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La SIC sancionó a COLMÉDICA EPS y otras entidades promotoras de salud por haber coordinado, a través de ACEMI, la negativa de servicios incluidos en el POS, en contravención de la prohibición general contenida en el Decreto 1663 de 1994 y el artículo 1 de la Ley 155 de 1959. El Consejo de Estado confirmó la legalidad de la decisión en múltiples fallos, rechazando las demandas presentadas por las EPS.
Autoridad
Superintendencia de Industria y Comercio
Conducta
Prohibición general (art. 1 Ley 155 1959)
Decisión Alcanzada
Sanción
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