Newsletter
Suscríbete a nuestro Newsletter y entérate de las últimas novedades.
Abstract: Aunque la Ley REP y los sistemas de gestión que deben formarse para cumplir con ella todavía están en una etapa incipiente de implementación, de los seis informes emitidos por el TDLC en esta materia se desprenden importantes conclusiones. Uno, el TDLC ha empleado un estándar menos exigente y más deferente con los productores que buscan conformar un sistema colectivo que el pretendido por la FNE. Dos, se han ido asentando criterios y requisitos para el funcionamiento de los sistemas de gestión y las licitaciones para la gestión de residuos, los cuales debieran ser considerados por los sistemas que se constituyan a futuro. Tres, surge la interrogante sobre la conveniencia de que el TDLC emita estos informes ex ante y, además, apruebe modificaciones posteriores a los documentos respectivos, siendo razonable analizar la conveniencia de repartir esas labores con la FNE.
DESCARGAR INVESTIGACIÓN“(…) el principal aprendizaje es que el TDLC reconoció que su rol al emitir informes conforme a la Ley REP no es establecer reglas óptimas -desde la perspectiva de competencia o de eficiencia-, sino ‘simplemente’ evitar la materialización de riesgos competitivos. Así, la perspectiva del TDLC se vislumbra no solo como menos exigente que la de la FNE, sino más respetuosa y deferente con la autonomía de los productores, que a través de sus propuestas e ideas buscan y plantean maneras adecuadas de cumplir con sus obligaciones legales -tanto aquellas derivadas de la Ley REP como aquellas comunes del DL 211”.