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El pasado 11 de marzo, la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”) archivó una investigación (“Informe FNE”) contra la empresa Hewlett Packard (“HP”) por la implementación de una serie de restricciones verticales en la cadena de distribución de insumos para las impresoras de esta misma marca. En efecto, el «Programa de Distribución Calificada» (el “Programa”), implementado a mediados de 2019, excluía a empresas minoristas que no contaran con una certificación oficial emitida por HP, además de imponer otras restricciones.
La investigación se inició a raíz de dos denuncias presentadas por distribuidores minoristas de insumos o consumibles de impresión, debido a una negativa de venta de cartuchos de tinta por parte de sus tres principales mayoristas. A propósito de la investigación, HP se comprometió a colaborar con la FNE y cerrar el Programa, generando así el archivo de la investigación.
Antes de revisar la conducta en sí misma, cabe repasar el análisis sobre la definición del mercado relevante (del producto). En primer lugar, en cuanto a su dimensión geográfica, el mercado fue definido como de carácter nacional. En segundo lugar, la discusión se centró en los aftermarkets o mercados secundarios. Estos mercados se componen de bienes o servicios necesarios para el funcionamiento de bienes durables adquiridos en un mercado primario. Un ejemplo paradigmático de este tipo de mercados —y precisamente el mercado sobre el cual se sitúa la investigación— son los insumos o cartuchos de tinta para impresoras, cuya comercialización constituye el mercado secundario respecto de la venta inicial de las impresoras (ver nota CeCo: “Tetra Pak: La decisión de la FNE sobre la interpretación de cláusulas contractuales”).
La estructura de los mercados primarios y secundarios (en este caso, el de impresoras e insumos para impresoras, respectivamente) puede variar. En efecto, la FNE distinguió tres segmentos: (i) los mercados duales, que se componen de dos mercados diferenciados: uno para todos los productos primarios y otro para todos los productos secundarios (bajo el supuesto de que estos últimos son compatibles con cualquiera de los productos primarios) ; (ii) los mercados sistémicos o de sistemas, que consisten en un solo mercado que incluye tanto los productos primarios como los secundarios; y (iii) los mercados múltiples, en los que existe un mercado compuesto por todos los productos primarios, y múltiples mercados adicionales compuestos por productos secundarios (originales y alternativos) que solo son compatibles con uno de los productos primarios (en otras palabras, cada producto primario tiene su propio aftermarket).
En este contexto, HP sostuvo que las características actuales del mercado de impresoras y cartuchos serían más consistentes con una definición de mercado “sistémico”. Sin embargo, la FNE consideró que la definición más adecuada es la de mercado “múltiple”, por ser la que mejor refleja el comportamiento general de la demanda en este sector. Esto, de acuerdo con las siguientes razones:
Así, bajo la definición de mercado relevante como un mercado múltiple, si bien HP tendría una participación inferior al 30% en el mercado primario de impresoras, en el mercado secundario de insumos para impresoras su participación asciende a 70%.
De acuerdo con HP, el objetivo de implementar el Programa era mejorar su red de distribución de insumos originales de impresión. Así, la compañía estableció requisitos específicos para que los distribuidores minoristas pudieran acceder a sus productos, lo que implicó cambios significativos en la cadena de suministro del sector. Entre las restricciones impuestas por el Programa se encontraban:
De acuerdo con la Fiscalía, el Programa limitaba fuertemente la libertad de compra y venta por parte de los agentes participantes de la cadena de producción de HP. En la Figura 1 se puede apreciar como estas medidas cambiaron la red de distribución de los insumos originales de impresión HP.
Figura 1: Distribución de insumos HP
Fuente: Realizado en base a esquemas del informe FNE, con modificaciones para simplificar (pp. 21-22).
Parte del análisis de la FNE fue observar el cambio en la concentración del mercado de cartuchos de tinta marca HP tras la implementación del Programa. Los cálculos de concentración muestran un aumento del índice de Herfindahl-Hirschman (HHI) en el mercado de distribución mayorista, pasando de un rango de [2.100–2.200] a un rango de [4.000–4.100] inmediatamente después de la implementación del Programa en 2019, y luego alcanzando un valor máximo de [4.800–4.900] en el año 2022. De acuerdo con la FNE, este cambio en la concentración reflejó una participación de mercado casi total por parte de las tres empresas designadas de forma unilateral y discrecional por HP en el mercado mayorista, las cuales pasaron a controlar entre el 90% y 95% del mercado de cartuchos de tinta marca HP.
Por otro lado, y como muestra la Figura 1, como resultado del Programa, el mercado de distribución minorista pasó de contar con un rango de [1.200–1.500] agentes a solo [50–150], lo que representó una pérdida aproximada del 90 % de los participantes en dicho mercado. En consecuencia, se transitó de un mercado altamente atomizado a uno con una notable reducción de actores.
Así, la FNE determinó que la consolidación de las tres empresas mayoristas inicialmente autorizadas por HP, junto con la exclusión de diversos actores en ambos eslabones de la cadena de comercialización (mayorista y minorista), sugiere un reordenamiento sustancial en la estructura de la cadena de suministro de estos insumos (cartuchos de tinta). En este sentido, la Fiscalía identificó tres principales riesgos y efectos para la libre competencia derivados del Programa:
HP justificó la implementación del Programa argumentando que este buscaba prevenir el free-riding de los proveedores de insumos alternativos compatibles con las impresoras HP (que parasitarían de las inversiones e innovación de HP), los que además no serían productos técnicamente confiables. En la misma línea, HP señaló que el Programa buscaba garantizar que el consumidor final adquiriera, de forma confiable, un insumo original (de HP). Asimismo, el Programa también buscaba asegurar un proceso de compra más eficiente mediante la regulación de inventarios a lo largo de los canales de distribución, desde HP hasta el cliente final.
No obstante, a la luz de la evaluación según regla de la razón de este conjunto de restricciones verticales, la Fiscalía estimó que los argumentos presentados por HP no resultaban acreditables ni suficientes para contrarrestar los riesgos y efectos anticompetitivos.
Finalmente, una vez que se informó a HP sobre los riesgos y efectos identificados con motivo de la implementación del Programa en Chile, la empresa propuso su eliminación. La FNE consideró que esta era una medida proporcional para descartar los riesgos y efectos previamente detectados, por lo que solicitó el archivo de la investigación.