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La FNE aprobó pura y simplemente la adquisición de Anixter por parte de Wesco mediante la fusión de Warrior y Anixter, tras descartar riesgos horizontales de carácter coordinado y de conglomerado en los mercados de distribución de equipos eléctricos y de distribución de soluciones de red y seguridad.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Otros
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F232-2020
Fecha notificación
20-02-20
Fecha inicio investigación
02-04-20
Fecha decisión
18-05-20
Fusión entre Warrior Merger Sub, Inc. y Anixter Internacional Inc.
Operación horizontal
Letra a)
Distribución de equipos electrónicos
Aprobación pura y simple en Fase I
N/A
Desde Notificación a Inicio de Investigación
42 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
46 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
Aunque no define de forma precisa el mercado de producto, la FNE realizó su análisis sobre la base de las sub segmentaciones de las siguientes categorías:
Segmento EES: comercialización de (i) cables y alambres; (ii) productos de mantenimiento y reparación (MRO); y (iii) salas eléctricas o e-houses.
Segmento NSS: comercialización de (i) cables de fibra óptica; (ii) cables de cobre; (iii) equipo de las instalaciones del cliente y otros productos de datacom (CPE); y (iv) productos de seguridad.
Alcance nacional, tanto para el segmento EES como NSS.
Riesgos Unilaterales
A raíz de la operación, se generaría un traslape horizontal entre las actividades de las partes en las categorías de EES y NNS. Dentro del primero superpondrían sus actividades en las subcategorías de cables y alambres y MRO, y en el segundo en las cuatro subcategorías que la componen. La FNE indicó que no se superaban los umbrales HHI establecidos en su Guía para el Análisis de Operaciones de Concentración en ninguno de los segmentos bajo análisis. Adicionalmente, observó que las ventas de Wesco serían marginales en la distribución de productos de red y seguridad, lo mismo con las ventas de Anixter en la distribución de equipos eléctricos.
La Fiscalía tuvo en cuenta consideraciones adicionales que le permitieron descartar riesgos. Para ambas categorías de productos y sus segmentaciones pudo confirmar que: existe un número importante de actores capaces de ejercer presión competitiva a la entidad fusionada; no existirían mayores barreras a la importación; y no existiría una diferenciación importante entre distintos distribuidores de producto. Adicionalmente, los clientes de las partes en ambos segmentos de productos indicaron que existirían múltiples proveedores de manera simultánea y que no existirían costos de cambio relevantes.
Riesgos Coordinados
Se descartaron riesgos horizontales de carácter coordinado, pues la concentración en cada uno de los segmentos sería menor, y se trataría de una industria altamente fragmentada.
En cuanto a potenciales riesgos de conglomerado, éstos fueron descartados por la FNE, principalmente porque las partes no tendrían una posición en estos segmentos que les otorgue la habilidad para llevar a cabo una estrategia con efectos anticompetitivos, no atenderían a las mismas categorías de clientes y existiría competencia suficiente para contrarrestar efectos de esta índole.
N/A
Fiscalía Nacional Económica