat

La FNE aprobó en Fase I, de manera pura y simple, la adquisición de control sobre activos de la Inmobiliaria Santander S.A. por parte de Walmart Chile S.A., al considerarla no apta para reducir sustancialmente la competencia. La Fiscalía descartó riesgos horizontales unilaterales a la competencia al ser considerados poco cercanos competitivamente. Se descartan también riesgos coordinados y verticales. La autoridad consideró innecesario pronunciarse sobre la solicitud de empresa en crisis, ya que dicha defensa corresponde sólo como un elemento de contrapeso a potenciales riesgos, los que fueron descartados.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Retail

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F268-2021 (acumulado con FNE F269-2021

Fecha notificación

25-03-21

Fecha inicio investigación

06-05-21

Fecha decisión

18-06-21

Carátula

Adquisición de control sobre activos de Inmobiliaria Santander S.A. por parte de Walmart Chile S.A.

Partes

Walmart S.A.: Holding multinacional, de capitales mayoritariamente estadounidenses, que opera en Chile desde el año 2009 tras la adquisición de Distribución y Servicio D&S S.A. Su principal línea de negocios es la cadena de supermercados a nivel nacional, participando del retail en la venta de comestibles, productos para el hogar, vestimenta, juguetes y electrónica, entre otros.

Inmobiliaria Santander S.A.: Compañía dedicada al giro inmobiliario, perteneciente al grupo empresarial de la familia Bada, de capitales chilenos, dentro del cual se incluye a Montserrat. Esta última empresa está dedicada a la distribución de productos comestibles no perecibles y perecibles para la industria supermercadista.

Operación

La Operación consiste en un arrendamiento de largo plazo de dos locales comerciales. El primero de ellos ubicado en el sector de Chicureo, comuna de Colina, y el segundo en la comuna de Calera de Tango, ambos en la Región Metropolitana.

Tipo de Operación:

Operación horizontal

Artículo 47 DL 211:

letra d)

Actividad económica:

Retail

Decisión final:

Aprobación pura y simple en Fase II

Bases de datos externas utilizadas:

Google Maps

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

42 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

43 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

Consisten en los supermercados, descritos como tiendas de superficies destinadas al aprovisionamiento periódico, normalmente semanal, quincenal o mensual, en modalidad de autoservicio de productos alimenticios y de artículos no alimenticios de consumo corriente en el hogar, para consumidores finales.

Mercado relevante geográfico:

El mercado geográfico es altamente local. Para efectos del análisis competitivo, la FNE empleó la isócrona de mayor extensión reconocida por la jurisprudencia -a la fecha- para definir áreas de influencia, de 15 minutos.

Análisis Competitivo

Riesgos Horizontales Unilaterales

La Fiscalía descartó riesgos unilaterales para Calera de Tango y Chicureo, principalmente porque ambos supermercados son considerados poco cercanos competitivamente, tanto geográficamente como respecto a su formato y público objetivo. El supermercado Líder sería un supermercado de abastecimiento, que cuenta con una sala grande y se encuentra localizado dentro del Mall Plaza Sur, en la comuna de San Bernardo, mientras que el supermercado Montserrat es mucho más pequeño, con un enfoque más cercano a la compra de reposición. Además, existirían también otros competidores en la zona capaces de ejercer presión competitiva a las partes, independientemente del contrafactual.

Riesgos Horizontales Coordinados

La FNE descartó que la operación aumentase los riesgos coordinados, principalmente porque no alteraría de manera relevante la estructura del mercado a nivel nacional. La adquisición de dos locales, en dos zonas donde el adquirente ya estaba presente, si bien afecta la asimetría entre participantes a nivel local, no afectaría la situación de la industria a nivel nacional y la posibilidad o imposibilidad de que ocurran situaciones que hagan más probable o estable una coordinación.

Riesgos Verticales

Respecto a posibles riesgos verticales, si bien la Fiscalía señala la presencia de WAYS, que participa en la distribución de productos hacia supermercados, ésta vende exclusivamente a supermercados de Walmart y no a terceros, por lo que la adquisición de dos locales de supermercado no conllevaría un cambio relevante en los incentivos de Walmart para excluir a potenciales terceros que pudieran adquirir productos a través de sus sistemas de distribución.

Medidas de mitigación

N/A

Casos relacionados

Fiscalía Nacional Económica

Tribunal de Libre Competencia

  • Resolución 43/2012. «Consulta de SMU S.A. sobre fusión entre SMU S.A. y Supermercados del Sur S.A.»
  • Resolución 65/2021. «Consulta de Cencosud S.A. sobre contrato de arrendamiento y resolución N°43/2012.»
  • Sentencia 167/2019. «Requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica en contra de Cencosud S.A. y otras.»

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