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Investigaciones de la Fiscalía Nacional Económica y debido proceso

23.02.2022
Claudio Lizana A. Socio del estudio Carey y cía. y uno de sus miembros a cargo de los grupos Corporativo/Fusiones y Adquisiciones, Libre Competencia y Mercados Regulados. Abogado de la Universidad de Chile y LL.M. de Harvard University. Miembro del Comité de Libre Competencia del Colegio de Abogados de Chile.

El artículo ahonda en que aun cuando la naturaleza jurídica de los procedimientos de libre competencia en Chile se enmarca dentro del derecho administrativo sancionador -en cuyo seno se manifiesta la potestad punitiva del Estado-, los sujetos investigados por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) no cuentan con un estatuto legal que les garantice un debido proceso en las investigaciones llevadas por este organismo. En base a una revisión de experiencias comparadas y la regulación vigente respecto de otros organismos administrativos en Chile, el autor propone incorporar a la ley chilena de competencia un estatuto de debido proceso aplicable a las investigaciones de la FNE, que otorgue seguridad y certeza jurídica al sistema, establezca garantías a los sujetos investigados y robustezca la eficiencia de la FNE en su cometido de velar por la libre competencia.

“(…) las investigaciones de la FNE –como ocurre con otras autoridades sectoriales, según se expuso– debieran estar sujetas a ciertos plazos razonables, regulados por ley, que permitan conducir adecuadamente una investigación y, al mismo tiempo, otorgar garantías al sujeto investigado de que la investigación tiene un propósito específico respecto del cual él pueda hacer sus descargos”.

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